MODIFICACIONES EN EL TRATAMIENTO DE LAS OPERACIONES COMUNITARIAS
Enviado por Raúl Monje Sancho • 27 de Diciembre de 2021 • Apuntes • 382 Palabras (2 Páginas) • 86 Visitas
[pic 1]
MODIFICACIONES EN EL TRATAMIENTO DE LAS OPERACIONES COMUNITARIAS.
El 4/12/2018 se aprobó una nueva directiva europea que modificaba y clarificaba aspectos de las operaciones intracomunitarias. Esta nueva directiva (UE) 2018/1910, debería haberse trasladado a la legislación española para aplicarse a partir del 1 de enero de 2020.
A partir de ahora.
- Requisitos para que una “venta” sea exenta, es decir, se pueda facturar sin IVA:
- Que el cliente disponga de un número IVA y que esté inscrito en el registro correspondiente. VIES.
- Que el cliente haya comunicado ese número al proveedor. Es decir, que tiene que haber un email del cliente informando de ese número.
- Que el proveedor haya declarado la operación correctamente en la declaración de operaciones intracomunitarias (En España, el modelo 349).
- Que la mercancía salga fuera de España.
- Nuevas reglas para el REQUISITO DEL TRANSPORTE.
HAY QUE TENER:
- DOCUMENTO CATEGORÍA “A” + DOCUMENTO CATEGORÍA “A”
- DOCUMENTO CATEGORIA “A” + DOCUMENTO CATEGORÍA “B”
- Categoría A. “documentos relacionados con el transporte o expedición de los bienes”.
- Carta o documento CMR firmados.
- Factura del transportista de los bienes.
- Conocimiento de embarque.
- Factura de flete aéreo.
- Categoría B. “otros documentos”.
- Póliza de seguro relativa al transporte o expedición de los bienes.
- Documentos bancarios acreditativos del pago del transporte o expedición de los bienes.
- Documentos oficiales, por ejemplo, expedidos por un notario, que acrediten la llegada de los bienes al Estado miembro de destino.
- Un recibí expedido por un depositario en el Estado miembro de destino, que confirme el almacenamiento de los bienes en dicho Estado.
Primera consecuencia. No se puede vender sin IVA cuando el cliente viene a tu local y se lleva él directamente la mercancía.
No sirve que tu tengas un camión y hagas el transporte. Como tampoco sirve que sea con un camión propiedad del cliente. SI O SI tiene que haber un transportista que no este vinculado ni con el proveedor ni con el cliente.
...