NORMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA B-9.
Enviado por neiidaty • 5 de Octubre de 2012 • Tesis • 1.961 Palabras (8 Páginas) • 754 Visitas
NORMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA B-9.
INFORMACION FINACIERA A FECHAS INTERMEDIAS
OBJETIVO
El objetivo de esta norma de información financiera es establecer, respecto a la información financiera a fechas intermedias:
Las normas de reconocimiento que deben seguirse para su elaboración.
El contenido de dicha información, ya sea que se presente en forma completa o condensada.
ALCANCE
Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todas las entidades que estén obligadas a, o que hayan decidido presentar estados financieros a fechas intermedias en los términos de la NIF B-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros y NIF A-7, presentación y revelación.
Las NIF A-3 define los estados financieros básicos que corresponde a las necesidades comunes de los usuarios en general. La NIF A-7 requiere que dichos estados financieros se presenten por lo menos anualmente o al término de cada ciclo normal de operaciones de la entidad cuando este sea mayor a un año y permite que las entidades emitan estados financieros a fechas intermedias.
Esta NIF no establece que entidades están obligadas a presentar estados financieros a fechas intermedias, la frecuencia
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Los siguientes términos se utilizan en la presente NIF con el significado que para cada caso se especifica:
Periodo intermedio: es todo periodo contable menor que uno anual completo o, en su caso, menor que el ciclo normal de operaciones de la entidad.
Información financiera a fechas intermedias: es aquella información que corresponde a un determinado periodo intermedio y que contiene estado financieros completos o condensados.
Estados financieros completos: son el conjunto de estados financieros básicos y sus notas establecidas en la NIF A-3 y requeridos por la NIF A-7 determinados y presentados con base en las NIF, en términos semejantes a los estados financieros anuales.
Estados financieros condensados: son el conjunto de estados financieros básicos establecidos en la NIF A-3 y requeridos por la NIF A-7 y que contienen:
Información resumida a la fecha de dichos estados financieros por cada uno de los grandes grupos de rubros.
Notas a los estados financieros con las revelaciones seleccionadas que son requeridas por esta NIF.
Rubros o partidas y revelaciones adicionales a las mencionadas en los dos incisos anteriores que no deben omitirse, pues de lo contrario, daría lugar a una mala interpretación de los estados financieros condensados.
ASPECTOS GENERALES
NORMAS DE RECONOCIMIENTO
Políticas Contables Iguales A Las Utilizadas En La Información Anual
En la preparación de información financiera a fechas intermedias, la entidad debe aplicar las mismas políticas contables que aplica en su información financiera anual, salvo que haya realizado cambios a tales políticas después del informe anual mas reciente y que se vayan a reflejar en los próximos estados anuales.
La frecuencia con la que la entidad presenta información a fechas intermedias (mensual, trimestral, semestral, etc.) No debe afectar la valuación de las cifras en términos anuales. Para tal efecto, las valuaciones realizadas a fechas intermedias deben realizarse considerando el contexto anual, aunque solo debe incluir las operaciones devengadas dentro de un intervalo transcurrido desde el principio del periodo contable anual hasta la fecha del periodo intermedio.
El requerir que la entidad aplique las mismas políticas contables en los estados financieros a fechas intermedias y en los anuales, pudiera llevar a inferir que las valuaciones parciales a fechas intermedias deben realizarse como si cada periodo intermedio permaneciera aislado y se tratara de un periodo contable independiente. Sin embargo, el párrafo anterior establece que la valuación a fechas intermedias no debe afectar la valuación de cifras en términos anuales, debido a que el periodo intermedio es parte del periodo contable anual.
Las valuaciones efectuadas desde el principio del periodo contable anual hasta la fecha del cierre del periodo intermedio pueden implicar la revisión y ajuste de ciertas partidas reconocidas en periodos intermedios anteriores del periodo anual en curso; sin embargo, las políticas de reconocimiento de activos, pasivos, capital contable, patrimonio contable, ingresos, costos y gastos en periodos intermedios deben ser las mismas que en los estados financieros anuales.
Ejemplo:
Las políticas para el reconocimiento de las pérdidas por deterioro en un periodo intermedio deben ser las mismas que las que aplicaron una entidad si preparar únicamente estados financieros anuales; puede ocurrir que en el periodo intermedio una entidad reconozca una pérdida por deterioro y que en un período intermedio posterior reconozca cambios a la misma, por lo que tendría que modificar la estimación original, ya que sea reconociendo una pérdida adicional o , en su caso, revirtiendo su perdida original; pero finalmente la suma algebraica de las estimaciones realizadas en periodos intermedios debe ser igual a la presentada en los estados financieros anuales.
Un costo que no cumple con la definición de activo al final
Esta NIF requiere que la determinación de la información financiera
Debe aplicarse las mismas pruebas
Así mismo unas de las características
Ingresos Por Operaciones Cíclicas, Estacionales U Ocasionales.
Los ingresos por actividades ordinarias que se generen en forma cíclica, estacional u ocasional dentro del periodo contable anual no deben reconocerse anticipadamente o en forma diferida dentro de la información financiera a fechas intermedias, si ello no es apropiado dentro del contexto de la información anual. En cualquier caso los ingresos deben de reconocerse cuando se hayan devengado. Ejemplo de ello son los dividendos y las regalías.
Además de lo anterior, ocurre que ciertas entidades obtienen, sistemáticamente, más ingresos de actividades ordinarias en unos periodos intermedios que en otros, dentro del mismo periodo anual, como sucede en las entidades de la industria juguetera. En estos casos, aunque una entidad tenga la certeza de que obtendrá un cierto monto de ingresos al final del año, no debe reconocer anticipadamente dichos ingresos en los periodos indeterminados, sino hasta el momento en que estos se hayan devengado.
Costos Y Gastos Incurridos De Manera No Uniforme A Lo Largo Del Periodo Anual.
Los costos en los que no se incurre de forma uniforme
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