Normas Oficiales De Turismo
Enviado por Berenice260491 • 25 de Septiembre de 2014 • 2.105 Palabras (9 Páginas) • 242 Visitas
DOF: 26/02/2003
NORMA Oficial Mexicana NOM-07-TUR-2002, De los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-07-TUR-2002, DE LOS ELEMENTOS NORMATIVOS DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL QUE DEBEN CONTRATAR LOS PRESTADORES DE SERVICIOS TURISTICOS DE HOSPEDAJE PARA LA PROTECCION Y SEGURIDAD DE LOS TURISTAS O USUARIOS.
BERTHA LETICIA NAVARRO OCHOA, Secretaria de Turismo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 34 y demás relativos de la Ley Federal de Turismo; 1o., 2o. fracción II, 3o. fracción XI, 38 fracción II, 40 fracción III, 41, 43, 45, 46, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y
CONSIDERANDO
Que en cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el 19 de junio de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de modificación de la presente Norma, a fin de que los interesados, dentro de los 60 días naturales posteriores a la fecha señalada, presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística.
Que durante el plazo a que se refiere el considerando anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del ordenamiento legal citado en el párrafo anterior, estuvieron a disposición del público los documentos a que se refiere dicho precepto.
Que dentro del mismo plazo los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de modificación de esta Norma, los cuales fueron debidamente analizados y desahogados en el Comité Consultivo Nacional de Normalización, realizándose las modificaciones procedentes.
Que se publicaron las respuestas a los comentarios recibidos al proyecto de modificación de la citada Norma, en cumplimiento a lo dispuesto por la fracción III del artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y
Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la elaboración de normas oficiales mexicanas, el Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística, en sesión de fecha 4 de diciembre de 2002, aprobó la Norma Oficial Mexicana NOM-07-TUR-2002, De los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios, por lo que con base en lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-07-TUR-2002, DE LOS ELEMENTOS NORMATIVOS DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL QUE DEBEN CONTRATAR LOS PRESTADORES DE SERVICIOS TURISTICOS DE HOSPEDAJE PARA LA PROTECCION Y SEGURIDAD DE LOS TURISTAS O USUARIOS
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil dos.- La Secretaria de Turismo, Bertha Leticia Navarro Ochoa.- Rúbrica.
0. Introducción
El seguro, como instrumento financiero de prevención y protección constituye un apoyo para la promoción del turismo nacional y extranjero, al proporcionar un valor agregado de seguridad a la oferta de hospedaje e incrementar la calidad global de los servicios, así como liberar a los prestadores de servicios de problemas derivados de acontecimientos contingentes, creando conciencia de prevención en el sector, y fomentando el ahorro interno.
Con objeto de dar debido cumplimiento al artículo 34 fracciones I, II y IV de la Ley Federal de Turismo, se expide la presente Norma Oficial Mexicana, que coadyuvará a garantizar y crear confianza en el mercado potencial que elige los destinos turísticos nacionales, brindándole seguridad y calidad.
PREFACIO
En la elaboración de esta Norma participaron los siguientes organismos e instituciones:
Secretaría de Economía
Procuraduría Federal del Consumidor
Fondo Nacional de Fomento al Turismo
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros
Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo
Consejo Nacional Empresarial Turístico
Confederación de Asociaciones de Agencias de Viajes
Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México
Asociación Mexicana de Hoteles y Moteles de la República Mexicana
Asociación Nacional de Cadenas de Hoteles
Asociación de Inversionistas en Hoteles y Empresas Turísticas
Asociación Mexicana de Desarrolladores Turísticos
Asociación Mexicana de Agencias de Viajes
Asociación Nacional de Agencias de Viajes Profesionales
Asociación Mexicana de Hoteles y Moteles de la Ciudad de México
Asociación Mexicana de Operadores Mayoristas de Turismo Receptivo
Asociación Metropolitana de Agencias de Viajes
Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior
Intercambios Internacionales de Vacaciones
Reservaciones en Condominios Internacionales
Escuela Superior de Turismo (IPN)
Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP)
INDICE
0. Introducción
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Definiciones
4. Disposiciones generales
5. Requisitos mínimos de cobertura y suma asegurada
6. Exclusiones
7. Vigilancia de la Norma
8. Bibliografía
9. Concordancia con normas internacionales
1. Objetivo
Establecer los lineamientos mínimos que en materia del seguro de responsabilidad civil deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de hospedaje, para que respondan en forma oportuna y adecuada por las responsabilidades en que puedan incurrir derivadas de la prestación de sus servicios a turistas o usuarios.
2. Campo de aplicación
Esta Norma es obligatoria para todos los prestadores de servicios turísticos mencionados en el artículo 4o. fracción I de la Ley Federal de Turismo, que operen dentro del territorio nacional, a excepción de los campamentos y paradores de casas rodantes.
3. Definiciones
Para los efectos de esta Norma se entiende por:
3.1 Ley:
La Ley Federal de Turismo.
3.2 Reglamento:
El Reglamento de la Ley Federal de Turismo.
3.3 Secretaría:
La Secretaría de Turismo.
3.4 Establecimiento de hospedaje:
El inmueble en el
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