Operaciones Mercantiles Internacionales que nuestro país aplica para el ingreso de mercancías
Enviado por Car.1- • 18 de Septiembre de 2021 • Ensayo • 793 Palabras (4 Páginas) • 120 Visitas
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA[pic 1][pic 2]
Calidad, Pertinencia y Calidez
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
CARRERA COMERCIO EXTERIOR
ASIGNATURA
COMERCIO EXTERIOR 1
TEMA
Operaciones Mercantiles Internacionales que nuestro país aplica para el ingreso de mercancías.
AUTOR
MAYCOL STIVEN CALDERÓN MORENO
DOCENTE
JIMMY GABRIEL DIAZ CUEVA
CURSO
PRIMERO ``A`` NOCTURNO
MACHALA-EL ORO-ECUADOR
2021-D1
Las operaciones mercantiles son aquellas ejercidas por un comerciante, donde consisten en la participación activa en el mercado de bienes y servicios para así poder tener un mejor beneficio.
En el Ecuador a medida que pasa el tiempo van existiendo varios cambios dentro de la sociedad, el comercio es uno de ellos y el más importante para el crecimiento laboral y personal. El comercio es una actividad social y económica que implica la adquisición y el traspaso de mercancías. Quien participa de un acto de comercio puede comprar el producto para hacer uso directo de él, para revenderlo o para transformarlo. Esta acción mercantil implica la entrega de una cosa para recibir, en contraprestación, otra de valor semejante. El medio de intercambio en el comercio es el dinero.
El Código de Comercio Ecuatoriano define la figura del comerciante en el artículo número dos, según el cual son comerciantes los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesión habitual.
Debemos resaltar que los comerciantes desarrollan una de las actividades más antiguas del mundo. Hace muchos años atrás ya existían todo tipo de transacciones, que en ese momento giraban en torno a la agricultura, con el paso del tiempo se fueron ampliando y desarrollando con actividades tales como el trueque o con elementos como la aparición del dinero.
LOS MANDATARIOS MERCANTILES
El comerciante o empresario individual, al decir del Art. 48 del Código de Comercio, puede ejercer la actividad empresarial tanto por sí mismo como representado por apoderados voluntarios, generales o especiales. Las personas que no tienen capacidad para comerciar, actuarán a través de quienes determina la Ley.
En materia mercantil el mandato es un acto por medio del cual el comerciante o empresario otorga la representación voluntaria, general o especial de su empresa. Se regulará por el Código de Comercio y en lo no previsto por las disposiciones del Código Civil.
El Código de Comercio, en su Art. 51, establece que el mandato, ya sea general o especial, concedido por el comerciante o empresario, se otorgará por escritura pública y deberá inscribirse en el “Libro de Sujetos Mercantiles”, a cargo del Registro Mercantil. El tercero que contrate con el mandatario general o especial podrá, en todo caso, exigir de este que justifique sus poderes mediante la entrega de una copia auténtica del mismo.
El acto desarrollado en el establecimiento del comerciante o empresario, por quien, atendidas las circunstancias, de forma aparente se comporta como apoderado general o especial de aquel, o por aquel a quien el comerciante o empresario ha dado a conocer como persona autorizada, se reputa acto del comerciante o empresario, a menos que se demuestre que el destinatario de la declaración actuó con conocimiento de la falta de representación.
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