Organización y administración del Estado de Chile
Enviado por Cami Ayalasoto • 27 de Junio de 2023 • Tarea • 1.462 Palabras (6 Páginas) • 59 Visitas
[pic 1]
[pic 2]
[pic 3]
Índice
Introducción 3
Desarrollo 4
Conclusión 8
Bibliografía 9
Introducción
En el presente informe abordaremos la organización y administración del Estado de Chile. Conoceremos como están divididos los órganos del Estado, los cuales son el Gobierno, el Congreso y el Poder Judicial.
Identificaremos las competencias exclusivas a cargo del presidente de la República, quién es el jefe de Estado y bajo este se encuentra la dirección de los ministerios, Servicios Públicos, Intendencias y Gobernantes.
Veremos por medio de un cuadro comparativo las distintas atribuciones que posee el Senado, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional, el cual nos permitirá conocer cada una de sus funciones cuyos actos están sujetos a lo establecido en la Constitución Política del Estado y en las leyes de derecho público.
Conoceremos la teoría de los tres poderes de Montesquieu, los que en la actualidad conocemos como Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Desarrollo
- Identificar las competencias exclusivas del Presidente de la República.
- Convocar plebiscitos.
- Nombrar y remover funcionarios del Estado.
- Concurrir a la formación de leyes, sancionarlas, promulgarlas y publicarlas en el diario oficial.
- Declarar estado de excepción constitucional.
- Disponer de las fuerzas aire, tierra y mar según se requiera para la seguridad nacional.
- Declarar la guerra.
- En caso de guerra, asumir la jefatura suprema de las fuerzas armadas.
- Designar embajadores y ministros democráticos y a los representantes ante organismos internacionales.
- Designar y remover a los comandantes en jefe de las FFAA y al General director de Carabineros.
- Velar por la conducta ministerial de los Jueces y demás empleados del Poder Judicial.
- Conducir a las relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales.
- Convocar a sesión especial a cualquiera de las Cámaras
- Otorgar indultos particulares (salvo en caso de juzgados por terrorismo)
- Cuidar la recaudación de rentas públicas y decretar su inversión de acuerdo con la ley.
- Conceder jubilaciones, retiros, montepíos y pensiones de gracia.
- Elaborar cuadro comparativo de atribuciones del Senado, Poder Judicial y Tribunal Constitucional.
Senado | Poder Judicial | Tribunal Constitucional |
-Conocer de las acusaciones constitucionales que entable la cámara de diputados en contra de las autoridades correspondientes. -Decidir si procede o no la admisión de las acciones judiciales que cualquier persona pretende iniciar en contra de algún ministro de estado. -Conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia. -Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía. -Prestar o negar su consentimiento a los actos del Presidente de la República, en los casos en que la Constitución o la ley lo requieran. -Otorgar su acuerdo para que el Presidente de la República se ausente del país por más de treinta días. -Declarar la inhabilidad del Presidente de la República, cuando un impedimento físico o mental lo inhabilite para el ejercicio de sus funciones. -Dar dictamen al Presidente de la Republica. | -Órgano bicameral, compuesto por la cámara de diputados y senadores. -Está constituido por los tribunales de justicia. -Le corresponde la facultad exclusiva de conocer las causas civiles y criminales, además de resolverlas y ejecutar lo juzgado. -Es el órgano encargado de crear y debatir las leyes. -Es independiente a los otros poderes del estado. -Tiene como misión esencial administrar justicia. -Los integrantes de este poder deben establecer lo justo para cada caso particular del cual les corresponde conocer y fallar enmarcado dentro del ordenamiento jurídico vigente. | -Realiza control preventivo y posterior de preceptos legales (incluidos los decretos con fuerza de ley) -Controla, en forma preventiva y facultativa, los proyectos de reforma constitucional y los tratados internacionales sometidos a la aprobación del Congreso. - Ejerce control preventivo y posterior de normas propias de la potestad reglamentaria (decretos y resoluciones). -Resuelve cuestiones de constitucionalidad relativas a autos acordados emanados de los Tribunales Superiores de Justicia (Corte Suprema y Cortes de Apelaciones) y del Tribunal Calificador de Elecciones. - Declara la inconstitucionalidad de organizaciones, movimientos o partidos políticos, como del Presidente de la República en ejercicio o del electo, que hubiesen incurrido en los ilícitos constitucionales que prevé la Constitución en su art. 19 N.º 15, inciso sexto y siguientes.
|
- Indicar a lo menos un ejemplo real de intromisión en materias de competencia del Poder Ejecutivo en el Poder Legislativo.
Diputados de la UDI y Evópoli enviaron una carta al presidente Boric reclamando el rol de la ministra de la Secretaría General de la Presidencia, Ana Lya Uriarte.
Juan Antonio Coloma, subjefe de la bancada de la UDI y Francisco Undurraga, jefe de la bancada de Evópoli, acusan que la secretaria estaría cometiendo una “grave intromisión”.
Representantes de ambos partidos políticos indicaron que, “Nos referimos, puntualmente, al rol que en las últimas semanas ha desempeñado la ministra de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Ana Lya Uriarte, en relación con las negociaciones sobre la mesa directiva de la Cámara de Diputados que están llevando a cabo los distintos partidos políticos con representación parlamentaria. Si bien compartimos que para ninguna administración de gobierno puede resultar indiferente dicha conducción, no nos parece prudente que la actual secretaria de Estado se inmiscuya en un proceso que es de atribución exclusiva de los diputados y diputadas, mostrándose incluso disponible a “jugarme el 100%” de su capital político en la sobrevivencia del acuerdo de gobernabilidad que se suscribió para distribuir la presidencia de la mesa y de las comisiones legislativas”. (La tercera)
...