PERSONAS FISICAS
Enviado por noranda • 29 de Agosto de 2012 • 6.700 Palabras (27 Páginas) • 571 Visitas
SOY PERSONA FÍSICA O PERSONA MORAL?
Para fines fiscales, es necesario definir si una persona realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral, ya que las leyes establecen un trato diferente para cada una, y de esto depende la forma y requisitos para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y las obligaciones que adquieran.
• Persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos.
• Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil.
Por ejemplo, en el caso de personas físicas existen varios regímenes de acuerdo con la actividad y el monto de los ingresos.
En el caso de personas morales, el régimen fiscal y las obligaciones que les corresponden son diferentes en relacion a si tienen o no fines de lucro.
IDENTIFIQUE SU ACTIVIDAD Y SUS OBLIGACIONES
Esta sección le permitirá conocer más sobre el régimen fiscal y el ciclo tributario que le corresponde de acuerdo a las actividades económicas que realice; como primer paso, es necesario definir si estas actividades las lleva a cabo como persona física o persona moral.
¿Quiénes son personas físicas, personas morales y extranjeros?
Persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos; pueden prestar servicios, realizar actividades comerciales, arrendar bienes inmuebles y trabajar por salarios. Conozca las actividades que como persona física puede realizar.
Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil. De acuerdo con su objeto social, una persona moral puede tributar en regímenes específicos como:
• Personas morales del régimen general
Es para las sociedades mercantiles, asociaciones civiles de profesionales que:
• Realicen actividades lucrativas,
• Sociedades cooperativas de producción,
• Instituciones de crédito tales como bancos y casas de bolsa,
• Organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, entre otras.
• Personas morales con fines no lucrativos
Es para las personas morales cuya finalidad no es obtener una ganancia económica o lucro, por ejemplo:
• Instituciones de asistencia o de beneficencia
• Asociaciones o sociedades civiles con fines políticos o deportivos
• Asociaciones religiosas
• Asociaciones patronales; sindicatos obreros; cámaras de comercio e industria
• Asociaciones o sociedades civiles de enseñanza; de investigación científica o tecnológica
• Sociedades cooperativas de consumo o sociedades mutualistas.
• Colegios de profesionales
• Partidos políticos
• Asociaciones de padres de familia
• Asociaciones civiles de colonos o las que administren inmuebles en condominio
• Asociaciones Religiosas
ASOCIACIONES RELIGIOSAS
Son congregaciones que tienen como fin el ejercer culto a una divinidad; para efectos fiscales, se considerarán a las iglesias y demás agrupaciones que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación, en los términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, ya que es a través de este registro como se obtiene la personalidad jurídica.
• En qué régimen fiscal se deben inscribir o dar de alta
RÉGIMEN FISCAL EN QUE SE DEBEN INSCRIBIR LAS ASOCIACIONES RELIGIOSAS
Las asociaciones religiosas constituidas en los términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público podrán cumplir con sus obligaciones fiscales en los términos del Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), es decir, en el régimen de las personas morales con fines no lucrativos.
Asimismo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emite cada año una resolución administrativa en la que se les otorgan ciertas facilidades para que puedan cumplir de manera más sencilla con sus obligaciones fiscales.
• Cómo deben inscribirse en el RFC
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC)
La inscripción en el RFC es la primera obligación fiscal que adquieren, para cumplir con ella existen dos medios:
1. Internet
2. Personalmente acudiendo a cualquier Módulo de Asistencia Tributaria del SAT, previa cita
Cuando lo haga por Internet siga los pasos que a continuación se detallan y concluya el trámite entregando los documentos correspondientes en cualquier módulo de asistencia tributaria del SAT.
• Ingrese a Inscripción en el RFC.
• Capture y guarde la información solicitada en el formulario electrónico.
• Imprima el acuse de recepción, el cual contiene un número de folio.
• Solicite una cita en el módulo de servicios tributarios de su preferencia.
• Lleve los documentos (se señalan abajo) para concluir su trámite de inscripción en el RFC.
Cuando acuda al módulo de servicios tributarios debe llevar original de lo siguiente:
• Documento expedido por la Secretaría de Gobernación donde se autoriza su registro
• Comprobante de domicilio fiscal
• Poder notarial con el que se acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, o ante notario o fedatario público
• Identificación oficial del representante legal
• Contar con dirección de correo electrónico
Los documentos son sólo para cotejo.
Una vez realizado este trámite, el Servicio de Administración Tributaria les proporcionará su Cédula de Identificación Fiscal de manera inmediata.
• Cómo deben mantener actualizada su situación fiscal ante el RFC
CÓMO DEBEN MANTENER ACTUALIZADA SU SITUACIÓN FISCAL ANTE EL RFC
Si ocurre algún cambio en su situación fiscal deben presentar avisos ante el SAT, como pueden ser, entre otros, los siguientes:
1. Reanudación de actividades
2. Aumento de obligaciones fiscales
3. Disminución de obligaciones fiscales
4. Apertura de establecimiento
5. Cierre de establecimiento
6. Cambio de domicilio fiscal
7. Cambio de denominación
Los avisos del 1 al 6 se pueden presentar por Internet en el portal del SAT en la sección Mi portal con su clave CIEC actualizada o Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente sin que, en
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