PUNTO DE VISTA JURIDICO DE UNA EMPRESA
Enviado por nvgr • 5 de Septiembre de 2013 • Tesis • 530 Palabras (3 Páginas) • 623 Visitas
Introducción
PUNTO DE VISTA JURIDICO DE UNA EMPRESA
Toda las empresas deben tener su forma jurídica que viene por determinada, entre otras cosas, por el número de personas que practican en la creación de la misma, por el capital aportado y por el tamaño.
a) El Empresario Individual: Cuando el propietario de la empresa es la única que asume todo el riesgo y encarga de la gestión del negocio.
b) Sociedades: Cuando varias personas se deciden a invertir en una empresa pueden formar una sociedad. En la actualidad, en chile se pueden constituir los siguientes tipos de sociedades:
• Sociedad Colectiva
• Sociedad de Responsabilidad Limitada
• Sociedad Anónima
• Sociedad en Comandita.
Sociedad Colectiva
Sociedades colectivas civiles: los socios responden hasta con su patrimonio personal, la cuota del insolvente grava a los demás socios y los acuerdos por regla general se toman por unanimidad. Sociedades colectivas comerciales: El contrato de constitución es solemne, se forma y prueba por escritura pública, cuyo extracto se inscribe en el Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial. Las menciones esenciales son: el nombre completo de los socios y el domicilio social pues este determinará la competencia del Conservador de Bienes Raíces, de los Tribunales de Justicia, y la nacionalidad de la sociedad para definir la legislación aplicable. Los socios responden en forma solidaria de las obligaciones sociales contraídas bajo la razón social, es decir, se puede perseguir a cualquier socio para el cumplimiento de una obligación social.
Sociedad de Responsabilidad limitada
Son sociedades de personas en que los socios responden hasta el monto de sus aportes. La sociedad de responsabilidad limitada sea civil o comercial es siempre solemne, debe constar en escritura pública, cuyo extracto debe inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse en el Diario Oficial. Las modificaciones sociales son todos actos que deben cumplir las mismas formalidades de la constitución. En lo no previsto por la ley que trata las sociedades de responsabilidad limitada se rigen supletoriamente por las normas de la sociedad colectiva contempladas en el Código Civil y en el Código de Comercio.
Sociedad Anónima Es definida en la ley, como una persona jurídica formada por la reunión de un fondo común, suministrado por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. Estas sociedades son siempre comerciales, aun cuando se formen para fines civiles. La sociedad anónima es de carácter solemne, tanto en su constitución, modificación y disolución, pues se forma y prueba por escritura pública, cuyo extracto se inscribe en el Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial.
Sociedad en comandita
En
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