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Permisos Y Documentacion Para Exportar


Enviado por   •  2 de Octubre de 2012  •  1.538 Palabras (7 Páginas)  •  681 Visitas

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La exportación de artesanías nos obliga al cumplimiento de las siguientes disposiciones:

1.-Estar inscritos en el padrón de exportadores a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para lo cual deben encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, comprobar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes y cumplir con las disposiciones legales que regulan el ingreso y salida de las mercancías.

2.-Llevar un sistema de control de inventarios registrado en contabilidad, que permita distinguir las mercancías nacionales de las extranjeras.

3.-Contar con la información, documentación y aquellos medios de prueba necesarios para comprobar el país de origen y de procedencia de las mercancías para efectos de preferencias arancelarias, marcado de país de origen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas que al efecto se establezcan conforme a la Ley de Comercio Exterior y tratados internacionales de los que México sea parte y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.

4.-Entregar al agente o apoderado aduanal que promueva el despacho de las mercancías una manifestación por escrito, y bajo protesta de decir verdad, con los elementos que permitan determinar el valor en aduana de las mercancías.

5.-Entregar al agente aduanal el documento que compruebe el encargo conferido para realizar sus operaciones.

6.-El importador deberá conservar copia de dicha manifestación, obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar que el valor declarado ha sido determinado de conformidad con las leyes mexicanas y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.

7.-Cumplir con la documentación y permisos necesarios para la exportación de los bienes.

Documentación en cuanto los permisos necesarios para la exportación de artesanías a España

1.-Padrones de Importador (España)

2.-Padrones de Exportador

3.-Padrones de Sectores Específicos

4.-Permisos ante la Secretaría de Economía

5.-Permisos ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

6.-Permisos ante la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales

7.-Secretaría de la Defensa Nacional

8.-Permisos ante la Secretaría de Salud - Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

9.-Permisos ante la Secretaría de Educación Pública

10.-Despacho Aduanero

11.-Logística

Normas de importación que debe cumplir España para introducir a su mercado las artesanías

España ha adoptado todas las reglamentaciones pertinentes en materia de comercio exterior, adaptando paulatinamente su propia estructura de política exterior a dichos requisitos.

España mantiene una forma de protección que se da a través de la política comunitaria de subsidios a la producción de determinados productos.

En ese sentido, continuos contactos con el Ministerio de Sanidad y Consumo de España y nuestra Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, vienen allanando los problemas puntuales que se presentan. Se considera que las barreras proteccionistas que en definitiva son estas reglamentaciones serán superadas cuanto mayor sea el contacto y el conocimiento entre ambas administraciones.

Las disposiciones relativas a la política arancelaria están definidas producto por producto y no por carácter general, considerando circunstancias de origen y concesiones de la política comercial comunitaria. Todas estas normas están recogidas en TARIC y constituye la recopilación de las medidas de la política comercial aplicable por la UE.

Las mercancías que ingresan en España o en cualquier otro Estado miembro, tributan el Arancel Aduanero Común.

España se encuentra dentro de la Unión Aduanera de Europa en lo que se refiere a normas de importación de mercaderías.

Reglamento que debe seguir España para importar mercancías

El Reglamento CEE 918/83 del consejo, de 28 de marzo, relativo al establecimiento de un régimen comunitario de franquicias aduaneras, define y establece en su artículo 91 las condiciones y requisitos que la importación de “muestras de mercancías de valor inestimable” deben cumplir para poder acogerse al posible despacho con franquicia de derechos de importación.

1.--En dicho Artículo y en disposiciones dictadas por el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales la importación de muestras deben ajustarse a:

2.--Que su valor no sea superior a 22 euros y que no puedan servir más que para la obtención de pedidos relativos a mercancías de la misma especie que las que representan, con objeto de importarlas en el territorio aduanero de la Comunidad.

3.--Que sean “...definitivamente inutilizadas por medio de corte, perforación, marca indeleble y manifiesta o por cualquier otro procedimiento, sin que esta operación pueda tener por efecto hacerles perder su condición de muestra”.

4.--Se entiende por “muestra de mercancía” aquellos artículos representativos de una categoría de mercancías cuyo modo de presentación y cantidad para una misma especie o cantidad de

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