Pescaderia Rosas v. Osvaldo Lozada Rivera
Enviado por Carlos Gerena • 16 de Noviembre de 2015 • Resumen • 410 Palabras (2 Páginas) • 303 Visitas
Pescaderia Rosas v. Osvaldo Lozada Rivera
Partes del Caso
Pescaderia Rosas, Inc. Demandante y recurrida
Osvaldo Lozada Rivera, demandado y recurrente.
Controversia
Petición del pago por concepto de venta pago de combustible para la embarcación por un total de $854.70 y la prestación para la reparación de dicha embarcación por un total de $2,530.18.
Hechos del Caso
Los hechos remontan al 1980 cuando el Sr. Rosas le vende al Sr. Lozada una embarcación registrada para la pesca. Luego de esto el Sr. Rosas le vende combustible y le presta dinero al Sr. Lozada para la reparación de dicha embarcación. Lo que lleva al Sr. Rosas a radicar demanda en 1983 puesto a que luego de cobrar la deuda al Sr. Lozada este no recibe pago.
Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo secundo la decisión final del Tribunal de Distrito y baso su decisión en el art. 229 del código de comercio que dispone dos requisitos, uno que lo prestado se destinara a actor comerciales y que para considerar el préstamo mercantil una de las partes tiene que ser comerciante.
Decisión Final
El tribunal de Distrito resolvió el plazo de prescripción aplicable es el de quince años dispuesto por el Art. 1864 del Código Civil, 31 LPRA sec. 5294. A igual conclusión llego el Tribunal Superior
Pescaderia Rosas v. Osvaldo Lozada Rivera
Pescaderia Rosas v. Osvaldo Lozada Rivera
Partes del Caso
Pescaderia Rosas, Inc. Demandante y recurrida
Osvaldo Lozada Rivera, demandado y recurrente.
Controversia
Petición del pago por concepto de venta pago de combustible para la embarcación por un total de $854.70 y la prestación para la reparación de dicha embarcación por un total de $2,530.18.
Hechos del Caso
Los hechos remontan al 1980 cuando el Sr. Rosas le vende al Sr. Lozada una embarcación registrada para la pesca. Luego de esto el Sr. Rosas le vende combustible y le presta dinero al Sr. Lozada para la reparación de dicha embarcación. Lo que lleva al Sr. Rosas a radicar demanda en 1983 puesto a que luego de cobrar la deuda al Sr. Lozada este no recibe pago.
Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo secundo la decisión final del Tribunal de Distrito y baso su decisión en el art. 229 del código de comercio que dispone dos requisitos, uno que lo prestado se destinara a actor comerciales y que para considerar el préstamo mercantil una de las partes tiene que ser comerciante.
Decisión Final
El tribunal de Distrito resolvió el plazo de prescripción aplicable es el de quince años dispuesto por el Art. 1864 del Código Civil, 31 LPRA sec. 5294. A igual conclusión llego el Tribunal Superior
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