Plan De Prebencion
Enviado por 1f2a3b4 • 27 de Octubre de 2014 • 4.797 Palabras (20 Páginas) • 275 Visitas
NOM aplicables para los talleres
Las normas mexicanas de seguridad e higiene a aplicar dentro de la organización SKY para el mantenimiento de la salud del empleado en base a sus actividades a realizar ya sean de mayor o minoritario riesgo son las siguientes:
• NOMHS 001: Siendo esta la primera ley que constituye en las condiciones de seguridad de los edificios, áreas, locales e instalaciones en los centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación previniendo así los riesgos laborales ya sean de menos o mayoritario grado
• NOMHS 002: Encargada de los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo así como el conocimiento de la forma de actuar en base a la situación dada en dicho momento
• NOMHS 004: La disposición de seguridad en maquinaria la cual intenta por todos los medios mantener en buen funcionamiento los equipos a utilizar para la realización de actividades, evitar accidentes es la misión primordial de la empresa para nuestros empleados asegurando su bienestar en la mayor parte del momento anteponiendo por igual a su familia el apoyo de todo colaborador
• NOMHS 006: Establecimiento de condiciones de seguridad para prevenir riesgos laborales, ocasionados por el manejo de material en forma manual y uso de maquinaria
• NOMHS 09: El trabajo en alturas, tomando las medidas correspondientes al igual que utilizando los materiales empleados para la prevención de caídas, lesiones, entre otros buscando una eficacia y seguridad en nuestro empleados a realizar dichas instalaciones
• NOMHS 011: Contaminación por ruido, condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido por sus características, niveles y tiempo de acción que sea capaz de alterar la salud de institutriz: los niveles máximos y los tiempos máximos permisibles de exposición por jornada de trabajo, su correlación y la implementación de un programa de conservación de audición
• Las NOMHS 014 y 015: Estas dos normas van en conjunto debido a la alteración en el medio ambiente del trabajador, el modo de prevenir las llamadas enfermedades de trabajo que puedan alterar el orden y curso de trabajo de nuestros colaboradores ya sea a corto, medio o largo plazo
• NOMHS 017: El patrón o instructor seleccione, proporcione y adquiera el material adecuado de seguridad evitando accidentes a ocurrir dentro de su misma área de trabajo así como informar a los trabajadores sobre los cambios efectuados en dicha área cuando sea necesario o vea que no se están llevando a cabo las normas establecidas dentro de dicha área
• NOMHS 019: La plantación de organización, cooperación e integración para el funcionamiento de la ley de seguridad e higiene en la misma empresa
• NOMHS 021: Establecimiento y caracterización de informes sobre los incidentes a ocurrir dentro del área laboral para que las autoridades de trabajo lleven una estadística de los mismo y en su caso vean la forma de evitarlo mayoritariamente posible
• NOMHS 025: Siendo una de las más importantes como las anteriores, la iluminación no en referencia a la luz eléctrica si no a la misma que entra por las ventanas, la forma en que esta no aturda, moleste e incapacite para la realización de dichas actividades, las medidas indicadas a tomar y corregir para evitar algún daño a corto, mediano o largo plazo incapacitando al trabajador en sus actividades diarias
• NOMHS 026: La coordinación para designar las áreas, colores, señalamientos de seguridad e higiene así como la identificación de residuos o conductores por tuberías que se emplean diariamente
• NOMHS 027: La ampliación de material adecuado así como el conocimiento de las actividades como soldaduras y cortes que se lleguen a dar cuando están laborando, informando a su jefe inmediato o supervisor si se presenta dicho accidente y como se presentó para dar medida y continuidad si se encuentra en un caso que incapacite al colaborador de continuar con sus actividades establecidas
• NOMHS 029: Organización de medios para dar la limpieza indicada a los medios eléctricos evitando que mujeres en gestación o menores de 16 años lleven a cabo dicha actividad, previniendo accidentes a las personas a emplear actividades en el área
• NOMHS 030: Los servicios de seguridad y salud, el mantener a los empleados, trabajadores, e institutrices en un buen estado para su trabajo, su eficiencia e incluso para evitar la suspensión de sus actividades continuas a realizar dentro de su especialización
Reglamento general
Los conceptos que se mencionaran a continuación son el reglamento estipulado por el departamento de recursos humanos de la asociación SKY para prevenir accidentes a sus trabajadores dando una copia a cada departamento en acción de nuestra empresa así como informando a los empleados de dicho reglamento junto a una copia que se encuentre en los contratos de los colaboradores en acción
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1°
Definiciones, para los efectos del presente reglamento se entenderá por:
•Trabajador: Toda persona, que en cualquier carácter preste servicio a la empresa por los cuales reciba remuneración.
•Jefe inmediato: La persona que está a cargo del trabajo que se realiza. En aquellos casos en que existan dos o más personas que revistan esta categoría, se entenderá por jefe inmediato al de mayor jerarquía.
• Empresa: La entidad empleadora que contrata los servicios del trabajador.
•Riesgo profesional: Los riesgos a que está expuesto el trabajador y que puedan provocarle un accidente o una enfermedad profesional, definida expresamente en la Ley 16.744.
•Equipo de protección personal: El elemento conjunto de elementos que permita al trabajador actuar en contacto directo con una sustancia o medio hostil, sin deterioro para su integridad física.
•Accidente de trayecto: Es el que ocurre en el trayecto directo de ida y regreso entre la casa habitacional del trabajador y el lugar de trabajo. Se considera no tan solo el viaje directo, sino también el tiempo transcurrido entre el accidente y la hora de entrada o salida del trabajo. El accidente de trayecto deberá ser acreditado ante la ACHS, mediante parte de Carabineros u otros medios igualmente fehacientes (testigos).
•Accidente del trabajo: Es toda lesión que una persona sufra a causa y con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. (Art. 5, Ley N° 16.744).
•Organismo administrador del seguro: Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), del cual la empresa
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