Presupuesto
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El Sistema Nacional de Inversión Pública
Dirección General de Programación Multianual del Sector Público
Marco Normativo actual
Ley Nº 27293, modificada por las Leyes N°28522 y 28802 y por el Decreto Legislativo N°1005.
Reglamento del SNIP, aprobado por DS Nº 102-2007-EF, modificado por DS N°185-2007-EF y DS N°038-2009-EF.
Directiva General del SNIP, aprobada por RD Nº 002-2009-EF/68.01, modificada por RD N°003-2009-EF/68.01 y RD N°004-2009-EF/68.01.
RM delegaciones PIP con endeudamiento interno, RM Nº 314-2007-EF/15.
Proyecto de Inversión Pública
Toda intervención limitada en el tiempo
Que utiliza total o parcialmente recursos públicos
Con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar, recuperar o rehabilitar la capacidad productora de bienes o servicios de una Entidad
Cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto
DebeconstituirlasoluciónaunproblemavinculadoalosfinesycompetenciasdeunaEntidad, pudiendo ejecutarse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución de los estudios de preinversión.
NO SON PIPs:
Las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento.
La reposición de activos que:
• Se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable
• esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad
• no implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios.
OJO
En general, la reposición de activos es el reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación ha superado su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores imprevisibles que afectan la continuidad de sus operaciones
Recursos Públicos
Se consideran Recursos Públicos a:
Todos los recursos financieros y no financieros;
de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público.
Losrecursosfinancieroscomprendentodaslasfuentesdefinanciamiento.
Incluyealosrecursosprovenientesdecooperacióntécnicanoreembolsable(donacionesytransferencias).
Incluyeatodoslosquepuedanserrecaudados,captadosoincorporadosporlasEntidade sujetas a las normas del SNIP.
Órgano Resolutivo
RECORDAR:
DesignaalórganoquerealizarálasfuncionesdeOPIensuSector,GobiernoRegionaloLocal,debiendoserdistintoalosórganosencargadosdelaformulacióny/oejecucióndelosproyectos.
DesignaalResponsabledelaOPI,siendodesuresponsabilidadquelapersonacumplaconelAnexoSNIP14-PerfilProfesionaldelResponsabledeOPI.
Órgano Resolutivo
DelegalafacultadparaevaluarydeclararlaviabilidadalamáximaautoridaddelasEntidadesyEmpresasdesuSector/GR/GL,previaopiniónfavorabledesuOPI.
La entidad que recibe delegación debe:
Tener un equipo de por lo menos 02 profesionales especializados en la materia de la delegación.
Experiencia mínima de 02 años en evaluación de proyectos, en SNIP.
No ser UE, salvo para conglomerados.
Oficina de Programación e Inversiones –OPI
EselórganotécnicodelSNIPencadaSector,GobiernoRegionalyGobiernoLocal.
EnelnivelRegionaloLocal,susFUNCIONESestánrelacionadasalámbitoinstitucionaldelGobiernoRegionaloGobiernoLocal,enelmarcodesuscompetencias,establecidasporlanormatividaddelamateria.
LasOPIsdelosGRyGLdeclaranlaviabilidaddelosPIPoProgramasdeInversiónquenosefinancienconendeudamiento,queseandesucompetenciayformuladosporsusUFs.
LasOPISectorialesapruebanlosestudiosdepreinversióndelosproyectosyProgramasdeInversiónfinanciadosconendeudamiento.
¿¿LasOPIsdelosGRyGLdeclaranlaviabilidaddelosPIPoProgramasdeInversiónquesefinancienconendeudamientointerno,siemprequeelmontodeinversióndelPIPnosuperelosS/.10millones.
ParalosPIPoProgramasdeInversiónquenosefinancienconendeudamiento,apruebaexpresamentelosTdRde:
perfil > 30 UIT(+deS/.106500)
prefactibilidad >60 UIT(+ de S/.213000)
factibilidad>120 UIT(+ de S/.426000)
Oficina de Programación e Inversiones –OPI
SuscribirlosInformesTécnicosdeevaluación,asícomolosformatosquecorrespondan.
VisarlosResúmenesEjecutivosdelosestudiosdepreinversión.
VelarporlaaplicacióndelasrecomendacionesqueformulelaDGPM,asícomo,cumplirconloslineamientosquedichaDirecciónemita.
LapersonadesignadacomoResponsabledeunaOPINOpuedeformarpartedirectaoindirectamentedeunaUFnideunaUE.
OpinióntécnicasobrePIPencualquierfasedelCiclodelProyecto.
OpiniónfavorablesobrecualquiercambiodelainformacióndeunestudiooregistroenelBPparaPIPsqueevalúa.LaOPIpodrásolicitarlainformaciónnecesaria.
Las nuevas UF que registre la OPI deben tener:
Experiencia en los proyectos que debe formular.
Por lo menos 1 año de experiencia en proyectos, en SNIP.
Unidad Formuladora -UF
Elabora,suscribeyregistralosestudiosdepreinversión.
PoneradisposicióndeDGPMuOPItodalainformacióndelPIP,encasoseasolicitada.
LasUF-GRyUF GL,solamentepuedenformularproyectosqueseenmarquenenlascompetenciasdesuniveldeGobierno.
Realizarlascoordinacionesyconsultasnecesariasconlaentidadrespectivaparaevitarladuplicacióndeproyectos.
CuandolosgastosdeO&MestánacargodeunaentidaddistintaalaquepertenecelaUFdelPIP,debesolicitarlaopiniónfavorablededichaentidadantesderemitirelPerfilparasuevaluación(independientementedelniveldeestudioconelquesepuedadeclararlaviabilidad)
Unidad Ejecutora -UE
CualquierórganoodependenciadelasEntidades,concapacidadlegalparaejecutarProyectosdeInversiónPúblicadeacuerdoalanormatividadpresupuestalvigente.
Eslaresponsabledelafasedeinversión,auncuandoalgunadelasaccionesqueserealizanenestafase,searealizadadirectamenteporotroórganoodependenciadelaEntidad.
Estáacargodelaevaluaciónexpostdelproyecto
• DebeceñirsealaviabilidadparalaelaboracióndeEstudiosDefinitivosoExpedientesTécnicosyejecucióndelPIP,bajoresponsabilidaddequienlosapruebeydelresponsabledelaUE.
ElaboraysuscribeelFormatoSNIP-15,informandosobrelaconsistenciaentreelEDoETdetalladoyelestudiodepreinversiónporelqueseotorgólaviabilidad.
ElaboraelInformedeCierredelPIP.
Informaalórganoquedeclaróviabilidad,todamodificaciónenfasedeinversión.
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