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Proceso De Internacionalizacion Colombia Canada


Enviado por   •  25 de Agosto de 2013  •  1.191 Palabras (5 Páginas)  •  506 Visitas

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1. Información arancel de aduanas :

a. ficha técnica del producto

tipo de producto: lenteja

Lugar de Origen: Canada

Numero de modelo : Laird Nº2

Canadá además es el mayor productos del mundo de lentejas, produciendo grandes cantidades el tipo Largo Green ( lenteja Laird) o Masoor Grande Verde ( 6- 7 mm ), Lenteja Grande Verde Partida o Lenteja Amarilla Partida o Masoor dal, Lenteja Roja o Masoor, Lenteja Roja partida o Massor dal, Roja Dehulled o Lenteja Football o Masoordal, Verde Pequeña o tipo Eston o Pequeña Massor Verde ( 4.45 mm ).

b. posición arancelaria

07.13.40.90.00

c. Preferencias arancelarias

Por medio de la LEY 1363 DEL 9 DE DICIEMBRE DE 2009 se aprueba el “Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”, hecho en Lima, Perú, el 21 de noviembre de 2008, y el “Canje de notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”.

- Articulo 203: Eliminación Arancelaria

1. Salvo disposici6n en contrario en este Acuerdo, ninguna Parte puede incrementar ningún arancel aduanero existente, o adoptar ningún arancel aduanero nuevo, sobre una mercancía originaria.

2. Salvo disposicion en contrario en este Acuerdo, cada Parte eliminara sus aranceles aduaneros sobre las mercancías originarias de conformidad con el Anexo 203.

3. Durante el proceso de eliminaci6n arancelaria, las Partes acuerdan aplicar a las mercancías originarias comerciadas entre ellas, el menor arancel aduanero resultante de una comparaci6n entre la tasa establecida de conformidad con el Anexo 203 y la tasa existente de conformidad con el Articulo II del GATT de 1994.

d. Descripciones Mínimas

En el caso de mercancías usadas, imperfectas, reparadas, reconstruidas, restauradas , recauchutados, sub-estándar, saldos de inventario, remanufacturadas, desperdicios, sobrantes o chatarra, se deberá señalar en forma expresa tal condición, además de las descripciones que les corresponda de acuerdo a lo establecido en el presente artículo.

Articulo 1 de la Resolución 0025 de 2013. Parágrafo 1. En el caso de ercancías usadas, imperfectas, reparadas, reconstruidas, restauradas (refurbished), recauchutados, sub-estándar, saldos de inventario, remanufacturadas, desperdicios, sobrantes o chatarra, se deberá señalar en forma expresa tal condición, además de las descripciones que les corresponda de acuerdo a lo establecido en el presente artículo.

Articulo 2. Se excluyen de las disposiciones contenidas en la presente resolución, las importaciones realizadas por las fuerzas militares y la Policía Nacional.(...) , Igualmente se excluyen las importaciones que se realicen al amparo de Licencias Anuales hasta el 31 de mayo de 2013. A partir del 1o de junio de 2013, las declaraciones de importación de las mercancías amparadas en Licencias Anuales, deberán cumplir, ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con las descripciones mínimas señaladas en la presente Resolución.

Articulo 3. Las descripciones establecidas en la presente resolución serán las únicas exigidas por la Autoridad Aduanera, sin que se requiera descripción adicional a las que aquí se señalan. La información que se incluya en la casilla descripción de las declaraciones de importación, en cumplimiento de obligaciones especiales como la acreditación de reglamentos técnicos a que hace referencia el Decreto 3273 de 2008, no hace parte de la descripción de las características físicas de las mercancías.

e. Unidad comercial de importación: Kilogramos (Kg)

f. Visto Bueno ICA

Para el producto lentejas secas, desvainadas incluso mondadas o partidas el ICA exige un control de Documento Requisitos Fitosanitarios para Importación (DRFI), el cual es un documento oficial expedido por el ICA, con el único fin de señalar los requisitos fitosanitarios específicos que debe cumplir y certificar el país exportador del producto vegetal o del agente de control biológico.

El Documento Requisitos Fitosanitarios para Importación, debe solicitarse de manera previa al embarque, es decir antes de que el producto salga del país de origen, siendo válido por un solo embarque y tiene una vigencia de 90 días contados a partir de su fecha de expedición.

2. Gestión de Mercado

a. Empresas Importadoras de Lentejas Nº2

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