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RECURSO DE INCONFORMIDAD INFONAVIT


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2014  •  574 Palabras (3 Páginas)  •  904 Visitas

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Recurso Inconformidad (INFONAVIT)

COMO SE TRAMITAN LAS CONTROVERSIAS ANTE INFONAVIT.

El INFONAVIT es un organismo fiscal autónomo cuyo objetivo principal es el de establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para:

a).- La adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas,

b).- La construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones, y

c).- El pago de pasivos contraídos por los conceptos anteriores.

El financiamiento tiene como soporte el fondo nacional para la vivienda constituido con las aportaciones patronales del 5% sobre el Salario Base de Cotización de los trabajadores.

Al ejercer sus facultades pueden surgir controversias con los patrones, con los trabajadores o con sus beneficiarios sobre la inscripción en el Instituto, derecho a créditos, cuantía de aportaciones y de descuentos, así como sobre cualquier acto del Instituto que lesione sus derechos, las cuales deben resolverse conforme lo disponen los artículos 52, 53 y 54 de la Ley del INFONAVIT, que reconoce como medio de defensa el RECURSO DE INCONFORMIDAD.

Sin embargo, para los trabajadores, sus causahabientes o beneficiarios, será optativo agotar el RECURSO DE INCONFORMIDAD o acudir directamente a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o a los tribunales competentes; mientras que para los patrones será optativo agotar el RECURSO DE INCONFORMIDAD o acudir directamente ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

Si los patrones, o los trabajadores, sus causahabientes o beneficiarios optan por agotar primeramente el RECURSO DE INCONFORMIDAD; entonces deberán ajustarse a los lineamientos establecidos, tanto en la Ley, en el REGLAMENTO y en las REGLAS correspondientes.

AUTORIDAD COMPETENTE.

Conforme a la Ley, es la COMISIÓN DE INCONFORMIDADES, integrada en forma tripartita, la que conocerá de los RECURSOS DE INCONFORMIDAD que reciba, los cuales se deben interponer por escrito, directamente ante la COMISIÓN o por correo certificado con acuse de recibo, caso este último en que se tendrá como fecha de presentación la del día en que hayan sido depositados en la oficina de correos.

Siempre que se actúe a nombre de otro, como lo es el caso de las personas morales, el promovente debe acreditar su personalidad en los términos de la Ley Federal del Trabajo.

CONTENIDO DEL ESCRITO.

El escrito con que se interponga el RECURSO DE INCONFORMIDAD debe contener:

I.- Nombre del Promovente y, en su caso, el de su representante;

II.- Domicilio para recibir notificaciones,

III.- Número de inscripción en el Registro Federal de Causantes, si lo supiere;

IV.- Nombre

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