REGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV
Enviado por • 21 de Octubre de 2013 • 5.127 Palabras (21 Páginas) • 2.091 Visitas
INDICE
DEDICATORIA 2
AGRADECIMIENTO 3
RESUMEN ES ESPAÑOL 6
RESUMEN EN INGLES 7
INTRODUCCION 8
MARCO TEORICO 9
REGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV 9
DEFINICION 9
REGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV. APLICABLE
A LA ADQUISICION DE COMBUSTIBLE 10
VENTAJAS 10
DESVENTAJAS 11
CÙAL ES EL MONTO DE LA PERCEPCION 11
EN QUE MOMENTO SE REALOZA EN COBRO 13
CÒMO SE REALIZA EL COBRO DE LA PERCEPCION 13
QUE OPERACIONES ESTAN ESCLUIDAS DE LA PERCEPCIÒN 14
CÙALES SON LOS BIENES SUJETOS AL RÈGIMEN 15
QUÈ CUENTAS Y REGISTROS DE CONTROL DEBE
MANTENER EL IMPORTADOR 22
COMO SE REALIZA LA DECLARACIÒN Y EL PAGO 23
DEVOLUCION DE PERCEPCIONES DEL IGV 23
CASOS PRACTICOS DE DEVOLUCIÒN DEL IGV 25
CONCLUSIONES 28
FUENTES DE INFORMACIÒN 29
ANEXOS 30
RESUMEN EN ESPAÑOL
El régimen de percepción del IGV es un mecanismo de recaudación que la administración tributaria ha creado con el objetivo de aplicar el cobro por adelantado del IGV asegurando de esa manera el cumplimiento de obligaciones tributarias de los contribuyentes en las operaciones de comercialización de combustible líquido y derivados de petróleo, en la importación definitiva y en la venta interna de determinados bienes.
El importe de la percepción del IGV será determinado aplicando sobre el precio de venta, los porcentajes señalados mediante Decreto supremo, refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, con opinión técnica de la SUNAT, los cuales deberán encontrarse en un rango de uno por ciento (1%) a dos por ciento (2%).
En tanto se dicte el Decreto Supremo que establezca el porcentaje, el monto de la percepción será el que resulta de aplicar el 2% sobre el precio de venta, incluido el IGV.
Adicionalmente cuando en la operación sujeta a percepción se emita una factura o ticket que otorgue derecho a crédito fiscal y el cliente sea también un sujeto designado como agente de percepción, se aplicará un porcentaje del 0.5%.
RESUMEN EN INGLES
I. INTRODUCCIÓN.
El presente trabajo monográfico sobre aplicación del régimen de percepciones del impuesto general a las ventas, hemos elaborado el presente artículo, en el que en forma precisa tratamos en qué consiste este régimen relacionado con el impuesto general a las ventas y mostramos el desarrollo de un caso práctico, en el que podemos ver en forma presente cómo influye esta operación en la contabilidad del proveedor y del cliente, utilizando las cuentas del Plan Contable General Empresarial, en el que los proveedores registrados en el Padrón de Agentes de Percepción son los únicos autorizados a efectuar este tipo de operaciones que consiste en el cobro adelantado a sus clientes una parte del impuesto general a las ventas que van a generar, por sus operaciones de ventas gravadas. Además detallamos los bienes sujetos al régimen establecido mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, con opinión técnica de la SUNAT, el cual deberá encontrarse en un rango de 0.5% a 2% sobre el precio de venta de estos bienes.
II. MARCO TEORICO
REGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV
1. DEFINICIÓN.
El régimen de percepción del IGV es un mecanismo de recaudación que la administración tributaria ha creado con el objetivo de aplicar el cobro por adelantado del IGV asegurando de esa manera el cumplimiento de obligaciones tributarias de los contribuyentes en las operaciones de comercialización de combustible líquido y derivados de petróleo, en la importación definitiva y en la venta interna de determinados bienes.
El régimen de percepciones del IGV consiste en la obligación impuesta al vendedor denominado agente de percepción o la administración tributaria de percibir un importe adicional al precio de venta cobrado al cliente o al importador.
Ventajas
Busca incrementar el número de contribuyentes con decoraciones y pago puntual de sus obligaciones del IGV, lo cual no implica la creación de un nuevo impuesto pues constituye un mecanismo por medio del cual se ha intentado asegurar el pago de las obligaciones tributarias del IGV.
La norma prevé la posibilidad de solicitar la reducción del porcentaje de percepción, cuando sea posible demostrarle a la administración que tales porcentajes de percepción no responden al margen de comercialización (valor agregado). De esta forma se flexibiliza el régimen permitiéndole al contribuyente acreditar márgenes comerciales diferentes a los establecidas en las disposiciones, es decir, más cercanos a la realidad.
Combatir la informalidad y la evasión fiscal del pago del IGV, en función de la intensidad evasiva demostrada en cada caso, promueve el bienestar general cuando el mayor peso tributario capaz de asegurar la satisfacción de necesidades sociales, no recae, injusta y exclusivamente, sobre los contribuyentes que cumplen sus obligaciones fiscales.
Desventajas
Las percepciones consisten en exigir al importador y al comprador, que obligatoriamente paguen un adelanto del IGV que le causaron las operaciones futuras que realicen, el fisco continuara exigiendo pagos adelantados que el contribuyente no debe y cuyas operaciones no se han realizado, generándose pagos en exceso o indebido, cuya devolución es inoperante.
Aun no se implementa la devolución inmediata y perentoria de los pagos en exceso por concepto de percepciones, considerando la compensación automática.
Un aspecto de mayor controversia es que el sistema es uno de anticipación del IGV sobre operaciones futuras, la percepción se obliga pese a no haber realizado aun una operación gravada aspecto que merecería un mayor análisis.
Para las empresas tiene un efecto directo en la liquidez de su flujo de caja, en tanto tienen que pagar por adelantado el IGV para poder hacer el uso del mismo como saldo a favor, en caso que tuviera IGV por aplicar que es el caso de las empresas exportadoras, se deberá cumplir estrictamente con las formalidades indicadas por la administración tributaria.
La falta de criterio y certeza que tiene la Sunat al momento de ejercer la opción de decisión en cuanto a poder emitir resoluciones hacia los contribuyentes sin tomar en cuenta el contexto
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