Regimen De Pequeños Contribuyentes
Enviado por • 7 de Mayo de 2014 • 1.630 Palabras (7 Páginas) • 340 Visitas
CAPITULO II
2. MARCO TEÓRICO
2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
Una investigación debe estar sustentada siempre por estudios teóricos para que sea metodológicamente viable. Mi investigación está sostenida por el Derecho Fiscal, que es el enfoque teórico que utilizaré, y se ubica en el campo de la contabilidad específicamente en los regímenes fiscales de personas físicas.
Esto es útil, porque a través del análisis de los conceptos que están dentro del enfoque teórico que voy emplear, podré manejar el tema – problema que es el estudio comparativo del régimen de pequeños contribuyentes respecto del régimen intermedio y así enriquecer mi investigación. Es substancial que para hacer tal estudio, se conozcan las particularidades de cada régimen; con el propósito de comparar que régimen es el más conveniente para tributar como persona Física o en su caso la decisión de cambiar de un régimen a otro, .como se abordará a continuación
2.2 ANTECEDENTES DEL NEGOCIO DOBLE CLICK
Un cibercafé es un negocio ideal para emprendedores que quieren iniciar su negocio con poca inversión y en un mercado potencial. Además tiene el atractivo de que se puede instalar y abrirla al público en poco tiempo.
El negocio doble click ubicada en la colonia Infonavit Cd Industrial, tiene como actividad principal la prestación de Servicio de internet e inició sus operaciones el día 23 de Septiembre del 2009. Comenzaron sus actividades en una pequeña casa contando con solo 6 computadoras conectadas a una red y al pasar de los años comenzaron a crecer y comprar más equipos, pues el sector estudiantil, siendo este su cliente potencial, aumentaba cada vez. Durante dos años ha sido útil para los alumnos que estudian en el Tecnológico de Villahermosa, Teniendo como futuras actividades la venta de equipos de cómputo y reparación de la misma.
2.3 BASES LEGALES
Esta investigación se fundamenta legalmente en la ley del ISR y el Código Fiscal de la federación haciendo uso también del portal de internet del SAT (Sistema de Administración tributaria) www.sat.gob.mx.
2.3.1 RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
El régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS) cuenta con ciertas bondades, por ello es imprescindible conocer las generalidades del régimen.
Según en el art. 137 de la ley del ISR (2011) REPECOS son “las personas físicas que realicen actividades empresariales y únicamente enajenen bienes o presten servicios al público en general, siempre y cuando los ingresos propios de su actividad empresarial más los intereses obtenidos en el año del calendario anterior, no hubieran excedido de $ 2´000,000.00”.
Esto significa que quienes cumplan con los requisitos antes mencionados, inicien actividades y estimen que sus ingresos no excederán del límite referido, podrán tomar la opción de ser REPECOS
La revista IDC (2010) menciona que “los requisitos para que una persona pueda tributar como REPECO son:
• No llevar a cabo otras actividades empresariales
• Que la suma de sus ingresos de todos los copropietarios por las actividades empresariales que realicen, sin deducción alguna, no exceda en el ejercicio inmediato anterior del monto indicado.
• El ingreso que en lo individual le corresponda a cada copropietario, sin deducción alguna, adicionado con los intereses obtenidos por el mismo en el ejerció inmediato anterior, no exceda del monto señalado”.
También señala que “no podrán tributar como REPECOS quienes obtengan ingresos por conceptos de:
• Comisión
• Mediación
• Agencia
• Representación
• Correduría
• Distribución o espectáculos públicos
• Consignación
• La enajenación de mercancías de procedencia extranjera en mas del 30% de sus ingresos, aunque podrán tributar en ele régimen si aplican una tasa del 20% al monto que resulte de disminuir al ingreso obtenido por la enajenación de dichas mercancías, el valor de adquisición de las mismas, en vez de la tasa del 2%.”
Evidentemente, que tampoco podrán serlo quienes hubiesen tributado bajo los regímenes de actividad empresarial e intermedio, salvo que tributaran así por los dos ejercicios inmediatos anteriores, comprendiendo el de inicio de actividades y el siguiente, además de que sus ingresos en esos ejercicios no excedan el limite antes señalado; y por consiguiente, que quienes dejen de pagar el impuesto en el régimen ya no podrán volver a tributar en el mismo
Es también muy importante, destacar los beneficios que como contribuyente puede obtener al tributar como régimen de pequeño contribuyente, como lo menciona la revista IDC (2010):
• Llevan únicamente un registro de sus ingresos diarios
• Se les exime de presentar la declaración d ingresos de 2009, salvo a requerimiento de la autoridad.
• No presenta la informativa de la DIOT
• Expedir comprobantes fiscales simplificados y en ese tenor no estarán obligados a emitir facturas electrónicas
• El IDE se puede recuperar vía devolución.
Por disposición legal los REPECOS están obligados a presentar a más tardar el 15 de febrero de cada año la declaración informativa de los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, salvo quienes utilicen máquinas registradoras de comprobación fiscal (art. 137, cuarto párrafo de la LISR), sin embargo en la resolución Miscelánea Fiscal (2010) se otorgó el beneficio de no presentar la informativa de 2009, sino únicamente a requerimiento de la autoridad (regla
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