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REGIMEN PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES


Enviado por   •  7 de Julio de 2013  •  3.113 Palabras (13 Páginas)  •  439 Visitas

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RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

INTRODUCCIÓN

El esfuerzo desarrollado por la Entidad Federativa y el Gobierno Federal, así como la experiencia acumulada por la operación de los Convenios de Colaboración Administrativa en materia Fiscal Federal y sus Anexos, desde 1997, han demostrado un desenvolvimiento en su capacidad administrativa en los tres órdenes de gobierno; sin embargo, se deben realizar acciones para perfeccionar la colaboración administrativa en materia fiscal federal a efecto de mejorar la eficiencia recaudatoria e impulsar una mayor autonomía financiera del Estado y municipios. Por lo anterior es conveniente que el Estado y los municipios, como parte actuante de la administración tributaria nacional, tengan una mayor intervención dentro del esquema de recaudación.

¿QUIÉNES SON REPECOS?

De acuerdo con lo establecido en la Sección lll del Capítulo ll del Título lV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las Personas Físicas que realicen actividades empresariales que únicamente enajenen bienes o presten servicios al público en general, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calendario anterior, no hubieran excedido la cantidad de $2´000,000.00.

Es importante señalar que no se puede pertenecer a este régimen si la persona se encuentra en los siguientes supuestos, aún cuando sus ingresos sean inferiores a $ 2,000,000.00:

• Si es comisionista

• Las Agencias

• Mediación

• Representación

• Correduría

• Consignación

• Distribución

• Espectáculos Públicos

FACULTADES

Con la finalidad de simplificar el esquema de cumplimiento de obligaciones de los pequeños contribuyentes, el 8 de diciembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que otorga facilidades a los mismos, encontrándose, entre otras, las de relevarlos de llevar un registro de ingresos diarios y de separar las actividades afectas al IVA a los diferentes coeficientes de valor agregado, presentar la declaración informativa de los ejercicios 2005 y 2006, entregar copias de notas de venta a sus clientes y conservar originales de las mismas por montos de hasta $100.00.

Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Tlaxcala.

Dicho Convenio se publica el 20 y 24 de Marzo de 2009 en el Diario Oficial de la Federación y Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala respectivamente.

Que el gran esfuerzo desarrollado por la entidad federativa y sus municipios han demostrado un desenvolvimiento en la capacidad administrativa de los tres órdenes de gobierno, sin embargo se deben realizar acciones para perfeccionar la colaboración administrativa en materia fiscal federal, por lo que es conveniente que la entidad tenga una mayor intervención dentro del esquema de coordinación fiscal.

Que con el presente Convenio la entidad continuará ejerciendo diversas facultades para la debida administración, recaudación, comprobación, determinación y cobro de los ingresos de estos contribuyentes.

Asimismo tiene a su cargo:

• Estimar el valor de las actividades mensuales y el ingreso gravable; así como determinar las cuotas para el pago de los impuestos sobre la renta, al valor agregado y empresarial a tasa única de las personas que tributen en el régimen de pequeños contribuyentes, con sujeción a lo previsto en las leyes del Impuesto sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Empresarial a Tasa Única, así como en la normatividad federal aplicable.

• Recaudar en una sola cuota los impuestos sobre la renta, al valor agregado y empresarial a tasa única a cargo de los pequeños contribuyentes, en los términos de las disposiciones jurídicas.

PROCEDIMIENTO DE PAGO REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES 2011

INFORMACIÓN GENERAL

El 28 de Febrero de 2011 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el Acuerdo por el que se establece el procedimiento de pago a través de cuota fija integrada de los Impuestos Sobre la Renta, Empresarial a Tasa Única y al Valor Agregado, aplicable al Régimen de Pequeños Contribuyentes.

El plazo para el pago del Primer Bimestre del ejercicio fiscal 2011 se amplió al 31 de marzo del mismo año.

PROCEDIMIENTO DE PAGO

1. Solicitar que le determinen su Cuota Fija Integrada.

2. Pagar su Cuota Bimestral de acuerdo con la Tabla para la Determinación de la Cuota Fija Integrada Bimestral Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Empresarial a Tasa Única e Impuesto al Valor Agregado, Régimen de Pequeños Contribuyentes.

DETERMINACIÓN DE CUOTA FIJA INTEGRADA

REQUISITOS:

• Estar inscrito en el Régimen de Pequeños Contribuyentes.

• Presentar una Identificación Oficial.

• Proporcionar su RFC (Registro Federal de Contribuyentes).

• Presentar la determinación del ejercicio fiscal anterior (2010). En su caso.

FORMATOS:

15- B. Pago de Cuota Fija Integrada Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Empresarial a Tasa Única e Impuesto al Valor Agregado a Entidades Federativas. Régimen de Pequeños Contribuyentes.

Anexo 1 del Formato 15-B. Solicitud de Pago a través de Cuota Fija Integrada Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Empresarial a Tasa Única e Impuesto al Valor Agregado. Régimen de Pequeños Contribuyentes.

PROCEDIMIENTO:

• Acudir a cualquiera de los siguientes lugares:

a.Oficina Recaudadora que corresponda a su domicilio fiscal en el Estado, ó

b.Dirección de Ingresos y Fiscalización, ó

c.Dirección de Política Fiscal y Coordinación Hacendaria.

• Presentar su Identificación y proporcionar su RFC.

• Exhibir la Determinación de Pago a Través de Cuota Fija Integrada Impuesto Sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado Régimen de Pequeños Contribuyentes del ejercicio 2010 (Anexo 1 del formato 15-B ).

• Proporcionar al operador del sistema de cuota fija, su ingreso anual estimado para el ejercicio fiscal vigente.

• El operador del sistema de cuota fija determinará su Cuota Fija Bimestral a pagar durante el presente ejercicio, de acuerdo con la Tabla para la Determinación de la Cuota Fija Integrada Bimestral Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Empresarial a Tasa Única e Impuesto al Valor Agregado, Régimen de Pequeños Contribuyentes.

• Una vez determinada la Cuota Fija Integrada que usted pagará cada bimestre, el operario le proporcionará dos ejemplares del Anexo 1 del Formato 15-B, mismos que deberá firmar al calce, donde una copia es para

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