SOCIEDAD MERCANTIL
Enviado por • 7 de Junio de 2014 • 470 Palabras (2 Páginas) • 267 Visitas
Fusión y/o transformación de una sociedad mercantil.
1. Deberá documentarse en el Código de Comercio leyendo: Libro II, Titulo III, Capitulo V, Seccion VI, De la Fusión y Prórroga de las Sociedades Anónimas. Artos. del 263 al 268 inclusive.
Sección VI
De la fusión y prórroga de las Sociedades Anónimas.
Arlo. 263.- A la fusión de dos o más sociedades deberá preceder el acuerdo por parte de
cada una de ellas.
Este acuerdo se publicará debidamente.
Arto. 264.- La fusión sólo tendrá efecto transcurridos que sean los tres meses desde la
publicación del respectivo acuerdo; a no ser que conste de modo auténtico que se hayan
satisfechas todas las deudas de cada una de las socidades que tratan de fusionarse, o que
se ha puesto a la orden del Juzgado de Comercio respectivo, el importe de dichas deudas
depositado en la cajas de la compañía, o que se ha obtenido el consentimiento de los
acreedores.
Arto. 265.- Durante el plazo fijado en el artículo anterior, puede oponerse a la fusión,
cualquier acreedor de las sociedades que hayan de entrar en la fusión.
Esta oposición suspenderá la realización de la fusión hasta que se resuelva
judicialmente.
Arto. 266.- Transcurrido el término fijado en el artículo 264, o cumplidas las otras
prescripciones del mismo, se tendrá por efectuada definitivamente la fusión, y la
sociedad que se constituya asumirá todos los derechos y obligaciones de todas las
sociedades extinguidas.
Arto. 267.- Las compañías cuyos Estatutos deban someterse a la aprobación del Poder
Ejecutivo, necesitan de la misma aprobación para fusionarse.
Arto. 268.- Transcurrido el término marcado en el contrato para la duración de la
sociedad, y no mediando ningún otro motivo de disolución, podrá prorrogarse este
plazo, si los socios convinieren en ello por unanimidad, o si los que se retiran no
representan más de un tercio del capital social y los socios restantes les liquidasen su
parte en los términos legales.
La prórroga se publicará debidamente.
2. De la Empresas “X” y “Y” la empresa “X” sería los socios mayoritarios con el 51 % de las acciones? esta acciones pueden ordinaria o preferente? por tanto, sugiero asesorarse con un abogado, especialista en la rama tributaria:
Aspecto Contable de la Fusión:
Los pasos necesarios para el registro contable de la fusión son las siguientes:
1. Preparar Los Estados Financieros (Balance General y Estado de Pérdida y Ganancia) el que deberá ser auditado. (por una firma de Auditores Externo).
2. Saldar las cuentas complementarias del balance contra sus principales.
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