SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS “S.A.S”
Enviado por yudadisa1215 • 14 de Octubre de 2012 • Tesis • 490 Palabras (2 Páginas) • 1.119 Visitas
SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS “S.A.S”
Por
YUDY MARIA BUSTAMANTE SEPULVEDA
Carnet. 08215232
Docente
JUAN MANUEL GIRALDO
Curso
PLAN DE NEGOCIOS
INSTITUTO TECNOLOGICO METROPOLITANO
MEDELLIN
2011
SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS “S.A.S”
La Ley 1258 del 05 de diciembre / 2008 de Sociedades por Acciones Simplificadas S.A.S, obedece a la tendencia de flexibilización del derecho societario e introduce un tipo social híbrido, con autonomía, tipicidad definida y con una regulación vinculada al régimen general de las sociedades.
Este nuevo tipo de sociedad brinda a los empresarios del país ventajas de las sociedades anónimas y al mismo tiempo les permite diseñar los mecanismos de gobernabilidad de sus empresas a la medida de sus necesidades.
En términos generales este nuevo tipo societario ofrece flexibilidad en temas tales como: constitución, organización y funcionamiento, convocatorias, reformas estatutarias y reorganización de la sociedad, juntas directivas y acuerdos de accionistas, entre otros.
VENTAJAS
• Permite la unipersonalidad y no exige un número mínimo o máximo de accionistas.
• Se constituye por documento privado inscrito en la Cámara de Comercio del domicilio, teniendo claridad que si se aportan bienes inmuebles en la constitución debe hacerse por escritura pública.
• Su objeto social puede ser indeterminado siempre y cuando realice cualquier actividad lícita, es decir, es opcional.
• El término de duración podrá ser indefinido, es opcional.
• La responsabilidad se limita exclusivamente al monto de los aportes de los accionistas, salvo fraude a la ley o abuso en perjuicio de terceros. A diferencia de los demás permite el pago de los aportes difiriéndolo hasta por un plazo máximo de dos años.
• En esta sociedad se pueden crear diversas clases y series de acciones.
• Posibilidad de restringir la cesión o venta de acciones hasta por 10 años o de sujetarla a autorización de la asamblea.
• Es mucho más flexible, pues existe libertar para diseñar la estructura de administración.
• Es voluntaria la creación de la junta directiva y de la revisoría fiscal Simplemente deja a criterio del empresario o de la sociedad crear el cargo, cuando la sociedad no tiene activos brutos a diciembre 31 del año anterior por encima de los 5 mil salarios mínimos o cuyos ingresos brutos durante el año anterior excedan los 3 mil salarios mínimos.
• Imposibilidad de negociar valores en el mercado público. Las acciones y los demás valores que emita la SAS. No podrán inscribirse en el registro nacional de valores y emisores ni negociarse en bolsa.
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