SOFOLES
Enviado por edlim • 17 de Julio de 2013 • Tesis • 1.091 Palabras (5 Páginas) • 449 Visitas
SOFOLES:
SOFOL es la abreviatura de Sociedad Financiera de Objeto Limitado. Las SOFOLES son instituciones financieras autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, reglamentadas por el Banco de México y supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Tienen por objeto otorgar créditos o financiamiento para la planeación, adquisición, desarrollo o construcción, enajenación y administración de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, a sectores o actividades específicos, es decir, atienden a aquellos sectores que no han tenido acceso a los créditos ofrecidos por los intermediarios financieros tradicionales, como los bancos.
Las disposiciones legales que regulan estas sociedades estarán vigentes hasta el 18 de julio de 2013 y a partir de tal fecha entrarán en proceso de disolución y liquidación, o bien, podrán transformarse a sociedades financieras de objeto múltiple.
Al solicitar un crédito hipotecario en una Sociedad Financiera de Objeto Limitado (Sofol) se tienen varias opciones de créditos, éstos dependerán de la SOFOL a la que se acuda, algunas manejarán planes de crédito con apoyo del Gobierno Federal a través de diversos programas y en otros casos será un crédito directo otorgado por la Sofol sin ningún tipo de subsidio directo por parte del Gobierno Federal.
Cabe mencionar que cada crédito hipotecario tiene características, requisitos y procedimientos específicos.
SOFOMES:
Las Sofomes son entidades financieras que, a través de la obtención de recursos mediante el fondeo en instituciones financieras y/o emisiones públicas de deuda, otorgan crédito al público de diversos sectores y realizan operaciones de arrendamiento financiero y factoraje financiero. Una Sofom no puede captar recursos del público y no requiere de la autorización del gobierno federal para constituirse.
Se considerarán como Sofomes aquellas sociedades anónimas que en sus estatutos sociales, contemplen expresamente como objeto social principal la realización habitual y profesional de una o más de las actividades que se indican en el párrafo anterior. Estas entidades financieras gozarán de las mismas ventajas fiscales y procesales que tenían al ser sofoles, arrendadoras y empresas de factoraje, adicionándoseles algunas ventajas civiles al ser empresas mercantiles.
CAJAS POPULARES:
• Las cajas populares son instituciones financieras denominadas jurídicamente Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, que requieren autorización para operar y responden a las necesidades de un amplio sector de la población que no tiene acceso a la banca tradicional.
Ante todo se debe hacer una aclaración: tomar con pinzas el concepto que abarca una Caja de Ahorro Popular. No se trata de meros bancos o bancas tradicionales, donde una persona puede solicitar préstamos, ahorrar su dinero o invertir fondos; sino que por el contrario, tienen funciones diferentes.
Una de las principales diferencias que existe con la banca tradicional es que entre bancos y sociedades cooperativas los socios tienen que realizar el pago de una cuota inicial, denominada “parte social” o “aportación social”, la cual va a formar parte del capital de la Cooperativa. Al pagar esta cuota (cuyo promedio es de $300) se recibe un certificado de aportación. En cambio si concurrimos a los bancos privados veremos que la apertura de una caja de ahorro es gratuita, seguramente la entidad nos pedirá asociar el producto con otros que ellos mismo ofrecen (préstamos, hipotecas, seguros de vida, etc.) y sólo deberemos pagar las comisiones y gastos pertinentes.
• Una caja de ahorros es una entidad de crédito similar a un banco, son instituciones de crédito sin ánimo de lucro y con diferente carácter legislativo. En concreto, los bancos son sociedades, mientras que las cajas de ahorros se rigen por la ley de sociedades limitadas de carácter fundacional, motivo por el que deben destinar, por ejemplo, una parte de sus dividendos
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