Salario Mínimo
Enviado por Fernando200273 • 18 de Enero de 2014 • 271 Palabras (2 Páginas) • 259 Visitas
Es la retribución mínima que el patrono debe pagar al empleado por su trabajo. Pretende garantizar al trabajador un ingreso tal que le permita cubrir sus propias necesidades básicas y las de su familia.
NICARAGUA
ACUERDO MINISTERIAL SOBRE SALARIOS MINIMOS
Sector de actividad Vigente a partir 16 de Febrero del 2011 Vigentes a partir de 16 de agosto Del 2011
Mínimos Aprobados Incremento Relativo (%) Mínimos Aprobados Incremento Relativo (%) a
Agropecuario ** C$1,891.29 7 C$2,004.76 6
Pesca C$2,930.53 7 C$3,106.36 6
Minas y Canteras C$3,461.35 7 C$3,669.03 6
Industria Manufacturera C$2,591.48 7 C$2,746.96 6
Industrias sujetas a Régimen
Especial Fiscal*** C$3,092.58 8 C$3,092.58 0
Micro y peq. Ind.artesanal y turística nacional C$2,259.19 4 C$2,346.55 4
Electricidad, Gas y Agua, Comercio, Restaurantes y Hoteles, Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones. C$3,535.06 7 C$3,747.16 6
Construcción, Establecimientos Financieros y Seguros. C$4,313.12 7 C$4,571.90 6
Servicios Comunitarios, Sociales, domésticos y personales. C$2,701.87 7 C$2,863.98 6
Gobierno Central y Municipal C$2,403.46 7 C$2,547.66 6
• **Salario más alimentación
• ***Vigentes a partir del primero de enero 2011.
Notas de interés:
» Los salarios mínimos acordados para cada sector constituyen el salario básico que debe devengar cada trabajador.
» La presente Tabla de Salario Mínimo entra en vigencia para todos los sectores a partir del dieciséis de febrero del 2011, hasta el quince de febrero del 2012.
» Los nuevos salarios mínimos serán aplicables a aquellas pensiones de jubilación que así estén consideradas enla Ley de Seguridad Social..
» En los casos en que el salario sea estipulado en base a normas de producción o rendimiento, las unidades de medidas deberán mantenerse sin ninguna alteración, en consecuencia debe revalorizarse cada operación o pieza como efecto del incremento en el salario mínimo.
Fundamento legal:
ACUERDO MINISTERIAL SOBRE LA APLICACIÓN DE LOS SALARIOS MINIMOS APROBADOS POR LA COMISION NACIONAL DE SALARIO MINIMO ACTA No.7 CNSM-05-17/2/11
VIGENTE: La presente Tabla de Salario Mínimo entra en vigencia para todos los sectores a partir del dieciséis de febrero del 2011, hasta el quince de febrero del 2012.
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