Segundo Taller de Bienes sobre los Derechos Reales.
Enviado por jaque91 • 31 de Marzo de 2014 • Práctica o problema • 1.272 Palabras (6 Páginas) • 377 Visitas
Segundo Taller de Bienes sobre los Derechos Reales.
1. En el derecho romano ¿En que consistió la ley Poetelia Papiria?
Fue dictada en el año 448 de Roma, declaró libres a los ciudadanos que habían caído en esclavitud por deudas sin pagar, prohibió encadenar a los deudores y estableció que la obligación debía recaer sobre el patrimonio de una persona y no sobre su cuerpo .Cuando el patrimonio no alcanzaba a pagar la deuda tenia que trabajar para el acreedor hasta cubrirla pero no se convertía en su esclavo.
2. ¿Qué son los Derechos Reales? ¿Que son Derechos Personales? ¿Cuál es su principal diferencia entre los conceptos? Explique ampliamente.
-Derechos Reales: Son donde el titular o el sujeto activo tienen un poder directo, una autoridad sobre una cosa de manera inmediata, sin ningún intermediario y genera efectos sobre todo el mundo. Es decir son derechos que en forma directa se tiene sobre una cosa para obtener su mejor provecho legal, sin relación de determinada persona.
-Derechos Personales: Es a facultad jurídica que tiene una persona, denominada acreedor, para exigir de otra, denominada deudor, el cumplimiento de una prestación que puede ser de dar (dare), hacer(facere) o no hacer(no facere). Son tres elementos del derecho personal:
Primero un acreedor: cuya función compone la prestación, la segunda un deudor que esta obligado a cumplirla y tercero una prestación, que puede ser de dar, cuando involucra la transferencia del dominio o constitución de otro derecho rea,l de hacer como la obligación de firmar la escritura pública en la promesa de compraventa de un inmueble; De no hacer cuando la conducta del obligado es una abstención, como seria la del vendedor que condiciona la venta para que el comprador no le instale un negocio similar al ofrecido dentro de cierto tiempo.
Diferencias:
• En el Derecho personal el acreedor no ejerce su facultad sobre una cosa, sino que lo hace contra un deudor en forma inmediata y depende del deudor para lograr su cometido; existe un sujeto activo que es el acreedor, sujeto pasivo el deudor y la
Cosa.
• El Derecho Personal es relativo solo se ejerce contra el deudor mientras que el Derecho Real es absoluto ya que se ejerce contra todo el mundo. Los personales nacen de la voluntad de las partes y son ilimitados mientras que los reales son creados por la ley y son limitados.
• Los Derechos Reales exigen ciertas formas para su origen (Escritura, tradición, inscripción, etc.) Y los Derechos Personales generalmente no requieren de ninguna manera para su origen
• En el Derecho Real es un beneficio que un titular ejerce sobre una cosa sin intermediarios existe el sujeto, el titular y la cosa.
• Los Derechos Personales se extinguen por la prescripción lo Derechos Reales se adquieren por esta. Los personales se ejercen sobre una cosa futura los Reales se ejercen sobra una cosa existente.
• Los Derechos Reales si exigen la posesión o cuasiposesión mientras que los personales no la exigen. Los Derechos Personales no son de Orden Público. Los Derechos Reales sí.
3. Explique en que consiste el derecho de retención.
Es la facultad jurídica en cabeza del acreedor para retener un bien del deudor hasta que cumpla su obligación.
Se caracteriza por:
• Es un acto unilateral, practicado por quien retiene en virtud de una autorización legal aunque este en contra de la voluntad del dueño, de alguna forma se hacer justicia por su propia cuenta.
• En un derecho de garantía, solo tiene como objetivo de hacer cumplir una obligación. Su función en solo garantizar por eso si el deudor para se extingue la posibilidad de retener.
• Debe existir una relación entre la cosa que se retiene y la obligación que se garantiza.
• Solo se ejerce en casos autorizados por la ley.
• Es un derecho accesorio de garantía acepta la existencia de una obligación principal para garantizar como consecuencia de lo anterior, cedida la acreencia por el retenedor también se cede el derecho
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