DERECHEO DE AUTOR | PROPIEDAD INDUSTRIAL |
- Protegidos y regulaos por la Ley 17.336 (Propiedad Intelectual)
| - Protegidos y regulados por la Ley 19.039 y Reglamento de la INAPI
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- Dereche humano que busca reconocer, fomentar y proteger las actividades de creación que realizan las personas naturales que desarrollan el rol de autores en el ámbito de la literatura, artes y las ciencias.
| - Los derechos de propiedad comprenden, las marcas, las patentes de invención, los modelos de utilidad, los esquemas trazados o topografía, indicaciones geográficas o denominación de origen, dibujos y diseños industriales.
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- No es necesario que se deba publicar o registrar la obra ante alguna autoridad para que quede protegida.
| - El titular del registro de propiedad industrial goza de un derecho exclusivo para comercializar, ceder o transferir a cualquier titulo.
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- Si desea tener calidad de dueño o titular de los derechos sobre la obra o producción intelectual que se quiera proteger se recomienda inscribir las obras en el Depto. de Derechos Intelectuales (DDI), del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural.
| - Esta protección se extiende por 24 horas del mismo día en que expresa el registro sin perjuicio de la renovación en el caso de las marcas comerciales.
- El instituto Nacional de propiedad Industrial (INAPI), es el organismo encargado de la administración, registro y atención de los servicios de la propiedad industrial.
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- No se puede transferir o vender es inalienable
| - Una de sus principales funciones es el fomento de la Innovación y al Emprendimiento.
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- Cuando el autor muere estos derechos se transmiten o pasan a los herederos que señala la ley de propiedad intelectual.
| - La ley establece que los derechos de propiedad industrial son transferibles por causa de muerte.
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- Es un derecho Personal que solo corresponde al autor.
| - Marcas comercial se entiende todo signo utilizado para distinguir en el
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- Poseen derecho patrimonial, es el derecho a la explotación económica de la obra, esta coincide la facultad de realizar todo tipo de contrato sobre la misma.
| - Mercado, este debe tener carácter distinto, con el fin de que el consumidor diferencie un producto o servicio de otro.
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- Puede utilizar directamente y personalmente la obra el autor puede publicarla, adaptarla, reproducirla al público y/o distribuirla.
| - La protección que concede la marca es territorial, solo a nivel nacional y temporal, esta se extiende por 10 años renovables.
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- El autor puede transferir total o parcialmente sus derechos sobre la obra, autorizar la utilización por terceros.
- La duración de estos derechos es por toda la vida del autor y estos se extienden hasta los 70 años después de su muerte, una ves pasado los 70 años las obras pasan a formar parte del patrimonio cultural.
| - Patentes estas proporcionan derechos exclusivos que permitan utilizar y explotar su invención e impedir la utilización de terceros sin consentimiento.
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- Después de los 70 años se extiende los derechos patrimoniales, pero se sigue respetando los derechos morales del autor original.
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