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Enviado por DaniloRodriguez • 22 de Abril de 2022 • Informe • 9.124 Palabras (37 Páginas) • 57 Visitas
CAPÍTULO XX
SE ESTABLECE QUE EN UN ESTADO LIBRE CADA CUAL TIENE EL DERECHO DE PENSAR LO QUE QUIERE y DE DECIR LO QUE PIENSA
Si fuese tan fácil mandar al espí ritu como a la l_engua, todo poder reinaría en seguridad y ningún · go bierno apelaría a la violencia como recurso. Cada ciudadanot en efecto, calcaría sus inspiraciones en las del soberano y no juzgaría sino por los decretos del gobierno de lo verda dero y de lo falso, del bien y del mal, de lo justo y de lo injusto. Pero no es posible, como hemos demostrado al comienzo del capítu lo XVII, que un hombre abdique su inteligencia y la someta absoluta mente a la de otro. Nadie puede ha cer así renuncia de sus derechos naturales y de la facuitad que en él existe de razonar libremente la_s cosas, nadie a esto pued ser obl gado. Ved, pues, por. que se cone dera violento al gobierno que :
tiende su autoridad sobre los espi-
propietario. Pero por· mucha que sea la habilidad del gobierno, no resulta menos exacto que cada cual abunda
. en su propia opinión, y que éstas no difieren menos que los gustos. Moisés, que tenía ,tan dominado el juicio de su pueblo, no por medio de la astucia, sino por la virtud divina que residía en él, inspirado como estaba por el espíritu divino en todos sus actos y palabras, no pudo evitar, sin 'embargo, los rumo res del pueblo y las siniestras in terpretaciones de sus actos. Menos aún estuvieron los reyes al abrigo de este peligro. Y sin embargo, si un poder sin restricción puede conce birse en algún modo, será segura mente en un gobierno democrático, en que todos los ciudadanos, o por lo menos la mayor parte, adminis tran colectivamente los negocios. Es
t· . d por qué el soberano
un hecho cuya causa juzgo de fácil
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cuan 1° e debe aceptar como _ver
títulos para interpretar el derecho
uno o qurechazar como f a1so, y 1as
civil y la religión, nunca, sin em
dadero. Y ue debe profesar para cre ncia culto de Dios. Es pcr sattsfa1s estas cosas son el derecho que o ªdel individuo, que aunque pr toa enajenarle no podría. Con quisicr en que hay mil maneras de vengonir \os juicios de los hombres pr i"e hacer de modo que sin torcer
- e tamentc la ajena voluntad, ésta ir abandone con tanta confianza al se dcr que parezca éste ser de ella
po
bargo, podrá hacer que los hombres no juzguen las cosas con su enten dimiento y no sean por él afectados de tal o cual manera. Es muy cierto . que el gobierno puede considerar como enemigos a los que no parti cipan sin restricción de sus senti mientos; pero no vamos a discutir los derechos gubernamentales. sino a indagar qué es lo más útil.' Con cedo que el Estado tenga el derecho
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