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TEMA 2: EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD


Enviado por   •  30 de Octubre de 2017  •  Biografía  •  765 Palabras (4 Páginas)  •  286 Visitas

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TEMA 2: EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD

1.Introducción a la normalización contable nacional e internacional.

La normalización es el proceso a través del se posibilita que las empresas suministren una información homogénea.

Para cualquier sistema contable es fundamental la existencia de un órgano emisor de normas:

En 1965 se crea la comisión General de Planificación Contable, fue modificada en 1971 incorporándose profesionales y expertos, dando lugar a la publicación en 1973 del primer Plan General de Contabilidad (voluntario).

En 1976 se crea el Instituto de Planificación Contable.

En 1988 con la creación del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) se alcanza la madurez institucional.

En 1985 España entra en la CEE, lo que obligó a la aprobación de la Ley 19/1989 (en materia de sociedades), introdujo un verdadero Derecho Contable.

A razón de estos cambios, en 1990, el ICAC elabora un Plan General de Contabilidad (obligatorio).

La creciente globalización financiera e internacionalización de los mercados financieros ponen de relieve las dificultades de comparabilidad de la información contable.

 Esto trajo consigo la necesidad de modificar la legislación contable europea con el fin su armonización a nivel mundial. Se descartó la opción de crear un conjunto normativo nuevo y se optó por la adopción de normas de organismos contables internacionales:

  • El IASB, organismo que emite las NIC/NIIF
  • El FASB, organización del sector privado.

Se adoptaron en 2002 las de IASB, a través del Reglamento 1606/2002 para las empresas que coticen en Bolsa.

El proceso de adaptación se estructuro en dos fases:

  1. Integración de las NIC/NIIF en la UE, se creó el “endorsement, mecanismo por el cual se decidieron cuáles serían las NIC aceptadas.
  2. Modificar o ampliar las normas contables de cada país.

Existen tres niveles en su aplicación:

  • Obligatoriedad: Los grupos europeos que coticen en bolsa.

  • Voluntariedad: Los grupos que no coticen en bolsa, pero si optan por su aplicación, ya no pueden dejar de hacerlo.
  • Negatividad: Las sociedades individuales que coticen en Bolsa, deberá presentar sus cuentas según las normativas de cada país.

Se aprobó la Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la U.

Finalmente, el Gobierno aprobó el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas.

Por otra parte, se aprobaron las adaptaciones sectoriales del Plan General de Contabilidad.

De esta forma el PGC de 2008 fue de aplicación obligatoria para todas las empresas cualquiera que sea su forma jurídica.

Posteriormente en 2016 se modificó el PGC 2008 y el PGC de PYMES de 2008. Estos cambios están relacionados con:

  • Las simplificaciones contables de las pequeñas empresas.
  • En cuanto a las normas, la única modificación es la relativa a los activos intangibles (fondo de comercio)
  • Modificaciones de las normas de formulación de las cuentas anuales consolidadas

En la actualidad, nuestra regulación contable presenta forma piramidal: presidida por el Código de Comercio, luego el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (TRLSC), y fundamentalmente del PGC.

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