TEMA - LA INGENIERIA EN COMERCIO INTERNACIONAL.
Enviado por CHESTERIN • 12 de Enero de 2017 • Trabajo • 5.532 Palabras (23 Páginas) • 323 Visitas
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INSTITUTO PROFESIONAL PROVIDENCIA
ESCUELA DE INGENIERÍA Y GESTIÓN
Ingeniería en Comercio Internacional
Economía y Comercio Internacional
Módulo 1
Nombre Integrantes:
Marianela Lopez Loiza
Marcelo Fuentealba Carrasco Tutor: Mónica Figueroa Araneda
Sede/Sección: Cap. nº 20
Asignatura: Economía Internacional
02 de Noviembre de 2016
INTRODUCCION
Desde tiempos el proteccionismo agrícola se ha constituido en un fenómeno generalizado que tiene sus inicios a comienzos del siglo XX por la gran mayoría de las naciones del mundo. Esta protección no se limita, exclusivamente, a los problemas de acceso a mercados y usos de subsidios de exportación, sino que además incluye formas variadas de apoyo directo e indirecto a la producción, que distorsionan los precios y estimulan la sobreoferta. En el caso de los países en vías de desarrollo, el proteccionismo agrícola ha suscitado una considerable atención por parte de los respectivos gobiernos. La necesidad de los Estados de disponer de suministros alimentarios a precios estables y no excesivamente elevados, han influido decisivamente en determinar sistemas de protección que otorguen cierta estabilidad al sector silvoagropecuario y que lo distancien de las fluctuaciones de precios del comercio internacional. Las principales causas de este proteccionismo radican en el hecho que los productos sujetos a protección, pertenecen a un mercado agrícola excedentario, es decir, un mercado donde participan países que exportan su volatilidad interna, estabilizando sus mercados con una producción nacional y
exportando el resto.
En el siguiente trabajo se nos pide dar respuestas a interrogantes de este ámbito vivido con Argentina, mostraremos los resultados tras la controversia en la OMC con Argentina sobre el Sistema de Bandas de Precio, no se ha producido en Chile una liberalización de la política comercial relativa al trigo y la harina de trigo, asistiéndose al uso de diferentes instrumentos cuya aplicación evidencia un patrón de protección permanente a la industria nacional. Las hipótesis específicas que se intentará comprobar son dos. En primer lugar, que, en el ámbito bilateral, el resultado adverso a Chile de la controversia en la OMC por el Sistema de Bandas de Precio ha tenido como consecuencia la incorporación de restricciones al uso de este sistema en los Acuerdos Comerciales Preferenciales suscritos durante la última década, junto con limitaciones al alcance de las medidas de salvaguardia. En segundo lugar que, en el ámbito doméstico, el marco legal que rige al organismo encargado de recomendar medidas de contingencia (la Comisión Nacional de Distorsiones de Precios), ha permitido que se lleve a cabo un uso proteccionista de determinadas medidas de contingencia (salvaguardias y derechos antidumping), aplicadas en particular a la harina de trigo, las cuales no son compatibles con las disposiciones de los Acuerdos de la OMC y no han incorporado la jurisprudencia emanada de la controversia con Argentina sobre las bandas de precio
Ante esto existen medidas de defensa comercial: antidumping, y salvaguardias, son instrumentos de excepción contemplados en la normativa internacional. Su carácter de excepción radica en que permiten a los países dejar de cumplir, por un período de tiempo determinado, algunos compromisos en materia de acceso a mercado que han suscrito multilateralmente con los demás miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC). De esta manera, a los países que las invocan se les permite restringir las importaciones provenientes de algunos o todos los orígenes, según sean las circunstancias, habitualmente no exclusivamente a través del aumento de los aranceles de importación. El propósito de las medidas es neutralizar el comercio desleal cuando este provoca, o amenaza con provocar, daño a la industria nacional. Éste puede originarse en prácticas de las empresas, que bajan voluntariamente sus precios de exportación realizando ‘dumping’, o en acciones de los países, que distorsionan los precios a través de la utilización de subsidios. En el caso de las salvaguardias, se trata de medidas a las que se recurre ante aumentos significativos e imprevistos de las importaciones, que provocan o amenazan provocar un daño grave a la industria nacional. Cuando los países recurren a estas medidas deben sujetarse a normas convenidas internacionalmente. La aplicación de medidas de defensa comercial no debe ser arbitraria, sino que debe ser siempre el resultado de una investigación formal, en que se haya realizado una evaluación objetiva respecto de las circunstancias en que se realizan las importaciones, así como también sobre su impacto sobre la actividad productiva en el mercado respectivo.
Después de las Bandas de Precio: la política comercial de Chile frente al trigo y harina Argentinos.
En este estudio de caso se aborda la formulación de la política comercial chilena para dos productos cubiertos por el Sistema de Bandas de Precio: el trigo y la harina de trigo. Se examina su evolución después del resultado adverso para Chile de la controversia a la OMC en la que fue parte demandada, siendo Argentina la parte reclamante. Se plantea que, tras los resultados de esta controversia, no se ha producido en Chile una liberación de la política comercial relativa al trigo y la harina de trigo, estudiando los mecanismos de la regulación multilateral, bilateral y nacional bajo los cuales se ha dado aquello. Se muestra, en particular, que los progresos en materia de liberación ocurridos en el marco de los acuerdos comerciales bilaterales firmados por Chile coexisten con un sesgo proteccionista en la aplicación de medidas de contingencia………….
http://www.iei.uchile.cl/postgrado/magister-en-estrategia-internacional-y-politica-comercial/estudios-de-casos/84932/la-politica-comercial-de-chile-frente-al-trigo-y-harina-argentinos
PREGUNTAS:
1.- Explique el mecanismo de las bandas de precio. ¿Qué efecto tiene?
Es la modificación automática de los aranceles, de acuerdo a las variaciones delos precios internacionales. Por ejemplo cuando el precio internacional de un producto como el trigo o el azúcar cae por debajo del nivel de la banda “piso”, se aplica un impuesto a la importación, el que se suma al arancel general que aplica Chile al resto del mundo, este se llama arancel de Naciones Más Favorecidas o NMF, actualmente es del 6%. El monto de este impuesto debe ser equivalente a la diferencia entre el precio internacional y este “piso”.
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