TIPO DE SOCIEDADES MERCANTILES
Enviado por Richard J. Nuñez • 8 de Julio de 2018 • Apuntes • 1.991 Palabras (8 Páginas) • 112 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
I.U.P. "SANTIAGO MARIÑO"
ESPECIALIDAD: ING DE SISTEMAS
ASIGNATURA: CONTABILIDAD
SECCIÓN: A
[pic 1]
[pic 2]
PROFESOR: BACHILLER:
Juan Luces Nuñez, Richard
C.I: 25.056.795
Barcelona, Abril de 2018.
INTRODUCCION
Para que una sociedad pueda constituirse como tal, es necesario que esta tenga personalidad jurídica, esto significa que la sociedad es una entidad de derecho, que puede adquirir derechos y obligaciones, al igual que una persona natural, es susceptible de ser representada y de actuar por si en la vida de los negocios.
Otro elemento de la personalidad jurídica de la sociedad, la constituye la circunstancia de que ella tiene un domicilio propio, distinto del que pudiera tener cada uno de los socios, ya que queda estipulado en la escritura social, por la misma razón la sociedad posee un nombre propio, según sea el tipo de sociedad.
Las sociedades mercantiles para que puedan tener un carácter jurídico dentro de la norma tienen los siguientes elementos:
- Elemento Social: constituido por los socios, personas que aportan y reúnen sus esfuerzos (bienes, capitales o trabajos).
- Elemento Patrimonial: está formado por el conjunto de bienes que se aportan para formar el capital social.
- Elemento Formal: es el conjunto de reglas relativas a la forma o solemnidad con la que se debe revestir al contrato, y que da origen a la sociedad como una individualidad de derecho.
CAPITAL
El capital representa la financiación procedente de las aportaciones realizadas por los propietarios de la empresa, tanto en el momento en que ésta se formó como en fechas posteriores, siendo éste el significado económico del capital.
SOCIEDAD MERCANTIL
La sociedad mercantil o sociedad comercial es una sociedad que tiene como objetivo la realización de actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil y se diferencia de una sociedad civil en el hecho de que esta última no contempla en su objeto social actos mercantiles. Por esto, como toda sociedad, son entidades a los que la ley reconoce personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, y que, contando también con patrimonio propio, canalizan sus esfuerzos a la realización de una finalidad lucrativa que es común.
TIPO DE SOCIEDADES MERCANTILES
Sociedad en nombre Colectivo: En este tipo de compañías las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios. Esto quiere decir que todos los socios están en el deber de afrontar todas las obligaciones de la empresa, por tanto si un socio fuera incapaz de responder por falta de dinero u otros motivos los demás socios asumirían el compromiso.
Este sistema está en desuso por el alto nivel de riesgo que representa que cada socio deba afrontar la totalidad de las obligaciones de la empresa, así si una división de la empresa hace un mal negocio y quiebra arrastra a todas las demás, aún sin tener nada que ver en el proceso.
Sociedad Comandita: Aquí se agrupan las dos modalidades, habiendo socios cuya responsabilidad social se limita a una suma determinada y otros llamados socios solidarios o comanditantes en el que a cada uno que responden por el total de las obligaciones de la empresa.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L): Aquí, las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado dividido en cuotas de participación. Se diferencia de las compañías en que no son fácilmente transmisibles ya que las cuotas no se pueden representar en acciones ni títulos negociables.
Sociedad Anónima (S.A., C.A): En esta, las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y los socios solo están obligados a responder por el monto de su acción, así que al cancelar el monto de su acción o paquete accionario se deslinda de responsabilidad sobre las obligaciones de la empresa que pudieran superar este aporte.
CARACTERISTICAS DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
Sociedades en nombre Colectivo:
-En las sociedades mercantiles suele ser necesario el aporte de un capital mínimo para la constitución, pero en este tipo de sociedades no está establecido como requisito.
-Aunque el mínimo son dos (02) socios, no existe un máximo.
-Se constituyen por documento público o privado, en el registro mercantil.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L):
-La razón social debe estar referida al objeto de la misma o cualquier nombre de fantasía, pero obligatoriamente debe contener al final del mismo la mención de “SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” (S.R.L).
-El monto de suscripción de capital por parte de los socios deberá ser por lo menos del cincuenta por ciento (50%) en dinero, y el resto podrá hacerlo en especies.
...