Taller Captacion De Ahorros
Enviado por vanlemonth • 17 de Julio de 2013 • 4.490 Palabras (18 Páginas) • 581 Visitas
Taller Captación- Ahorros
1-Defina que es una cuenta de Ahorros, cuales son los requisitos de apertura para una persona natural y para una persona jurídica, cuales son las condiciones de manejo de una cuenta, cuales son los medios de manejo de una cuenta de ahorros
Las cuentas de ahorro: son productos que te ofrecen los bancos, en los que puedes guardar tu dinero, recibir intereses establecidos por tu entidad bancaria y disponer de tus ahorros en cualquier momento mediante retiros en cualquiera de las sucursales de tu banco con libreta o tarjeta débito, de igual manera puedes hacer retiros con tu tarjeta débito en cajeros electrónicos. Dentro de las cuentas de ahorro puedes encontrar gran variedad de productos, ya que los bancos buscan ofrecerte los mejores servicios y posibilidades de ahorro de acuerdo a tus necesidades y situación económica.
Persona natural:
Para las cuentas corrientes personales, se requiere la presentación de la cédula de identidad personal, para los nacionales y el pasaporte para los extranjeros.
- Llenar un formulario que tiene el banco para tal fin, en el que debe suministrar la siguiente información:
- Nombre del cuenta habientista
- Dirección fiscal (domicilio del trabajo o negocio)
- Dirección postal
- Números de teléfonos
- Referencias personales y bancarias
- Dirección donde desea recibir el estado de cuenta (casa, trabajo, negocio, oficina, apartado postal, etc.)
- Firma o firmas de las personas autorizadas, que servirá para cotejarlas con las órdenes de pago.
Para las cuentas corrientes comerciales, se requiere además de lo anteriormente mencionado:
- Copia del Pacto Social de la compañía o empresa debidamente registrado
- Acta de la reunión de la Junta Directiva en la que se autoriza la apertura de la cuenta en el banco.
Sin embargo, la condición de cliente del banco está supeditada a verificación de los datos suministrados y el banco se reserva el derecho de comunicar la aceptación o cesación de lo acordado, en un término de siete (7) días siguientes a la apertura de la cuenta.
2-Mencione 10 características de una cuenta de Ahorros
-La apertura de la cuenta de ahorros se puede hacer a nombre de una o más personas.
La cuenta corriente no demanda saldos mínimos
La cuenta corriente da la posibilidad a sobregiro.
Disponibilidad inmediata de su dinero
3-En que consiste el GMF, cual es el límite de exención del GMF, todas las personas naturales y jurídicas gozan de este beneficio?, cuales son las excepciones a la regla?
El Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) es un impuesto indirecto del orden nacional que se aplica a las transacciones financieras realizadas por los usuarios del sistema. Su administración corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Es un impuesto indirecto porque entre quien asume el impuesto y la nación, media un intermediario responsable del pago efectivo del tributo (las entidades financieras).
SUJETOS PASIVOS: Son sujetos pasivos del Gravamen a los Movimientos Financieros
Los usuarios y clientes de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o de
Economía Solidaria, las entidades vigiladas por estas mismas Superintendencias y el
Banco de la República.
TARIFA: La tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros es del cuatro por mil (4 x
1.000), pero ésta se reducirá gradualmente de la siguiente manera:
- Al dos por mil (2X1000) en los años 2014 y 2015
- Al uno por mil (1X 1000) en los años 2016 y 2017
- Al cero por mil (0X 1000) en los años 2018 y siguientes.
HECHO GENERADOR: Entre otros, los movimientos financieros que están sujetos al
Gravamen a cargo del cliente, son los siguientes:
1. Transacciones financieras, mediante las cuales se disponga de recursos en:
Cuentas corrientes
Cuenta de ahorros (siempre que excedan mensualmente de 350 UVT)
Tarjetas prepago (ver lo consagrado sobre el tema en exenciones)
Cuentas de depósito en el Banco de la República
Saldos positivos en Tarjeta de Crédito
2. Giros de cheques de gerencia.
3. Débitos a carteras colectivas (fondos comunes ordinarios, fondos de valores)
Siempre que excedan mensualmente de 350 UVT.
4. Los desembolsos de créditos y los pagos derivados de operaciones de
Compensación y liquidación de valores, operaciones reporto, simultáneas y
Trasferencia temporal de valores, operaciones de derivados, divisas o en las bolsas
De productos agropecuarios u otros comodities, incluidas las garantías entregadas
Por cuenta de participantes realizados a través de sistemas de compensación y
Liquidación cuyo importe se destine a realizar desembolsos o pagos a
Terceros, mandatarios o diputados para el cobro y/o el pago a cualquier título por
Cuenta de los clientes de las entidades vigiladas por la Superintendencias
Financiera o Economía Solidaria según el caso, por conceptos tales como nómina, servicios, proveedores, adquisición de bienes o cualquier cumplimiento de
Obligaciones.
5. También constituye hecho generador los desembolsos de créditos abonados y/o
Cancelados el mismo día.
EXENCIONES: Se encuentran exentas del Gravamen a los Movimientos Financieros,
Entre otras, las siguientes operaciones:
*Las cuentas de ahorros y las tarjetas prepago para los retiros mensuales hasta por
350 UVT1, para lo cual el titular de la cuenta o tarjeta debe indicar por escrito ante el
Establecimiento de crédito que dicha cuenta o tarjeta será la única beneficiada con la
Exención. La exención se aplica exclusivamente a una cuenta de ahorros o tarjeta
Prepago por titular y siempre y cuando pertenezca a un único titular. La exención
Opera para uno de las dos (cuenta de ahorros o tarjeta prepago).
La cuenta de ahorro electrónica, la cual primará sobre cualquier otra cuenta. Si el
Titular posee otra cuenta exenta, ésta se desmarcará automáticamente.
Las transferencias entre cuentas corrientes y/o de ahorros y/o tarjetas prepago si
Éstas se encuentran en la misma entidad bancaria y están a nombre de un mismo y
Único titular.
Los retiros efectuados de las cuentas corrientes abiertas en entidades bancarias
Vigiladas por la Superintendencia Financiera, que correspondan a recursos de la
Población reclusa del orden nacional
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