ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tipos De Credito


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2013  •  562 Palabras (3 Páginas)  •  476 Visitas

Página 1 de 3

4.3 APERTURA DE CREDITO. DE DINERO, Y DE FIRMA, SIMPLE Y ENCUENTA CORRIENTE.CREDITOS DE DESTINO OBLIGACIONES Y GARANTIAS

Las clases de apertura de crédito pueden ser: de dinero, de firma, simple y en cuenta corriente.

Según por virtud del contrato de apertura de crédito, el acreditante se obliga a poner en disposición de acreditado una suma de dinero o se obligue a contraer una obligación por cuenta del acreditado, se hable de créditos de dinero o créditos de firma, el crédito de firma puede adoptar la forma de crédito de aceptación o aval.

La apertura de crédito simple consiste en salvo convenio, en contrario, el acreditado puede disponer a la vista de la suma objeto del contrato. Una ves dispuesto del crédito en su totalidad el mismo se extingue.

La apertura de créditos se basa en loa artículos 291 al 301 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Sujetos

ACREDITANTE--------------BANCO

ACREDITADO---------------- COMERCIANTE

DE DINERO:

El depósito de una suma determinada de dinero en moneda nacional, divisas, o monedas extranjeras transfiere la propiedad al depositario y lo obliga a restituir la suma depositada en la misma especie (Art. 267). El deposito se basa en los Art. 267 al 275, Capitulo 11, Sección Primera de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

DE DINERO Y DE FIRMA

Art. 291 LGTOC = LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO

El acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado, o a contraer a cuenta de éste una obligación, para que el mismo haga uso del crédito concedido en la forma y en los términos y condiciones convenidos, quedando obligado el acreditante a restituir al acreditado las sumas de que disponga, o a cubrirlo oportunamente por el importe de la obligación que contrajo, y en todo caso a pagarle los intereses, prestaciones, gastos y comisiones que estipulen.

SIMPLE Y EN CUENTA CORRIENTE

Arts. 298 LGTOC

La apertura de crédito simple o en cuenta corriente puede ser pactada con garantía personal o real. La garantía se entenderá expedida, salvo pacto en contrario, a las cantidades de que el acreditado haga uso dentro de los limites del crédito.

Los títulos derivados de las remesas reciprocas de las partes se anotan como partidas de abono o de cargo en una cuenta, y sólo es saldo que resulte a la clausura de la cuenta corriente constituye un crédito exigible y disponible.

LIBRE Y DE DESTINO

Tiene derecho a hacer libremente remesas en efectivo para abono de su cuenta y a disponer, total o parcialmente, de la suma depositada.

CREDITOS DE DESTINO

Son los que se otorgan para un fin determinado.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

LAS OBLIGACIONES DEL ACREDITANTE SON.-

• Entregar al acreditado la suma convenida en los términos señalados.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com