Titulos Y Operaciones De Credito
Enviado por 02031991 • 9 de Octubre de 2013 • 1.136 Palabras (5 Páginas) • 309 Visitas
4. TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
Análisis de los títulos de crédito
Características y funcionamiento
Operaciones de crédito
- El fideicomiso
NOCIÓN
Son los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna
4.1. ANÁLISIS DE LOS TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
Los títulos de crédito que han sido reconocidos por la Ley de Títulos y Operaciones de crédito son los siguientes:
No se contempla dentro de este tipo de títulos:
1. Los boletos,
2. Contraseñas,
3. Fichas u
4. Otros documentos que no estén destinados a circular y sirvan exclusivamente para identificar a quien tiene derecho a exigir la prestación que en ellos se consigna
4.2.
Los títulos crédito o valor tiene tres características fundamentales:
a) SU CARÁCTER NECESARIO .
Para ejercer los derechos consignados en ellos se requiere:
A) La detentación material y posesión del documento,
B) La titularidad del documento y
C) Su exhibición para exigir su cumplimiento.
B) CARÁCTER LITERAL DEL DERECHO CONSIGNADO
Lo que requiere que la ley imponga los requisitos mínimos que el título debe de poseer para poder estar en condiciones de exigibilidad sus derechos cautelares.
c) LA INCORPORACIÓN DE UN DERECHO
EN LOS TÍTULOS DE CRÉDITO.
Por lo que se establece una relación necesaria e inescindible entre el derecho y el título
El papel o documento como esencial y constitutivo del derecho contenido en los títulos de crédito.
LETRA DE CAMBIO
I.- La mención de ser letra de cambio, inserta en el texto del documento;
II.- La expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe;
III.- La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero;
IV.- El nombre del girado;
V.- El lugar y la época del pago;
VI.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; y
VII.- La firma del girador o de la persona que suscriba a su ruego o en su nombre.
En la letra de cambio se tendrá por no escrita cualquiera estipulación de intereses o cláusula penal.
La letra de cambio puede ser girada:
I.- A la vista;
II.- A cierto tiempo vista;
III.- A cierto tiempo fecha; y
IV.- A día fijo
El pagaré debe contener:
I.- La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento;
II.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
III.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
IV.- La época y el lugar del pago;
V.- La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y
VI.- La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.
Si el pagaré no menciona la fecha de su vencimiento, se considerará pagadero a la vista.
Si no indica el lugar de su pago, se tendrá como tal el del domicilio del que lo suscribe
EL CHEQUE.
El cheque sólo puede ser expedido a cargo de una institución de crédito.
El documento que en forma de cheque se libre a cargo de otras personas, no producirá efectos de título de crédito
El cheque debe contener
I.- La mención de ser cheque, inserta en el texto del documento;
II.- El lugar y la fecha en que se expide;
III.- La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
IV.- El nombre del librado;
V.- El lugar del pago; y
VI.- La firma del librador..
LAS OBLIGACIONES.
Las sociedades anónimas pueden emitir obligaciones que representen la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo constituido a cargo de la sociedad emisora.
Las obligaciones serán bienes muebles
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