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Оperadora de fondos de inversion y desarrollo, S.A. DE C.V.


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2012  •  Trabajo  •  1.059 Palabras (5 Páginas)  •  445 Visitas

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OPERADORA DE FONDOS DE INVERSION Y DESARROLLO, S.A. DE C.V.

LEY DE SOCIEDADES DE INVERSIÓN

Capítulo Primero

Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente Ley es de interés público y tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de las sociedades de inversión, la intermediación de sus acciones en el mercado de valores, así como los servicios que deberán contratar para el correcto desempeño de sus actividades.

En la aplicación de esta Ley, las autoridades deberán procurar el fomento de las sociedades de inversión, su desarrollo equilibrado y el establecimiento de condiciones tendientes a la consecución de los siguientes objetivos:

I. El fortalecimiento y descentralización del mercado de valores;

II. El acceso del pequeño y mediano inversionista a dicho mercado;

III. La diversificación del capital;

IV. La contribución al financiamiento de la actividad productiva del país, y

V. La protección de los intereses del público inversionista.

Artículo 2.- Para efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Activos Objeto de Inversión: Los valores, títulos y documentos a los que les resulte aplicable el régimen de la Ley del Mercado de Valores inscritos en el Registro Nacional o listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones, otros valores, los recursos en efectivo, bienes, derechos y créditos, documentados en contratos e instrumentos, incluyendo aquéllos referidos a operaciones financieras conocidas como derivadas, así como las demás cosas objeto de comercio que de conformidad con el régimen de inversión previsto en la presente Ley y en las disposiciones de carácter general que al efecto expida la Comisión para cada tipo de sociedad de inversión, sean susceptibles de formar parte integrante de su patrimonio;

II. Comisión: La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y

III. Registro Nacional: Al Registro a que se refiere el artículo 10 de la Ley del Mercado de Valores.

Artículo 3.- La Ley del Mercado de Valores, la legislación mercantil, los usos bursátiles y mercantiles y la legislación del orden común, serán supletorios de la presente Ley, en el orden citado.

Asimismo, será aplicable la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para efectos de las notificaciones, recursos y ejecución de las sanciones administrativas a que se refiere esta Ley.

Artículo 4.- El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá interpretar para efectos administrativos los preceptos de esta Ley.

Artículo 5.- Las sociedades de inversión tendrán por objeto, la adquisición y venta de Activos Objeto de Inversión con recursos provenientes de la colocación de las acciones representativas de su capital social entre el público inversionista, así como la contratación de los servicios y la realización de las demás actividades previstas en este ordenamiento.

Las acciones representativas del capital social de sociedades de inversión se considerarán como valores para efectos de la Ley del Mercado de Valores.

Artículo 6.- Para la organización y funcionamiento de las sociedades de inversión se requiere previa autorización de la Comisión.

Las autorizaciones son intransmisibles y se referirán a alguno de los siguientes tipos de sociedades:

I. Sociedades de inversión de renta variable;

II. Sociedades de inversión en instrumentos de deuda;

III. Sociedades de inversión de capitales, y

IV. Sociedades de inversión de objeto limitado.

Las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro se regirán

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