Apuntes psicología juridica
Enviado por simal • 30 de Mayo de 2020 • Apuntes • 2.767 Palabras (12 Páginas) • 202 Visitas
TEMA 1. QUÉ ES LA PSICOLOGÍA JURÍDICA. ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS DE JUSTICIA. LOS DIFERENTES ÁMBITOS Y NIVELES DE ESTUDIO E INTERVENCIÓN
¿QUÉ ES LA PSICOLOGÍA JURÍDICA?
La psicología y el derecho parten del individuo, del sujeto único responsable de sus actos y conductas, de su capacidad para modificarlos, y este resulta ser, al fin un nexo de unión entre ambos.
* En el caso de que no sea responsable 🡪 es IMPUTABLE.
La psicología y el derecho concuerdan en su carácter objetivo, empírico y cuantificador.
LOS DIFERENTES ÁMBITOS Y NIVELES DE ESTUDIO E INTERVENCIÓN.
Definición de psicología jurídica: estudio del comportamiento legal de las personas o individuos.
- Disciplina 🡪 Psicología aplicada a los tribunales = psicología forense.
- Profesión o profesional 🡪 Psicólogo forense ó psicólogo perito ó perito psicólogo.
- Resultado (de su trabajo) 🡪 Periciales ó informes periciales ó informes psicológicos periciales.
Hay 6 clasificaciones:
- Psicología aplicada a los tribunales (es similar a “psicología forense”) → la psicología aplicada a los tribunales se refiere a aquellas actividades que el psicólogo realiza en un “FORO”, es decir, está representado como un trato, hay una manera de “actuar”. Tipos:
- Psicología jurídica y menor
Ideas y conceptos a desarrollar:
- Ley 5/2000 (ley del menor): a partir de los 14 años. (Cuanto más mayores son los niños, más son “condenados”).
- Fiscales y juzgados del menor.
- Equipos técnicos (multiprofesionales):
- Psicólogo.
- Trabajador social.
- Educador.
- Reeducación y tratamiento: ya que los menores no tienen código penal.
- Funciones del psicólogo dentro de los equipos técnicos.
*Responsabilidad civil: pagar, por ejemplo, por los daños ocasionados en un accidente. En el caso de los menores la responsabilidad civil es de los padres. Ej: pagar los daños de las gamberradas de pintar un vagón de tren.
- Psicología aplicada al derecho de familia
- Divorcios y separación: implican temas económicos que a nosotros no nos implica a no ser que haya menores.
- Diseño de programas y asesoramiento.
- Perito de parte vs. Administración (área donde más se perita). El perito de parte tiene acceso al sistema familiar, es decir, el perito de parte contrata al padre o la madre. Normalmente, se invita a la parte no contratada y se le pide autorización para poder evaluar a los menores.
- Psicología aplicada al derecho civil, derecho laboral, derecho contencioso y al derecho penal
- Psicología aplicada al derecho civil → la actividad del psicólogo en relación Derecho civil, se enfoca en el asesoramiento y en el peritaje de diversos constructos jurídicos como la capacidad civil en la toma de decisiones (contratos, testamentos tutelares, cambio de sexo, esterilización de deficientes…) y en todas aquellas situaciones del trabajo en el campo psicológico dentro del derecho civil.
- Psicología penitenciaria
La Ley de Instituciones Penitenciarias es estatal. Hay que tener claro que:
- La Ley Madre es la Ley Orgánica → ley fundamental que se basa en los derechos y deberes de las personas. Tiene una estructura estatal (que afecta a toda la nación) y universal, quien la legisla es el poder legislativo del estado. (Sanidad, Educación, Justicia, Instituciones Penitenciarias, etc.)
- Están transferidas por las comunidades autónomas, excepto Instituciones Penitenciarias (Cataluña es la única Comunidad Autónoma en la que Instituciones penitencias sí está transferida, es decir, está bajo las mismas leyes que las demás Comunidades Autónomas pero está adaptada. Ej.: te presenta a una oposición para trabajar en una institución penitenciaria te pueden mandar a cualquier lugar de España excepto a Cataluña que te tienes que presentar a sus oposiciones especialmente.).
- Las Comunidades Autónomas hacen su adaptación de la Ley Orgánica. Cuando decimos que una competencia está transferida a una comunidad autónoma quiere decir que esa ley que regula esa competencia está adaptada a esa Comunidad. Las Comunidades Autónomas pueden modificar un 45% de esta ley.
- Cada Comunidad Autónoma se encarga de dar sus propias plazas de empleo, su propio sistema de funcionamiento repartido siempre que hay leyes que respeten.
- Siempre hay algo centralizado (estado), es decir, que no se puede transferir.
- El funcionario tiene unas condiciones de trabajo diferentes al personal laboral. El cuerpo funcionarial tiene un puesto de trabajo fijo, excepto en instituciones penitenciarias. Los psicólogos somos personal laboral (perito que se encuentra dentro de la administración) dentro del ámbito de las instituciones penitenciarias. Los psicólogos pueden ser funcionarios, pero no pertenecen a un gremio específico.
- Existen otras leyes:
- Leyes ordinales/ordinarias o decretos ley → pueden ser redactadas por los organismos de poder de las comunidades autónomas. En educación, por ejemplo, el 45% de la ley orgánica es la parte que se puede modificar.
- Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) → esta ley determina a los psicólogos como personal dentro de las instituciones. Las Instituciones Penitenciarias están regidas por ésta ley. Da especial importancia a la Psicología hasta el punto que el Reglamento penitenciario detalla en su Artículo 240 que el tratamiento se inspirará en los siguientes principios: (muy importante → principios preg. ex.)
- Estará basado en el estudio científico de la Constitución, el temperamento, el carácter, las aptitudes y las actitudes del sujeto a tratar, así como de sistema dinámico, motivacional y del aspecto evolutivo de su personalidad, conducente a un enjuiciamiento global de la misma.
- Guardar relación directa con un diagnóstico de personalidad criminal (relacionado con la patología social, más social que clínico). Desde el punto de vista social, es muy importarte estudiar este tipo de conductas.
- Será individualizado.
- En general será complejo → La psicología criminal es otra rama que aporta mucha información al psicólogo jurídico.
- Será programado → el trabajo del psicólogo en Instituciones Penitenciarias tiene un protocolo muy rígido. La ley no contempla todo.
*La población reclusa tiene unas características muy concretas, por tanto, debemos utilizar herramientas desde un enfoque social mucho más que clínico.
*Cuando hablemos de patología tenemos que diferenciar entre lo psicótico y lo neurótico. Son dos grandes dimensiones en las que dividir los trastornos mentales. Psicóticos → todos aquellos elementos de que están fuera de la realidad. De este tipo, nos vamos a encontrar a muy pocos reclusos dentro de una institución penitenciaria. Van a otros centros especializaos. Neuróticos → depresión, trastornos de personalidad, ansiedad, etc. y que se encuentran dentro de la realidad. Trastornos de tipo neurótico hay un porcentaje bastante elevado, porque están privados de libertad. Trastornos de dependencia, de los que surgen otros adheridos como depresión. (Importante)
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