LEGISLACION LABORAL Actividad Estudio de caso: liquidación de prestaciones sociales
Enviado por dianat83 • 27 de Marzo de 2016 • Trabajo • 950 Palabras (4 Páginas) • 545 Visitas
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Asignatura:
LEGISLACION LABORAL
Actividad
Estudio de caso: liquidación de prestaciones sociales
Presenta
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ID XXXXX
DOCENTE
Cristian Camilo Chicaiza Moreno
Colombia_ Ciudad Bogotá D .C. Febrero, 28 de 2016
Caso .
- Una persona ingresa a laborar el 12 de Octubre de 2014 y trabajó hasta el 12 de Enero del 2016.
Su salario mensual era de $1.900.000.00, más el auxilio de transporte vigente.
La persona necesita saber :
- ¿Cuánto tiempo laboró?
- A qué tiene derecho y por qué? Arguméntelo
- ¿Cuánto le corresponde por cada concepto.
Hacer las liquidaciones respectivas
DESARROLLO
- ¿Cuánto tiempo laboró?
FECHA DE INGRESO: 12 de Octubre de 2014
FECHA DE RETIRO: 12 de Enero del 2016.
TRABAJO: 451 DIAS
- ¿A qué tiene derecho y por qué? Arguméntelo
- No tiene derecho a auxilio de transporte ya que supera dos SMLV
Cuando se termina la relación laboral entre un trabajador y una compañía, el empleado recibe la famosa liquidación, que se puede definir como un cálculo y pago final de las prestaciones sociales y demás derechos y deducciones.
ARTÍCULO 193. REGLA GENERAL.
Todos los empleadores están obligados a pagar las prestaciones establecidas en este Título, salvo las excepciones que en este mismo se consagran.
CESANTÍAS E INTERESES
De acuerdo con el artículo 253 del Código Sustantivo del Trabajo, para liquidar el auxilio de cesantía se toma como base el último salario devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variación en los últimos tres meses.
En el caso contrario y en los salarios variables, se toma como base el promedio de lo devengado en el último año de servicios o en todo el tiempo de servicio si fuere menor de un año. El empleador debe pagar por concepto de intereses sobre las cesantías un 12% anual, o proporcionalmente al tiempo trabajado.
PRIMA DE SERVICIOS
El salario base de liquidación será el promedio de lo devengado por el trabajador durante el respectivo período semestral o de la fracción correspondiente si el tiempo de servicio fue menor.
La fórmula matemática a aplicar es prima de servicios es igual a salario base de liquidación por los días laborados en un semestre dividido en 360 (prima de servicios = salario base de liquidación * días laborados (semestre) /360).
COMPENSACION EN DINERO DE LAS VACACIONES.
ARTÍCULO 189.
Cuando el contrato de trabajo termina sin haberse hecho uso de las vacaciones ya causadas, o cuando dentro de su vigencia haya lugar a la compensación en dinero, se tendrá como base para la compensación el último salario devengado.
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