Bases Legales De La Educacion Epecial
Enviado por javierjlopez2013 • 6 de Noviembre de 2013 • 4.679 Palabras (19 Páginas) • 229 Visitas
Educación Especial: por el camino de la integración escolar
La educación especial, modalidad diferenciada e interdisciplinaria del sistema escolar, es la encargada de velar por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades para acceder a aprendizajes de calidad de aquellos alumnos con algún tipo de discapacidad, ya sea sensorial, motriz o intelectual, que presentan necesidades educativas especiales, y que reciben las ayudas y recursos especiales, ya sea de forma temporal o permanente, para facilitarles avanzar en el logro de los aprendizajes establecidos en el currículum escolar, en el contexto educativo que les corresponda.
La Reforma educacional lleva a cabo innovaciones en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo tendentes a igualar las oportunidades de niños y jóvenes para acceder a mejores aprendizajes, y a disminuir la exclusión escolar, potenciando su participación en el mismo proceso educativo con sus iguales. Para cumplir con estos objetivos, se hace necesario que los establecimientos educacionales ofrezcan una respuesta educativa, a la vez de gran alcance y diversificada; que proporcione una cultura común a todos los alumnos, que evite la discriminación y la desigualdad de oportunidades y que respete al mismo tiempo sus características y necesidades educativas individuales.
De las necesidades educativas a las necesidades educativas especiales
Existen necesidades educativas comunes, compartidas por todos los alumnos, que hacen referencia a los aprendizajes esenciales para su desarrollo personal y socialización, que están expresadas en el currículum escolar. Sin embargo, no todos los alumnos se enfrentan de la misma forma a los aprendizajes en él establecidos; todos los niños y jóvenes tienen aptitudes, intereses, ritmos, motivaciones y experiencias diferentes que influyen en su proceso de aprendizaje, haciendo que sea único e irrepetible en cada caso.
¿En qué se diferencian las necesidades educativas individuales de las necesidades educativas especiales?
Todos los alumnos tienen necesidades educativas individuales propias y específicas para acceder a las experiencias de aprendizaje necesarias para su socialización. La mayoría de las necesidades individuales pueden ser atendidas por el profesor del curso. No obstante, en algunos casos, determinadas necesidades individuales requieren poner en marcha una serie de ayudas, recursos y medidas pedagógicas especiales o de carácter extraordinario, distintas de las que requieren habitualmente la mayoría de los alumnos. Decimos que un alumno tiene necesidades educativas especiales cuando presenta dificultades mayores que el resto de los alumnos para acceder a los aprendizajes que se determinan en el currículo que le corresponde por su edad, y necesita para compensar dichas dificultades, un tipo de respuesta educativa específica que va desde cambios sustanciales en la metodología, materiales, hasta en la adaptación de los contenidos y objetivos del currículo.
¿Qué recursos adicionales ofrece la educación especial para atender a los alumnos con necesidades educativas especiales en el sistema escolar?
Ofrece una serie de apoyos y recursos adicionales que permiten a los establecimientos educacionales contar con personal de apoyo preparado para trabajar en le educación de alumnos con necesidades especiales, generar opciones curriculares y tener ambientes escolares adecuados para satisfacer las necesidades educativas de estos alumnos. Los recursos adicionales son aquellos que el Ministerio de Educación proporciona más allá de los recursos que generalmente entrega a los establecimientos educativos que no atienden a alumnos con necesidades educativas especiales.
¿Cómo pueden apoyar la familia y la comunidad?
La educación especial busca incorporar a la familia como coeducadora de sus hijos, a las asociaciones de padres y amigos, a los municipios, a otros ministerios e instituciones públicas, a la sociedad civil en un trabajo de apoyo integrado al pleno desarrollo de los niños y jóvenes con discapacidad, a través del establecimiento de redes de apoyo y de trabajo intra e intersectorial.
Bases Legales
Ley Orgánica de Educación (LOE) 1980
Título I
Disposiciones Fundamentales
Artículo 6º. - Todos tienen derecho a recibir una educación conforme con sus aptitudes y aspiraciones, adecuada a su vocación y dentro de las exigencias del interés nacional o local, sin ningún tipo de discriminación por razón de la raza, del sexo. Del credo, la posición económica y social o de cualquier otra naturaleza. El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el cumplimiento de la obligación que en tal sentido le corresponde, así como los servicios de orientación, asistencia y protección integral al alumno con el fin de garantizar el máximo rendimiento social del sistema educativo y de proporcionar una efectiva igualdad de oportunidades educacionales.
Capítulo VI
De la Educación Especial
Artículo 32º. - La Educación Especial tiene como objetivo atender en forma diferenciada, por métodos y recursos especializados, aquellas personas cuyas características físicas, intelectuales o emocionales comprobadas sean de tal naturaleza y grado que les impida adaptarse y progresar a través de los programas diseñados para los diferentes niveles del sistema educativo.
Igualmente deberá prestar atención especializada a aquellas personas que posean aptitudes superiores y sean capaces de destacarse en una o más áreas de desenvolvimiento humano.
Artículo 33º. - La educación especial estará orientada hacia el logro del máximo desarrollo del individuo con necesidades especiales, apoyándose más en sus posibilidades que en sus limitaciones y proporcionará la adquisición habilidades y destrezas que le capaciten para alcanzar la realización de sí mismo y la independencia personal, facilitando su incorporación a la vida de la comunidad y su contribución al progreso general del país.
Artículo 34º. - Se establecerán las políticas que han de orientar la acción educativa especial y se fomentarán y se crearán los servicios adecuados para la atención preventiva, de diagnóstico y de tratamiento de los individuos con necesidades de educación especial. Asimismo se dictarán las pautas relativas a la organización y funcionamiento de esta modalidad del sistema educativo y se determinarán los planes y programas de estudios y el sistema de evaluación, el régimen de promoción y demás aspectos de la enseñanza de educación con necesidades especiales.
De igual manera, se regulará lo relacionado con la formación del personal docente especializado que ha de atender esta modalidad de la educación
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