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BASES LEGALES DE LA EDUCACION INICAL


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2012  •  535 Palabras (3 Páginas)  •  669 Visitas

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EDUCACIÓN INICIAL

El nuevo paradigma educativo que se construye en el país, tiene como centro al ser humano como ser social, capaz de responder y participar activamente en la transformación de la sociedad en la que vive y se desarrolla.

La educación inicial o proyecto simoncito es la primera fase de la educación bolivariana y tiene como finalidad el desarrollo integral de niños y niñas entre 0 a 6 años hasta que ingresan el primer año de educación básica.

BASES LEGALES DE LA EDUCACIÓN INICIAL

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV)

Artículo 3: Defensa y desarrollo de la persona. Ejercicio democrático de la Voluntad Popular. Construcción de una sociedad justa y amante de la paz. Promoción de prosperidad y bienestar del pueblo. Garantía de cumplimiento de principios, deberes y derechos de la CRBV.

Artículo 102 y 103: Educación obligatoria en todos sus niveles desde maternal hasta diversificado. Educación como derecho humano y deber social fundamental. Toda persona tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, y en igualdad de condiciones y oportunidades. El estado creará y sostendrá los medios para asegurar el éxito del hecho educativo.

Artículo 75 y 78: Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho. Protección integral a la familia como: 1) asociación natural de la sociedad… 2) espacio natural para el desarrollo integral de las personas.

Artículo 107, 108 y 111: Educación ambiental obligatoria en el sistema educativo y en educación ciudadana no formal.

Contribución de los medios de comunicación públicos y privados a la formación ciudadana.

Derecho al deporte y recreación como beneficio de calidad de vida individual y colectiva.

Artículo 81: Derecho de los discapacitados al ejercicio pleno de sus capacidades y su integración familiar y comunitaria. Respeto a su dignidad humana, formación y capacitación.

Artículo 9: Establecimiento del castellano como idioma oficial y los idiomas indígenas como oficiales de niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho. Protección integral a la familia como: 1) asociación natural de la sociedad… 2) espacio natural para el desarrollo integral de las personas.

Artículo 121: derecho de los pueblos indígenas a mantener su cultura e identidad étnica. Derecho a una educación propia, con régimen educativo intercultural y bilingüe, atendiendo sus particularidades socioculturales, valores y tradiciones.

Además la CRBV establece la necesidad de un currículo adecuado a la diversidad de contextos personales, sociales, culturales y lingüísticos de cada localidad.

LOPNA (Ley Orgánica para la Protección del Niño, niña y Adolescente)

Artículos 53 al 68: Derecho a la educación de esta población y la

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