Constitución Política Y Derechos Humanos.
Enviado por curvo13 • 2 de Septiembre de 2013 • 1.130 Palabras (5 Páginas) • 581 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA
UNAD
Escuela de Ciencias Sociales Artes y Humanidades
Programa de Psicología
90150A- Constitución Política y Derechos Humanos.
Trabajo Colaborativo 1.
Constitución Política y Derechos Humanos.
Grupo: 401525- 5
Gildardo Aguirre posso
10.740.802
Juan Carlos león castillo
MULCUE CHABACO DIEGO FERNANDO
C.C.10496316
Tutor:
Carlos Manrique.
Cead:
Santander de Quilichao.
Fecha:
17/10/12
Introducción
El presente trabajo contiene información sobre la importancia de la constitución política de 1991 donde se resalta los logros que se obtuvo, partiendo de los análisis que se pueden obtener a través del artículo que se escogió como el que más abarca este tema de una forma integral, este trabajo ayuda a fortalecer nuestros conocimientos y afianzarlos, adquiridos durante la primera unidad que enfatiza acerca de la constitución política de 1991 aumentando nuestro intelecto respecto a este tema que es de mucha importancia para nuestra vida y los alcances que tiene un pueblo unido para hacer valer sus derechos que logra integrar en una nueva carta todos sus derechos, deberes y la forma como está organizado el país
LA CONSTITUCIÓN DE 1991 Y LA PROTECCIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROS
Por: Gabriel Bustamante Peña
La expedición de la Constitución de 1991 generó un nuevo paradigma que pretende romper con más de un siglo de imposición y configuración del Estado, y de la sociedad misma, desde una perspectiva mono-cultural (la hispánica), mono-religiosa (la católica) y mono-lingüística (el castellano). A partir de la nueva Carta Política, el país reconoció su composición multiétnica y pluricultural y elevó tal condición a principio y pilar del Estado Social y Democrático de Derecho en Colombia, que remplazó al decimonónico Estado liberal de derecho.
Por esta vía, el Estado colombiano ha ido adecuando sus instituciones, e incluso, el discurso de los Derechos Humanos (derechos del individuo-ciudadano), a su particular pluri-dimensión poblacional, dándole reconocimiento constitucional al pueblo indígena y, posteriormente, por desarrollo jurisprudencial y legal, al pueblo afro-descendiente. Pueblos que son reconocidos como sujetos colectivos de
derechos, de especial protección diferencial, y cuya configuración cultural, política, social y antropológica hace que se los considere como un sólo organismo vivo, más allá de la suma de sus miembros.
Al respecto, la Corte Constitucional ha manifestado que estos pueblos: “han dejado de ser solamente una realidad fáctica y legal para pasar a ser sujeto de derechos fundamentales. En su caso, los intereses dignos de tutela constitucional y amparables bajo la forma de derechos fundamentales, no se reducen a los predicables de sus miembros individualmente considerados, sino que también logran radicarse en la comunidad misma que como tal, aparece dotada de singularidad propia, la que justamente es el presupuesto del reconocimiento expreso que la Constitución hace a la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana”.[1]
Por esta vía, la tutela, antes sólo predicable y oponible individualmente, se extendió a la guarda de los derechos de estos organismos plurales, que dada su condición antropológica y sociológica, no pueden ser objetos de separación porque, dicho acto, involucraría la negación y eliminación de su existencia, tanto cultural, como material.
Ahora, los pueblos indígenas y afro-colombianos son sujetos colectivos de derechos, no equiparables a las demás formas de agrupación social, que dada su condición de grupo no están habilitados a instaurar acciones de tutela como tal -como los sindicatos o las organizaciones sociales-. A estos pueblos originarios la Constitución y la ley les reconocen prerrogativas diferenciales, dada su condición particular que genera una personalidad colectiva, distinta a la de las personas que la componen, que son tal, en tanto pertenecientes
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