Desarrollo Social
Enviado por moya28 • 29 de Enero de 2014 • 1.579 Palabras (7 Páginas) • 260 Visitas
CRITERIO: CONCEPCIÓN DESARROLLO SOCIAL, AFECTIVO Y BIOLÓGICO.
1. Definición ley 1098: El estado, la familia y la sociedad tiene como obligación velar por la niñez y la adolescencia siendo sujetos titulares de derechos, donde se entiende por adolescente las personas entre 12 y 18 años según el código de la infancia y adolescencia en la Ley 1098 del 2006, que tiene por fin garantizar a los niñ@ y a los adolescentes un pleno desarrollo integral; que crezca en el seno de una familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. su protección especial por parte de la familia, la sociedad y el Estado, por su falta de madurez y consiguiente vulnerabilidad o indefensión, la necesidad de garantizarles un proceso de formación o desarrollo en condiciones adecuadas donde prevalecerá el reconocimiento a las igualdad y dignidad humana, sin discriminación alguna y ser quienes representan el futuro de los pueblos. Y como lo plantea la constitución política en el Art 45 que el Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud como parte de su desarrollo social.
Definición plan de desarrollo municipal: reconociendo la obligación constitucional del estado de garantizar los derechos humanos y civiles, así como los criterios de los derechos económicos, sociales y culturales.
proyecta actuaciones hacia las capacidades y bienestar de los ciudadanos como lo son educación pertinente, la salud de calidad, convivencia con seguridad, la cultura y el deporte para la concordancia de un desarrollo humano integral se hace especial énfasis en la primera infancia, infancia, adolescencia, juventud y el adulto mayor.
Definición del curso:
2. El código de la infancia y adolescencia ley 1098 del 8 de noviembre de 2006, es un manual jurídico que establece las normas para la protección de los niños, niñas y adolescentes y tiene como fin garantizarles su desarrollo integral. Dentro de esta ley encontramos cinco principios básicos que la rigen, son los siguientes:
Artículo 4: Ámbito de aplicación: hace referencia a todos los niños, niñas y adolescentes nacionales o extranjeros que se encuentren en territorio nacional, ya sea que estén fuera del país o que tengan doble nacionalidad, donde una de ellas sea Colombiana. Busca un desarrollo pleno e integral en cada aspecto de sus vidas. Dichos aspectos son; educación, salud, ambiente familiar y social.
Artículo 7: Protección integral: Se entiende como el reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los mismos, además de la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento inmediato en desarrollo del principio de interés superior.
La protección integral se materializa en el conjunto políticas, planes, programas y acciones que se ejecuten en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal con la correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos.
Artículo 8: Interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes: Se entiende por interés superior del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos sus Derechos Humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes.
Artículo 10: Corresponsabilidad: es la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. La corresponsabilidad y la concurrencia aplican en la relación que se establece entre todos los sectores e instituciones del Estado.
No obstante lo anterior, instituciones públicas o privadas obligadas a la prestación de servicios sociales, no podrán invocar el principio de la corresponsabilidad para negar la atención que demande la satisfacción de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.
Artículo 12: Perspectiva de género: es el reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social.
Esta perspectiva se debe tener en cuenta en la aplicación de este código, en todos los ámbitos en donde se desenvuelven los niños, las niñas y los adolescentes, para alcanzar la equidad.
Esto es posible por medio de unos derechos fundamentales los cuales se posibilitan al menor y una metodología establecida para garantizar el cumplimiento de los mismos. De igual manera, se establecen unos deberes que tienen la familia, la sociedad y el estado para con la población anteriormente mencionada. Se describen los principios rectores los cuales tienen como finalidad la orientación de las normas que protegen al menor, evitando irregularidades en ellas. y por último, se definen y determinan situaciones irregulares en las cuales puede encontrarse el menor y las medidas que deben adoptarse frente a dichas irregularidades.
3.
Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes
¿Qué es?
Es el conjunto de principios,
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