Doctrina Francesa La Escuela de Burdeos
Enviado por alexandralej • 4 de Marzo de 2014 • 815 Palabras (4 Páginas) • 491 Visitas
Doctrina Francesa
La Escuela de Burdeos
Entre los autores franceses, especialmente la primera mitad del siglo XX, la idea dominante para definir la administración, ha sido la noción de servicio público la llamada escuela realista de Burdeos llevada por León Duguit y sus discípulos sostienen la noción de administración desde un punto de vista de carácter interno de cada una de las funciones jurídicas del Estado, o lo que es igual al punto de vista material, la noción de servicio público aparece en primer plano. Definiendo entonces las funciones jurídicas del Estado como todas aquellas que ejercen los gobernantes por si mismo o por medio de sus agentes, para organizar los servicios públicos y asegurar el funcionamiento continuo de los mismos.
Estos autores distinguen tres grandes funciones jurídicas del Estado la función legislativa, la función administrativa y la función urisdiccional el Estado ejerce la función legislativa cualquiera que sea el órgano que intervenga siempre que formule una disposición normativa. El Estado Ejerce la función administrativa siempre que cumple un acto - condición o un acto subjetivo o cuando sus agentes proceden, para asegurar el funcionamiento de un servicio público.
Estas ideas dominaron Francia durante casi la primera mitad del siglo XX, caracterizadas por la concepción material de la administración y demás funciones jurídicas del estado con prescindencia de los elementos formales u orgánicos.
Bonnard, define la función administrativa como: función del Estado que consiste en cumplir, en vista del funcionamiento de los servicios públicos, atribuciones de situaciones generales, creación de situaciones individuales y efectos materiales, por medio de actos-condición, actos subjetivos y actos materiales.
La Escuela de Tolosa
Según Hauriou, el poder público y el servicio público son las dos nociones fundamentales del régimen administrativo Frances. El servicio público es la obra que la administración pública a de realizar, y el poder público es el medio de realización, la idea de servicio acarrea como consecuencia la autolimitación objetiva del poder, posee un medio de objetivarse que le es propio y que es la organización. La organización administrativa es la organización del poder administrativo, tanto como la de los servicios. En todo caso la alta administración, el conjunto de autoridades y de las jurisdicciones administrativas son una organización de poder.
El poder administrativo es para Hauriou el elemento primordial del régimen administrativo.
l régimen administrativo Francés está fundado sobre una separación de poderes entre la autoridad judicial y la autoridad ejecutiva, la organización de la administración pública no es sino la organización del poder administrativo. El derecho administrativo no se explica,
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