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EL BULLYING O ACOSO ESCOLAR


Enviado por   •  6 de Marzo de 2013  •  Ensayo  •  6.603 Palabras (27 Páginas)  •  710 Visitas

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EL BULLYING O ACOSO ESCOLAR

El problema del acoso escolar (bullying en la extendida terminología anglosajona) se ha caracterizado hasta hace poco por ser un fenómeno oculto, que pese a haber estado presente desde siempre en las relaciones entre los menores en los centros educativos y fuera de los mismos, no ha generado estudios, reflexiones o reacciones ni desde el ámbito académico ni desde las instancias oficiales.

El ‘bullying’ u hostigamiento es una “forma habitual de conducta agresiva que ocasiona daño deliberado.” Varios años atrás se pensaba que el bullying era algo normal, parte del desarrollo de todos los niños. Se pensaba que este no tenía impacto grave sobre las víctimas, y así estas debían responder a estos actos peleando de la misma manera.

Muchos investigadores actualmente están examinando e informándose sobre este aspecto pues el hostigamiento es una de las formas de violencia con más impacto en las escuelas hoy en día. Si bien existen diversas definiciones de este fenómeno, Dan Olweus, define al bullying como una forma grave de agresión con impactos en el agresor, víctima y espectador. Además este acto agresivo se da entre pares e implica 3 elementos esenciales: intencionalidad, actos repetidos por un periodo de tiempo, y desbalance de poder entre el agresor y la víctima. En otras palabras, este tipo de comportamiento agresivo implica que hay una diferencia de poder, donde el que tiene más poder lo usará para intimidar al más débil, lo que nos lleva a ver que la víctima es escogida deliberadamente con la intención de hacerle daño premeditadamente y esto es repetido durante el tiempo.

En los países más avanzados de Europa el acoso escolar comenzó a generar preocupación y a provocar la reacción de las autoridades desde finales de la década de los 80, siendo en nuestro país un motivo de preocupación desde hace escasos años.

En cierta manera ha ocurrido con este fenómeno algo parecido a lo experimentado con la violencia doméstica: hasta hace poco se consideraba algo inevitable y en cierta manera ajeno a las posibilidades de intervención judicial como problema de carácter estrictamente privado que debía ser solventado en el seno de las relaciones entre iguales, o cuando más en el ámbito de la disciplina escolar, sin intervención por parte de la jurisdicción de menores. Incluso las manifestaciones más sutiles de estos comportamientos antisociales tales como el aislamiento deliberado de un menor, exclusión o motes vejatorios han sido tradicionalmente toleradas sin más.

De hecho, muchos de los actos encuadrables en el acoso escolar han sido; siguen siéndolo aún, frecuentemente considerados parte integrante de la experiencia escolar, inherentes a la dinámica propia del patio del colegio, como una lección más de la escuela en la que como anticipo de la vida, el menor tiene que aprender a resistir, a defenderse, a hacerse respetar e incluso a devolver el golpe.

En esta concepción darwinista de la lucha por la vida, los más débiles quedan con frecuencia sometidos a los designios de los matones o acosadores escolares.

El silencio de las víctimas y de los testigos, cuando no de los propios centros, ha contribuido al desconocimiento de la magnitud del problema.

SIGNIFICADO ETIMOLÓGICO DEL TÉRMINO BULLYING

El término “bulliing”, que procede del inglés, sabemos que tiene el mismo origen que el término “mobbing” salvo que este último es un tecnicismo y el otro se usa habitualmente hablado con el sentido de “acoso”. La palabra “bulliing” pese a que se piense así, no procede del término inglés “bull” (toro) sino del vocablo holandés “boel” que significa “amante” pero en un sentido peyorativo ya que se aplicaba a los proxenetas.

El primero que empleó el término “bulliing” como se mencionó letras arriba, en el sentido de acoso escolar en sus investigaciones fue Dan Olweus, quien implantó en la década de los '70 en Suecia un estudio a largo plazo que culminaría con un completo programa antiacoso para las escuelas de Noruega.

En España, al contrario de otros países de nuestro entorno, la percepción del problema del acoso escolar no se produce hasta el año 1999 y a este respecto la sociedad española aún espera un pronunciamiento legislativo sobre este asunto al igual que ha hecho con respecto a la violencia de género en la Ley Orgánica (LO) 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

SIGNIFICADO LÉXICO DEL TÉRMINO “BULLIING” O ACOSO ESCOLAR

El significado léxico del término “bulliing” o acoso escolar no es fácil de definir, ya que depende de la percepción desde la que se estudie.

La Real Academia de la lengua española, define acoso como “perseguir sin darle tregua a un animal o a una persona consistente en un trato vejatorio y descalificador con el fin de desestabilizarla psíquicamente”.

Una definición más amplia es la que se da en los Estados Unidos en el año 2001 en la “No child left behind act” (NCLBA) en la que se dice que el término acoso escolar se aplica a aquellas conductas relativas a la identidad de un alumno, o a la percepción de esa identidad, concernientes a su raza, color, nacionalidad, sexo, minusvalía, orientación sexual, religión o cualesquiera otras características distintivas que fueren definidas por las autoridades regionales o municipales competentes, siempre que:

a) Se dirijan contra uno o más alumnos

b) Entorpezcan significativamente las oportunidades educativas o la participación en programas educativos de dichos alumnos

c) Perjudiquen la disposición de un alumno a participar o aprovechar los programas o actividades educativos del centro escolar al hacerle sentir un temor razonable a sufrir alguna agresión física.

El Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, define el acoso escolar como una acción reiterada a través de diferentes formas de acoso (físico o psicológico) u hostigamiento entre dos alumnos o entre un alumno y un grupo de compañeros en el que la víctima está en situación de inferioridad respecto al agresor o agresores.

En lo que respecta a las instituciones jurídicas, la circular del Fiscal General del Estado (Instrucción 10/2005) define el acoso escolar como incidentes entre alumnos o estudiantes que se prolongan durante un período de tiempo, pudiendo consistir en actos violentos que lo integran: agresiones físicas, amenazas, vejaciones, coacciones, insultos o en el aislamiento deliberado de la víctima que degenera en una relación jerárquica de dominación- sumisión entre acosador/es y acosado. También se caracteriza por el deseo consciente de herir, amenazar o asustar por parte de un alumno frente a otro no sólo físicamente,

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