El Marco Legal Sobre Los Derechos Humanos
Enviado por guilluga • 10 de Abril de 2014 • 1.191 Palabras (5 Páginas) • 513 Visitas
Es evidente que hoy en día el maltrato y abuso sexual infantil es un fenómeno mundial, que implica un importante problema de salud pública en muchas partes del mundo, ya que más de 40 millones de niños sufren de abuso y/o negligencia.
Es un tema realmente alarmante, que abarca no solo a nivel nacional sino a nivel mundial, y lo que es peor aún, la mayoría de las veces es ignorado. Lo podemos notar cuando miramos los noticieros, leemos el diario, navegamos por internet, y en nuestro mismo lugar de trabajo como son las instituciones educativas y dentro de las aulas, y justamente en las aulas es donde debemos hacernos cargo del tema, ya que si queremos reducir el número de casos afectados por abuso, tenemos que comenzar a conocerlo, para así poder prevenirlo.
Desde nuestro lugar como docentes tenemos el deber de observar las diferentes actitudes que presentan nuestros alumnos ya que nos puede dar indicio de algún maltrato o abuso sexual que puedan estar sufriendo, violando sus derechos, los cuales fueron suscripto en nuestro país en 1994, hecho que se cristalizó en la “Convención internacional de los Derechos del Niño”, por lo cual el siglo XX fue considerado el siglo del niño.
Si para los adultos esto es un tema difícil, ¿Cómo lo será para el niño?, un ser al cual le debe ser sumamente difícil poder expresarse, ya sea por miedo, vergüenza o culpa, aunque también la mayoría de las ocasiones callan debido a las amenazas de sus agresores.
Aun contando con diferentes recursos no todos los casos de abuso y maltrato son denunciados ,debido que en ciertas circunstancias las muestras de afecto y disciplina son aceptadas atentando contra los derechos ya mencionados. Al situarlos como sujeto de derecho, la convención redefine la relación de ellos con la familia y el estado en función de derechos y obligaciones recíprocos, anulando la vieja idea del niño como objeto de protección y control, receptor de beneficios y asistencia familiar o estatal.
La Convención es el marco jurídico y programático que a su vez impone la necesidad de adecuar y armonizar las legislaciones vigentes y las políticas dirigidas a la infancia con los principios y normas establecidas en ella: el niño como sujeto de derecho y no solo objeto de protección.
En la actualidad tenemos en vigencia la Ley Nacional 26061 y en casi todas las provincias una ley acorde a la misma. Esta nueva concepción del niño/a demanda la superación de visiones parciales de la realidad infantil y la necesidad de visiones integradas socioculturalmente.
La nueva visión implica un esfuerzo conjunto por lograr un cambio subjetivo, que parte del trato cotidiano con ellos y de una comunicación realmente recíproca y no unilineal donde los niños/as son vistos como meros receptores.
La escuela desempeña un papel esencial en la socialización, permite al alumno entrar en contacto permanente con el mundo exterior en el cual comenzara a aplicar sus principios éticos con personas desconocidas y empezaran a identificar las reglas del juego de la interacción social. La escuela es el escenario para empezar a entablar relaciones de amistad duraderas, desarrollar la capacidad de hablar sobre las experiencias, ideas, y emociones propias y permitir la influencia de otros en la construcción de la personalidad. Desde la educación se intervendrá desde lo individual a lo grupal y familiar, y si fuera necesario contar con la participación y colaboración de diferentes instituciones con el fin de detectar situaciones traumáticas o bien prevenir mediante lo interdisciplinario soluciones a futuras victimizaciones; como lo establece el artículo 19 de la convención de los derechos del niño: “Los Estado parte adoptaran todos las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, un representante legal o cualquier otro persona que lo tenga a su cargo (…)”
Teniendo en cuenta mi profesión como docente en base a lo establecido en la fundamentación del Diseño Curricular: “La Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad principal e indelegable
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