La, Seguridad Social Dominicana
Enviado por 19961311 • 31 de Octubre de 2013 • Tesis • 5.531 Palabras (23 Páginas) • 653 Visitas
UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS
UAPA
ASIGNATURA
CURSO FINAL DE GRADO
TEMA
La, Seguridad Social Dominicana
PRESENTADO POR:
CATALINO GARCIA NUÑEZ Mat. 11-5467
FACILITADOR
Lic. JORGE, PEÑA MENDOSA
FECHA:
03 de OCTUBRE 2013
Nagua, prov. M. T. S.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Conocer el Sistema Dominicano de Seguridad Social
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Analizar los Antecedentes del Sistema Dominicano de Seguridad social
Señalar las Características del sistema de seguridad social.
Conocer el Costo Y Financiamiento del Régimen Contributivo
Analizar el Empleador Como Agente de Re atención
Monto de la, Pensión Solidaria
Conocer sobre el Seguro familiar de salud
INTRODUCCIÓN
En el siguiente trabajo se tratara el tema de la seguridad social en la República Dominicana, sus beneficios a la sociedad y los términos en los que se encuentra esta.
La seguridad social es una institución o grupo de instituciones que ayudan a las personas a exigir sus derechos de trabajadores, para cubrir sus necesidades médicas y otras.
La, Ley de Seguridad Social es el resultado del trabajo tesonero de muchas instituciones y personas. Durante más de tres décadas en el país se venía planteando la necesidad de superar el viejo Régimen de Seguro Social, el cual nació en el año 1947 con muchas limitaciones estructurales, fruto de la época y de la ausencia de democracia y libertad que predominó entonces. Durante ese largo período las organizaciones sindicales demandaron la modificación de la ley No. 1896 sobre Seguro Social. La, Ley de Seguridad Social es una pieza moderna, coherente y flexible que permitirá al país colocarse, en sólo una década, entre los países más avanzados de América Latina en este campo.
SEGURIDAD SOCIAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA.
Que es la Seguridad Social
La seguridad social, también llamada seguro social, se refiere principalmente a un campo de
HYPERLINK "http://es.wikipedia.org/wiki/Bienestar_social" \o "Bienestar social"
bienestar social
relacionado con la
HYPERLINK "http://es.wikipedia.org/wiki/Protecci%C3%B3n_social" \o "Protección social"
protección social
o cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como salud, vejez o discapacidades.
Ley que crea el Sistema Dominicano y de Pronunciamiento.
La ley no.87-01 fue la ley que creó el sistema dominicano de seguridad social. Fue promulgada el 9 de mayo del 200.
Objeto de la Seguridad Social.
La presente ley tiene por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la, Constitución de la, República Dominicana, para regularla y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al finan-cimiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobre vivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.
Principios Rectores de la Seguridad Social
El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) se regirá por los siguientes principios:
Universalidad: El SDSS deberá proteger a todos los dominicanos y a los residentes. En el país, sin discriminación por razón de salud, sexo, condición social, Política o económica.
Obligatoriedad: La afiliación, cotización y participación tienen un carácter obliga-torio para todos los ciudadanos e instituciones, en las condiciones y normas que establece la presente ley.
Integralidad: Todas las personas, sin distinción, tendrán derecho a una protección suficiente que les garantice el disfrute de la vida y el ejercicio adecuado de sus facultades y de su capacidad productiva.
Unidad: Las prestaciones de la, Seguridad Social deberán coordinarse para constituir un todo coherente, en correspondencia con el nivel de desarrollo nacional.
Equidad: El SDSS garantizará de manera efectiva el acceso a los servicios a todos los beneficiarios del sistema, especialmente a aquellos que viven y/o laboran en zonas apartadas o marginadas.
Solidaridad: Basada en una contribución según el nivel de ingreso y en el acceso a los servicios de salud y riesgos laborales, sin tomar en cuenta el aporte individual realizado. De igual forma, cimentada en el derecho a una pensión mínima garantizado por el Estado en las condiciones establecidas por la presente ley.
Libre elección: Los afiliados tendrán derecho a seleccionar a cualquier administrador y proveedor de servicios acreditado, así como a cambiarlo cuando lo consideren conveniente, de acuerdo a las condiciones establecidas en la presente ley.
Pluralidad: Los servicios podrán ser ofertados por Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), Proveedoras de Servicios de Salud (PSS) y por Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), públicas, privadas o mixtas, bajo la rectoría del Esta-do y de acuerdo a los principios de la, Seguridad Social y a la presente ley.
Separación de funciones: Las funciones de conducción, financiamiento, planificación, captación y asignación de los recursos del SDSS son exclusivas del Esta-do y se ejercerán con autonomía institucional respecto a las actividades de administración de riesgos y prestación de servicios.
Flexibilidad: A partir de las coberturas explícitamente contempladas por la presente ley, los afiliados podrán optar a Planes complementarios de salud y de pensiones, de acuerdo a sus posibilidades y necesidades, cubriendo el costo adicional de los mismos.
Participación: Todos los sectores sociales e institucionales involucrados en el SDSS tienen derecho a ser tomados en cuenta y a participar en las decisiones que les incumben.
Gradualidad: La, Seguridad Social se desarrolla en forma progresiva y constante con el objeto de amparar a toda la población,
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