Ley Uqi
Enviado por matamerahi • 16 de Junio de 2015 • Informe • 249 Palabras (1 Páginas) • 171 Visitas
La obligación del propietario de una unidad por los gastos comunes seguirá
siempre al dominio de su unidad, aun respecto de los devengados antes de su adquisición,
y el crédito correspondiente gozará de un privilegio de cuarta clase, que preferirá, cualquiera
que sea su fecha, a los enumerados en el artículo 2481 del Código Civil, sin perjuicio del
derecho del propietario para exigir el pago a su antecesor en el dominio y de la acción de saneamiento
por evicción, en su caso.
Si, por no contribuirse oportunamente a los gastos a que aluden los incisos
anteriores, se viere disminuido el valor del condominio, o surgiere una situación de riesgo
o peligro no cubierto, el copropietario causante responderá de todo daño o perjuicio.
Artículo 5º.- Cada copropietario deberá pagar los gastos comunes con la periodicidad
y en los plazos que establezca el reglamento de copropiedad. Si incurriere en mora, la
deuda devengará el interés máximo convencional para operaciones no reajustables o el inferior
a éste que establezca el reglamento de copropiedad.
EI hecho de que un copropietario no haga uso efectivo de un determinado
servicio o bien de dominio común, o de que la unidad correspondiente permanezca desocupada
por cualquier tiempo, no lo exime, en caso alguno, de la obligación de contribuir
oportunamente al pago de los gastos comunes correspondientes.
EI reglamento de copropiedad podrá autorizar al administrador para
que, con el acuerdo del Comité de Administración, suspenda o requiera la suspensión del servicio
eléctrico que se suministra a aquellas unidades cuyos propietarios se encuentren morosos
en el pago de tres o más cuotas, continuas o discontinuas, de los gastos
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