Taller Legislacion
Enviado por 95mv • 23 de Febrero de 2014 • 1.560 Palabras (7 Páginas) • 408 Visitas
La empresa COLOMBIA TELECOMUNICACIONES contrata los servicios personales de MARIA CIFUENTES DAZA. Para realizar la actividad de oficinista en la empresa, con sede principal en Tunja, por la presentación sus servicios le pagaba en el último año la suma de $1.200.000 mensuales, laborando de lunes a sábado en jornadas 8 horas, transcurridos 13 años, 9 meses y 20 días, el 20 de noviembre de 2011 el jefe de personal de la empleadora por un acto unilateral decide dar por terminado el contrato de trabajo a MARIA CIFUENTES DAZA, quien había comunicado, 8 días antes, mediante certificación medica que se encontraba en estado de embarazo; la trabajadora trabajaba un domingo al mes, dos horas extras diurnas y dos nocturnas en la semana ; debía cumplir turnos de lunes a sábado en jornada ordinaria diurna y la semana siguiente debía laborar en jornada nocturna, en esa semana no laboraba horas extras y así sucesivamente durante todo el tiempo de la relación contractual, en el tiempo del contrato solicito un permiso no remunerado por 30 días, para realizar un viaje al exterior, en el año 2008 en el mes de enero la trabajadora fue arrestada por la policía por el termino de 3 días por equivocación y en marzo del mismo año, se le enfermo un hijo y debió llevarlo de urgencias a Bogotá y por ello no laboro 5 días sin embargo el primer día le comunico al jefe de personal de Colombia Telecomunicaciones la imposibilidad de asistir al trabajo por la situación de su hijo. Cuando le fue terminado el contrato de trabajo 20 de noviembre de 2011 se le adeudaba 20 días de salario del mes de noviembre y las prestaciones correspondientes al año 2011 las cesantías a 31 de diciembre de 2010 habían sido consignadas a FONDO DE CESANTIAS PORVENIR, el jefe de personal realizo la liquidación y descontó de sus prestaciones lo correspondiente a los 3 días que había estado en arresto y los 5 días que no asistió en el mes de marzo al trabajo así mismo de su salario descontó $200.000, que había sacado prestado a la empresa para atender a su hijo en Bogotá y cual había firmado una letra de cambio. La trabajadora se encontraba afiliada a CAPRECOM notificada la trabajadora de su liquidación y como no estaba de acuerdo, esta no recibió el cheque y al 30 de octubre de 2013 no le ha sido cancelado sus prestaciones.
Con fundamento en el enunciado se formula los siguientes interrogantes
¿Cuál es el valor de las horas trabajadas en el último mes?
¿Cuál es el valor de los dominicales laboradas en el último mes?
¿Cuál es el valor de los recargos nocturnos en el último mes?
¿Cuál es el valor del salario base de liquidación?
¿Cuál es el valor de la indemnización por terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa?
Cuál es el valor de la indemnización por el no pago oportuno de sus prestaciones y salarios de conformidad con la ley, si a hoy 30 de octubre de 2013 no le han cancelado dichos derechos.
¿Liquide el valor de la cesantía que se adeuda a esta trabajadora, e interés de cesantías?
Cuál es el valor de la prima de servicio adeudaba, teniendo en cuenta que le pagaron la prima de servicios correspondientes hasta el 30 de junio de 2011.
Diga si la trabajadora tiene o no derecho a pago de vacaciones en dinero, cualquiera sea su respuesta liquídela.
Indique que hecho jurídico sucedió con los 3 días de arresto de que fue objeto la trabajadora y los días que no fue posible ir al trabajo por la enfermedad del hijo.
¿En este caso quien debe pagar la licencia de maternidad? ¿Explique las razones jurídicas y cuando es la suma que debe pagarse por este concepto?
Que indemnizaciones debe pagar el empleador por despido en estado de embarazo de la trabajadora.
Liquide el monto total de que la empleadora debe a fecha 30 de octubre de 2013 a la trabajadora MARIA CIFUENTES DAZA por todos los conceptos liquidados, según este caso.
SOLUCION
Valor de horas trabajadas en el último mes:
Rta/
1 nov- 20 nov 2011 > 20 días último mes:
1.200.000 / 30 = 40.000
40.000/ 8= 5000
20dias * 8 horas = 160 horas
160*5000 = 800.000 Valor horas último mes
Valor de horas dominicales laboradas en el último mes:
Rta/
1.200.000 / 30 = $40.000
40.000* 75% =$30.000
30.000 + 40.000 =$ 70.000
Valor de los recargos nocturnos en el último mes:
Rta/
$1.200.000 / 30 = $40.000
$40.000 * 35% = $14.000
$14.000* 6dias = $ 84.000 RN
Salario base de liquidación:
Rta/
HORAS EXTRAS DIURNAS
$1.200.000/ 30
$40.000 / 8 = $5.000
$5.000 * 25%= $1.250
$1.250 + $ 5.000 = $6.250
$6.250*2 = $ 12.500 * 2 días = $25.000
HORAS EXTRAS NOCTURNAS
$1.200.000/ 30
$40.000 / 8 = $5.000
$5.000 * 75%= $3.750
$3.750 + $5.000 = $8.750
$8.750*2 = $ 17.500 * 2 días = $35.000
SALARIO BASE $1.200.000
HED $25.000
HEN $35.000
DOMINICALES $70.000
RECARGO N $84.000
SALARIO BASE $1.414.000
Valor de indemnización por terminación
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