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Carta Enciclica Del Sumo Pontifice Leon 13


Enviado por   •  18 de Mayo de 2014  •  1.415 Palabras (6 Páginas)  •  296 Visitas

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Carta encíclica e inmortal del sumo pontífice león XII, sobre la constitución cristiana del estado

1. Derecho constitucional católico

Autoridad y estado

- El hombre esta ordenado por naturaleza a vivir en comunidad política, inclinado a la unión y asociación con los demás.

- Ninguna sociedad puede conservarse sin un jefe supremo, necesaria en toda sociedad humana, mueve a todos y encamina al bien común.

- El poder público proviene de dios, del dios verdadero y supremo señor de las cosas. Todo debe someterse y obedecer a Dios.

- Sociedad civil haya una autoridad suprema, imagen de poder y de la providencia de Dios.

- El poder debe ser justo paterno, la razón legitimadora del poder es asegurar el bienestar público.

- Autoridad civil constituida para el bien común.

- Los ciudadanos y gobernantes tiene su autoridad recibida de Dios obligados a aceptar los mandatos y prestarles obediencia y fidelidad.

- Despreciar el poder legítimo es resistir a la voluntad de Dios.

- Quebrantar la obediencia y provocar revoluciones constituyen un crimen humano y divino.

El culto publico

- El estado debe cumplir por medio del culto público, obligaciones que lo unen a Dios.

- El estado tiene la obligación de admitir el culto divino, obligación de las autoridades es honrar el santo nombre de Dios, favorecer a la religión, defenderla con eficacia bajo el amparo de las leyes.

- El estado debe asegurar la prosperidad publica crear las facilidades posibles a los ciudadanos para lograr lo que deseen.

• La primera es procurar una inviolable y santa observancia de la religión.

• Única religión verdadera Jesucristo instituyo y confió a su iglesia para conservarla y propagarla.

• El hijo de Dios estableció en la tierra una sociedad que se llama iglesia, esta sociedad compuesta por hombres como la sociedad civil, es la sociedad genérica y jurídicamente perfecta, porque tiene voluntad benéfica y gratuita de su fundador.

• No es el estado si no la iglesia, debe guiar a los hombres hacia la patria celestial. Los santos padres se consagraron a defender esta misma autoridad con razonamientos sólidos, príncipes y gobernantes han reconocido esta autoridad al tratar a la iglesia con un legítimo poder soberano.

Dos sociedades, dos poderes

- Dios ha repartido por tanto, el gobierno del género humano entre dos poderes:

1. Poder eclesiástico: intereses divinos, fin próximo y principal la adquisición de los bienes eternos.

2. Poder civil: intereses humanos, fin próximo y principal el cuidado de las cosas temporales

- ambas potestades ordenadas en una relación unitiva comparable

Ventajas de la concepción

- concepción cristiana del estado, constituida sobre los supremos y más exactos principios, confirmados por la misma razón natural.

- Los derechos de los ciudadanos son respetados como derechos inviolables y bajo el patrocinio de las leyes divinas, naturales y humanas.

- La sociedad domestica encuentra su firmeza en la santidad del matrimonio. Los derechos y los deberes regulados con justicia y equidad.

- La esfera política y civil, las leyes se ordenan al bien común, dictadas por la muchedumbre por la verdad y justicia.

- La obediencia de los ciudadanos tiene una honrosa dignidad, porque es sumisión a la voluntad de Dios, ejerce su poder por medio de los hombres.

- también los derechos obligatorios son la mutua caridad, la benignidad, la libertad, grandes bienes que la religión cristiana asegurados a la comunidad y al estado.

- Hubo un tiempo en que la filosófica del evangelio gobernaba los estados, habían penetrado en las leyes infiltrándose en toda clase de relaciones de la sociedad.

Derecho constitucional moderno

• Principios fundamentales:

- Siglo XVI, después de turbar a la religión cristiana, alterar los órdenes de la sociedad civil.

- Todos los hombres semejantes en su naturaleza, son iguales también en la vida práctica.

- Hombre es dueño de sí mismo puede pensar libremente y obrar, nadie tiene derechos a mandar sobre los demás.

• Critica de este derecho constitucional nuevo

- Iglesia queda reducida. No se tiene en cuenta para nada las leyes eclesiásticas apartadas de toda intervención pública de los ciudadanos.

- El estado establece una legislación arbitraria y desprecian la sagrada legislación de la iglesia, tratan a la iglesia como si no tuvieran la naturaleza, afirman que la iglesia no tiene algún derecho o faculta.

- La razón natural demuestra el grave error de estas teorías

- Error grande es excluir a la iglesia, de la legislación de la educación de la juventud y de la familia. Sin religión imposible un estado bien ordenado.

Condenación

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