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CÓDIGO DE ÉTICA DEL TÉCNICO LABORAL EN ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA


Enviado por   •  28 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  851 Palabras (4 Páginas)  •  5.644 Visitas

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CÓDIGO DE ÉTICA DEL TÉCNICO LABORAL EN ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA

PRESENTADO A:

YOLANDA PULIDO CARREÑO

PRESENTADO POR:

MARY LUZ RINCÓN NEIRA

LUISA FERNANDA CUBILLOS

SANDRA MARCELA COLORADO

SADIS LILIANA CRUZ CALDERON

PAOLA ANDREA SUÁREZ SUÁREZ

TANIA MARCELA HERRAN CORREA

DIANA MARCELA LÓPEZ SANDOVAL

LEIDY CAROLINA DÍAZ VILLALOBOS

LEIDY TATIANA BUSTAMANTE RUÍZ

ANGIE DIRLEY RODRÍGUEZ DUARTE

YESENIA CATHERINE DÍAZ ALFONSO

INSTITUTO COLOMBIANO DE APRENDIZAJE INCAP

MAYO 16 DE 2012

CÓDIGO DE ÉTICA DEL TÉCNICO LABORAL EN ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA

Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia debe estar formado en competencias laborales, con altas calidades personales y laborales, que aporten soluciones de talento humano al área del cuidado, la protección y acompañamiento de niños y niñas en edad preescolar; propiciando además el impulso a prácticas pedagógicas acordes con las Políticas de la Primera Infancia, articulando la familia, la comunidad y los diversos actores, instituciones y organizaciones responsables de la atención a la primera infancia.

  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia puede ejercer en empresas de actividad agropecuaria, comercial, industrial, y extractiva; siempre y cuando cuenten con un departamento de guardería; y prestadoras de servicios como: colegios, jardines, hogares comunitarios y hogares de familia, de forma dependiente bien sea en empresas públicas o privadas.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia estará en la capacidad de cuidar niños durante juegos y actividades de entretenimiento como: la lectura de historietas y enseñanza de canciones, preparar y suministrar alimentos y loncheras, vestuario e higiene, asistir al profesor en la programación y parcelación de micro clases, adelantar trámites pertinentes a la organización y funcionamiento de jardines infantiles.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia debe estar supervisado, controlado y autorizado por entidades como: el Ministerio de Educación, la Secretaría de Educación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y la Secretaría de Integración Social, quienes se encargan de regular el funcionamiento y el personal adecuado de dichos establecimientos.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia debe contar con conocimientos tales como: principios pedagógicos, didáctica de la educación infantil, técnicas de desarrollo motriz en papel y pintura, psicomotricidad, formación lúdica, desarrollo infantil, estimulación adecuada, familia y comunidad, administración educativa, nutrición infantil, prevención y atención de emergencias, estrategias de enseñanza y aprendizaje, dimensiones del desarrollo del niño, inglés básico y para preescolar, ética, actitudes laborales, seminario de emprendimiento y sistemas para preescolar, adquiriendo una formación integral en pro del bienestar de los niños.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia podrá emplearse en instituciones educativas u otras organizaciones que demanden asistencia para el cuidado de los niños en edad preescolar en cargos como: Asistente de Preescolar, jardinera, niñera, institutriz, madre comunitaria, auxiliar de jardín, recreacionista; teniendo como principal objetivo la adecuada atención y cuidado de los niños.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia deberá ser prudente con las diversas situaciones o problemáticas que se presenten con la comunidad educativa en aspectos como: trato intrafamiliar, problemas psicológicos y de aprendizaje de todo estudiante, y a nivel profesional con las estrategias de enseñanza impartidas por cada una de las auxiliares, a menos que la ley lo exija.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia estará en el derecho y la obligación de no ocultar el maltrato físico ni psicológico de cada estudiante, no promoverá al estudiante que no cumpla con los requisitos mínimos por la institución para ascender a un nivel educativo, además deberá ser objetivo a la hora de evaluar y tratar a sus estudiantes.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia desarrollará sus funciones adecuadamente sin abusar de la confianza depositada por sus superiores inmediatos, sin incurrir en faltas como: inasistencias injustificadas, llegadas tarde de forma continua, irrespeto hacia las directivas o incumplimiento de las labores asignadas.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia estará en la obligación de desempeñarse a nivel laboral o profesional, brindando su servicio sin ver el lucro económico como algo relevante.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia forjará        un ambiente laboral adecuado con sus colegas mediante la puesta en        práctica de valores como la prudencia, paciencia, sencillez y alegría        de ejercer su profesión.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia        deberá capacitarse y actualizarse de forma continua y permanente de        nuevas técnicas y estrategias de aprendizaje o enseñanza para un        buen desempeño en el aula de clase.
  1. Todo Técnico Laboral en Atención Integral a la Primera Infancia estará        en la obligación de enseñarle a sus estudiantes sin limitarse en ningún        conocimiento; además puede compartir conocimientos con sus        colegas, de esa forma adquiere nuevas formas de enseñanza para        aplicarlas con los estudiantes en el aula de clase.

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