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ETICA Y DERECHOS HUMANOS


Enviado por   •  27 de Agosto de 2012  •  2.910 Palabras (12 Páginas)  •  811 Visitas

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ÉTICA DOCENTE

ÉTICA Y DERECHOS HUMANOS

Valores Éticos y Derechos Humanos

Un modo sencillo de describir la ética es el siguiente: la búsqueda racional del buen vivir.

El listado inicial de los derechos puede extraerse de la declaración de 1945. Aquí se incluye en su mínima expresión (los números entre paréntesis se refieren a los artículos de la declaración):

1. Derecho a ser tratado como igual (1, 2, 4 y 7).

2. Derecho a la seguridad de su vida (3).

3. Derecho a la libertad (4) de: circulación y residencia (13), expresión (19), pensamientos, conciencia, religión (18) y asociación (20).

4. Derecho a un trato digno y sin crueldad (4 y 5).

5. Derechos jurídicos: a una personalidad jurídica (6) y a la protección de las leyes y los tribunales (7, 8, 10), a la presunción de inocencia y la no retroactividad de la ley (11).

6. Derecho al respeto de su intimidad (12).

7. Derecho de asilo (14).

8. Derecho de una nacionalidad (15).

9. Derecho a formar una familia (16).

10. Derecho a la propiedad (17).

11. Derecho a participar en el gobierno (21).

12. Derecho a la seguridad social (22).

13. Derecho al trabajo y al descanso (23 y 24).

14. Derecho a la salud y al bienestar (25)

15. Derecho a la educación y a la cultura (26 y 26).

16. Derecho a un orden social de respeto a los derechos humanos (29 y 30).

La mayoría de estos derechos (del 1 al 11) son prerrogativas individuales. Del 12 al 16 se aprecia un carácter más social. Las diferencias y relaciones entre lo individual y lo social ocupan un espacio importante en esta exposición.

Los derechos humanos están implicados en múltiples campos y en todos con un papel preponderante. La política, la ética, la justicia, se definen hoy con base en un discurso que involucra los derechos humanos.

Los derechos básicos poseen un aspecto normativo que es evidente desde su misma declaración, que tiene la forma de un código o al menos de una serie de artículos.

Derecho a la Vida

Como un valor general, la vida se encuentra reconocida en los artículos que prohíben en forma tajante la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes (sobre todo en al articulo 5, con su correspondiente convención contra la tortura y otros tratos y penas crueles y degradantes), el asesinato, el abuso, el maltrato y la represión (referidos en el articulo 3).

Igualdad versus Discriminación

La CNDH establece que “la discriminación implica alguna forma de marginación social fundada en un juicio adverso con respecto a ciertos individuos o grupos. Es decir, la discriminación es una distinción injustificada que se ejerce sobre personas que se encuentran en una situación análoga y su efecto es un trato desigual para determinadas personas, grupo o comunidades”.5 Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo define así lo que es discriminación: “cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, opinión política, ascendencia nacional u origen social…”.

La igualdad es el valor opuesto a la discriminación y es precisamente el que inicia la “Declaración universal de los derechos humanos” toda las personas tienen todos los derechos y todas las libertades comprendidas en la declaración y para ello no puede ser obstáculo ninguna diferencia de raza, sexo, color, nacimiento, ni ninguna otra condición. Al enunciar la Idea de la igualdad entre todas las personas se excluyen las prácticas de discriminación como consecuencia forzosa. El artículo 7 dice aún más: “Todos tienen igual derecho la protección contra la discriminación y contra toda provocación tal discriminación”. Esta variante tiene su importancia: el derecho ser protegido contra toda incitación o tentativa discriminatoria.

La Libertad

Así como la Carta de los derechos humanos proscribe la discriminación en todas las múltiples formas que ésta adopta, existen dos prácticas concretas que están prohibidas de manera explícita debido a que son completamente contrarias a la libertad y la igualdad: la esclavitud y la servidumbre. A éstas se refiere el artículo 4 de la DUDH, que cuenta con otros instrumentos que lo refuerzan.

Como valor general, la libertad se destaca de diversas formas en la declaración; por ejemplo, por medio de derechos concretos que se mencionan por separado:

Libertad de circulación y residencia, que para efectos prácticos queda condicionada mejor la disponibilidad de recursos, y por las restricciones migratorias; pues es un derecho humano salir de cualquier país, incluso del propio pero ¿quién recibe a quien huye de su patria?

Libertad de opinión y expresión (artículo 19), se declara por separado porque incluye el derecho a difundir las propias ideas y opiniones “sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”, sin ser molestado por ello. No estaría de más hacer el ejercicio de revisar de cuántas formas este derecho se menoscaba por parte de los grupos privados; en especial, por aquellos que disponen de dinero y poder sobre los medios de comunicación.

Los Valores de Pluralidad, Identidad y Tolerancia.

Junto con la idea de que todas las personas poseen la misma dignidad y valor fundamental, se desarrolló la convicción de que las distintas maneras de ser, mientras sean respetuosas de los demás, son asimismo dignas de respeto. No existen manifestaciones culturales superiores a otras, mucho menos se podría utilizar una supuesta superioridad para justificar cualquier modo de opresión, explotación o discriminación de unos grupos humanos sobre otros. Estos criterios requieren un cambio en los esquemas que suponían que la uniformidad cultural y la homogeneidad de las formas de ser eran un ideal que la sociedad debería perseguir.

Los instrumentos legales principales señalan que los estados donde existan minorías étnicas religiosas o lingüísticas deben respetar el derecho a que éstas tengan su propia vida cultural y a practicar su propia religión y lengua; a participar en la vida pública sin discriminación alguna y a cultivar los valores y prácticas sociales que esos grupos determinen por sí mismos que son necesarios para mantener su identidad.

Tolerancia es el término que designa con mayor frecuencia esta noción. En esencia tolerar significa soportar, aguantar algo desagradable. En la época de las guerras de religión europeas, la tolerancia religiosa fue una solución práctica al problema de las diferencias de credo entre los príncipes y sus súbditos.

El pluralismo y la tolerancia en su sentido moderno implican más que eso. La presencia de distintas formas

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