El Derecho En La Iglesia
Enviado por diegobastidas • 29 de Septiembre de 2013 • Documentos de Investigación • 485 Palabras (2 Páginas) • 239 Visitas
DERECHO CANÓNICO I
1.0 EL DERECHO EN LA IGLESIA
Definición de Derecho adoptada por el profesor: una ordenación social imperada que estructura según justicia las relaciones humanas intersubjetivas en vías al bien común de la sociedad y al bien de cada uno de sus miembros.
1.1 El Derecho como fenómeno social y humano
El Derecho es algo connatural a la vida en sociedad. «Ubi societas, ibi ius». En las relacions humanas y sociales es necesario que exista un orden que responda en lo posible a las exigencias de justicia; y ese orden presupone un Derecho que sirva para establecerlo y garantizarlo.
Dada la estrecha connaturalidad entre Derecho y sociedad, y entre sociedad y hombre, puede afirmarse que es del hombre mismo de quien originariamente dimana el Derecho. La fuente primaria del Derecho está más allá del Estado y de la sociedad, está en nosotros mismos y en nuestra conciencia racional, en la idea de justicia, como traducción de la naturaleza de la naturaleza humana y el orden universal de las cosas. Más profundamente, el origen primero del Derecho está en Dios, supremo autor de la condición humana y del orden universal, que ha impreso la noción de lo justo en la conciencia de los seres racionales.
1.2 El Derecho y la justicia. Realismo jurídico.
El derecho, como realidad humana y social, es inseparable de la idea de justicia.
Derecho o ius designa primeramente el objeto de la justicia: el dar a cada uno lo suyo (unicuique suum tribuere). Su objeto es lo justo, la res iusta, la cosa justa o debida, aquello que etando atribuido a un sujeto, le es debido en estricta justicia porque es algo suyo.
El título, es aquello en lo que tiene su origen el derecho. Puede ser muy diverso: una actividad, un pacto o convenio, una ley, la naturaleza humana, etc. La medida, es el ajustamiento entre lo debido y lo dado, que viene determinado por diversos factores naturales (cantidad, cualidad, tiempo) o positivos (la voluntad en último término). También influye la posble confluencia de otras titularidades o el orden de los derechos.
Relaciones entre derecho y justicia. Sólo se puede hablar de justicia cuando existan cosas debidas. La justicia no consiste en dar a uno una cosa para que se convierta en suya. Lo propio de la justicia es dar a cada uno lo que ya era suyo. Por eso se dice que el ius preexiste a la justicia.
Hay tres usos derivados del término Derecho:
1. El conjunto de normas que regulan la conducta intersubjetiva y no hacen sino determinar el ius, lo que se debe a cada uno (Derecho objetivo).
2. La facultad de exigir que corresponde en justicia al sujeto en relación a “lo suyo” (Derecho subjetivo).
3. La ciencia que estudia y determina el ius.
Esa relación intrínseca con la justicia está igualmente presente en la significación
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