FORO DERECHO A LA VIDA
Enviado por 1109382808 • 25 de Octubre de 2012 • 1.874 Palabras (8 Páginas) • 386 Visitas
NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 17020
CRITERIOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DE VARIOS TIPOS DE ORGANISMOS DE INSPECCION
3. REQUISITOS ADMINISTRATIVOS
3.1 El organismo de inspección debe ser legalmente identificable.
3.2 un organismo de inspección que sea parte de una organización que se ocupa de otras funciones que no sea la inspección, debe ser identificable dentro de esa organización.
3.3 debe tener documentación que describa sus funciones y alcance técnico de la actividad para la cual es competente.
El alcance preciso de una inspección estará determinado por los términos del contrato individual u orden de trabajo.
3.4 debe tener seguro de responsabilidad civil adecuado para su responsabilidad, a menos que esta responsabilidad sea asumida por el estado, de acuerdo con las leyes nacionales, o por la organización de cual ella forma parte.
3.5 debe tener documentación que describa las condiciones bajo las cuales realiza su negocio de inspección, a menos que sea parte de una organización y preste estos servicios solo a dicha organización.
3.6 debe tener cuentas independientemente auditadas.
4. INDEPENDENCIA, IMPARCIALIDAD E INTEGRIDAD
4.1 GENERALIDADES
Debe estar libre de cualquier presión comercial, financiera o de otra índole que pueda afectar la imparcialidad de su juicio.
Los procedimientos deben ser implementados para asegurar que personas u organizaciones externas al organismo de inspección no puedan influir en los resultados de las inspecciones efectuadas.
4.2 INDEPENDENCIA
Debe ser independiente en la medida que ello sea requerido por las condiciones bajo las cuales presta sus servicios.
Dependiendo de estas condiciones, el mismo debe cumplir con los criterios mínimos establecidos en uno de los anexos normativos A, B, o C.
4.2.1 Organismo de inspección Tipo A
El organismo de inspección que presta servicios de “tercera parte” debe cumplir con los criterios del Anexo A (Normativo).
5. CONFIDENCIALIDAD
Debe asegurar la confidencialidad de la información obtenida en el curso de sus actividades de inspección. Los derechos de propiedad deben ser protegidos.
6. ORGANIZACIÓN Y DIRECCION
6.1 Debe tener una organización que le permita mantener la capacidad para realizar sus funciones técnicas satisfactoriamente.
6.2 debe definir y documentar las responsabilidades y la estructura de la organización. Cuando el organismo de inspección también brinde servicios de certificación y/o ensayos, la relación entre sus funciones debe ser claramente definida.
6.3 debe tener un director técnico, o su equivalente, que sea calificado y experimentado en la operación del organismo de inspección y tenga la responsabilidad general que las actividades de inspección se realicen acordes con esta norma y debe ser un empleado permanente.
- Cuando conste de varias divisiones con diferentes campos de actividad, puede haber un director técnico por cada actividad.
6.4 debe brindar una efectiva supervisión por medio de personas familiarizadas con los procedimientos y métodos de inspección, con los objetivos de la inspección y la evaluación de los resultados del examen.
6.5 debe haber designado personas a quienes delegara responsabilidades de los servicios de inspección en ausencia de algún directivo, o su equivalente.
6.6 Toda función que afecte la calidad de los servicios de inspección debe ser descrita.
Esas descripciones laborales deben incluir los requisitos educacionales, de formación, conocimiento técnico y experiencia.
7. SISTEMA DE LA CALIDAD
7.1 La dirección debe definir y documentar su política y objetivos de la calidad, y su compromiso con ella, y debe asegurar que su política sea comprendida, implementada mantenida en todos los niveles en la organización.
7.2 debe operar un sistema de la calidad efectivo apropiado al tipo, extensión volumen del trabajo realizado.
7.3 El sistema de la calidad debe estar completamente documentado.
Debe haber un manual de la calidad, el cual debe contener la información requerida por esta norma y como se registra en el anexo D (informativo).
7.4 La dirección debe designar una persona quien, independientemente de otras obligaciones, debe tener autoridad definida y responsabilidad en el aseguramiento de la calidad dentro del organismo de inspección. Esta persona debe tener acceso directo a la alta dirección.
7.5 El sistema de la calidad debe mantener su pertinencia y vigencia bajo la responsabilidad de la misma persona.
7.6 el organismo de inspección debe mantener un sistema para el control de toda la documentación relacionadas con sus actividades. Este debe asegurar que:
a) las ediciones vigentes de la documentación apropiadas estén disponibles en todos los lugares y por todo el personal pertinente;
b) todos los cambios de documentos o enmiendas a los mismos son cubiertos por medio de la correcta autorización y se procesan de forma que se asegure su disponibilidad oportuna en los lugares apropiados;
c) los documentos anulados se retiran del uso en toda la organización, pero una copia es archivada por un periodo determinado;
d) otras partes, si es necesario, son notificadas de los cambios.
7.7 debe llevar a cabo un sistema de auditorías internas de la calidad planificada y documentada para verificar el cumplimiento con los criterios de esta norma y la eficacia del sistema de la calidad.
El personal que realiza las auditorias debe estar adecuadamente calificado y debe ser independiente de las funciones que están siendo auditadas.
7.8 debe tener procedimientos documentados para el tratamiento de la retroalimentación y acción correctiva cuando sean detectadas discrepancias en el sistema de la calidad y/o en la ejecución de las inspecciones.
7.9 la dirección debe revisar el sistema de la calidad intervalos apropiados para asegurar su continua adecuación y eficacia. Los resultados de tales revisiones deben ser registrados.
8. PERSONAL
8.1 debe tener un número suficiente de personal permanente con el grao de experiencia para llevar a cabo sus funciones normales.
8.2 el personal responsable de la inspección debe tener calificaciones apropiadas, formación, experiencia y un conocimiento satisfactorio de los requisitos de las inspecciones que son llevadas a cabo.
Dicho personal debe tener la habilidad para hacer juicios profesionales en cuanto a la conformidad con los requisitos generales, usando los resultados del examen e informar sobre estos.
Ellos también deben tener el conocimiento pertinente sobre la tecnología usada para la fabricación
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