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Los Almacenes Generales De Depósito (AGD)


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2011  •  674 Palabras (3 Páginas)  •  2.600 Visitas

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Los Almacenes Generales de Depósito (AGD) son organizaciones auxiliares de crédito, cuyo objetivo principal es el almacenamiento, guarda, conservación, manejo, control, distribución o comercialización de los bienes o mercancías que se encomiendan a su custodia.

Funcionamiento

El cliente del almacén deposita sus mercancías en un AGD y este a su vez expide un Certificado de Depósito y en su caso un Bono de Prenda, los que acreditan la propiedad del bien y la disponibilidad que tendrá el titular depositante sobre el bien.

Es importante señalar que la función del Almacén es la de guardar o conservar, manejar, controlar y distribuir o comercializar los bienes y mercancías que se encuentran bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito, así como certificar la calidad y valuar los bienes y mercancías.

CARACTERÍSTICAS: cuyo objeto es el depósito, la conservación y custodia, el manejo y la distribución, la compra y venta por cuenta ajena de mercancías o productos de origen nacional o extranjero y la emisión de los Títulos-valor o títulos de crédito, cuando así lo soliciten los interesados.

Entre los principales objetivos que persigue una almacenadora de brindar este tipo de servicio es:

a) Servir como bodega aduanal al Estado y a sus clientes.

b) Custodiar la mercadería a favor de sus clientes, y

c) Emitir un CERTIFICADO DE DEPOSITO y un BONO DE PRENDA, el cual puede ser utilizado como garantía crediticia en la banca.

El comerciante, en el ejercicio de su empresa, requiere la colaboración de otras personas; de la actividad y servicios ajenos.Esta colaboración puede ser meramente de carácter intelectual o material (como en el caso de los abogados, contadores, ingenieros, obreros, etc.), o además, de carácter jurídico, esto es, con poder de representación.

Precisamente aquellas personas que, además de prestar su actividad material o intelectual, colaboran jurídicamente con el comerciante, actuando, en menor o mayor grado, en su representación, son los llamados auxiliares del comerciante. Es, pues, nota característica de los auxiliares del comerciante tener –en diferente grado- facultad de representación.

Comisionista es la persona que desempeña una comisión mercantil: comitente el que la confiere.

El mandato aplicado a los actos concretos de comercio, se reputa comisión mercantil.

El comisionista es auxiliar autónomo porque no presta su actividad exclusivamente a un comerciante determinado, sino a todo el que se lo solicite.

Por el mandato el mandatario (comisionista) se obliga a realizar uno o más actos jurídicos, por cuenta y en interés del mandante (comitente)”

Antecedentes: En principio, fueron cartas de recomendación o credenciales de un comerciante a otros para que atendieran al portador,

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