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Teologia Politica


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2012  •  1.393 Palabras (6 Páginas)  •  407 Visitas

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Lo siguiente son unas notas sobre el texto Teología política. Cuatro ensayos sobre la sobernía de Carl Schmitt. Editada por Struhart & Cia, traducida por Francisco Javier Conde y prologada por el mismo Schmitt. En las entradas anteriores he tratado los dos primeros ensayos: “Definición de soberanía” y “El problema de la soberanía como problema de la forma jurídica y de la doctrina”. En esta entrega abordaré el tercer ensayo “Teología política”.

***

Todos los conceptos sobresalientes de la moderna teoría del Estado son conceptos teológicos secularizados (54).

Tuve que empezar esta entrada citando el inicio de este ensayo porque me parece que, además de ser muy bueno y profundo, sintetiza muy bien el eje central que tendrá todo el texto. Las raíces teológicas de los conceptos del Estado son tanto histórico-genealógicas, como por la estructura sistemática que ambos tipos de conceptos comparten. Si usamos esta brillante intuición para que ya hemos visto en el primer post sobre este texto, tendremos que llegar al resultado siguiente:

El estado excepcional tiene en la Jurisprudencia análoga significación que el milagro en la teología (54).

Esta conclusión es muy interesante porque se ven los nexos entre la teoría política y la ontología. De ahí que la contraposición entre ilustrados y reaccionarios, en lo que a concepciones de lo político se refiere, no estén puramente fundadas en “meras elecciones”, sino en supuestos ontológicos fuertes y decisivos:

Sólo teniendo conciencia de esa analogía se llega a conocer el desenvolvimiento de las ideas filosófico-políticas en los últimos siglos. Porque la idea del moderno Estado de derecho se afirmó a la par que el deísmo, con una teología y una metafísica que destierran del mundo el milagro y no admiten la violación con carácter excepcional de las leyes naturales implícita en el concepto de milagro y producido por intervención directa, como tampoco admiten la intervención directa del soberano en el orden jurídico vigente. El racionalismo de la época de la ilustración no admite el caso excepcional en ninguna de sus formas. Por eso la convicción teísta de los escritores conservadores de la Contrarrevolución pudo hacer el ensayo de fortalecer ideológicamente la soberanía personal del monarca con analogías sacadas de la teología teísta (55).

Son pues, Bonald, De Maistre y Donoso Cortés los que, a juicio de Schmitt, han sabido hacerse de estas analogías a la hora de pensar lo político. Schmitt, siguiendo a estos autores, piensa que el Estado asume una función análoga a la de Dios al decidir disputas que la ley no llegó a aclarar, además ser la fuente de dicha ley: el legislador omnipotente. De ahí que las críticas ya mencionadas a Kelsen, por equiparar derecho y Estado, ganen ahora una mejor reformulación:

Bajo esa identificación del Estado y el orden jurídico, típica del Estado de derecho, alienta una metafísica que identifica las leyes con la legalidad normativa. Brote de un pensamiento científico naturalista que condena el “arbitrio” y quiere eliminar del deominio del espíritu humano lo excepcional (60).

Y más abajo complementa dicha crítica:

(…) la democracia es la expresión de un relativismo político y de una actitud científica expurgada de milagros y dogmas, asentada en el entendimiento humano y en la duda crítica (61).

Después de esto, Schmitt pasa a esclarecer lo que el entiende por una verdadera sociología de los conceptos jurídicos. Para dicha tarea, el jurista empieza por mostrar que las visiones de la historia puramente materialistas o idealistas son igualmente unilaterales e insuficientes:

Tanto la explicación espiritualista de sucesos materiales como la explicación materialista de los fenómenos espirituales se proponen desentrañar los nexos causales. Siéntase primero la antítesis de dos esferas para en seguida anularla mediante la reducción de una a otra; procedimiento que, por exigencias del método, acaba necesariamente en caricatura (63).

La sociología que Schmitt defiende es algo diferente:

Se trata más bien de poner de manifiesto dos identidades espirituales, pero también sustanciales. Decir, por ejemplo, que la monarquía del siglo XVII era el sustrato real que se “reflejaba” en el concepto cartesiano de Dios, no es sociología del concepto de soberanía. Sí lo será, en cambio, demostrar que la existencia histórica y

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