COMO SE DA EL TRABAJO DE PROCESO ESTRATEGICO
Enviado por Bg123456 • 4 de Diciembre de 2015 • Síntesis • 1.925 Palabras (8 Páginas) • 99 Visitas
[pic 3]
[pic 4][pic 5]
PROYECTO GRUPAL DERECHO COMERCIAL Y LABORAL
INTEGRANTES:
ANDREA CECILIA MORENO HORTA 1511981158
BRYAN URIEL GARCIA AVENDAÑO COD. 1511981988
GEOVANNY CALLEJAS ACEVEDO: 1511980134
JOHANA MARIA ORTIZ COD.1511980470
MARIA PAULINA VALENCIA 1511980452
TUTOR
*CARLOS EDUARDO GONZALEZ PEDREROS
INSTITUCION UNIVERSITARIA POLITECNICOGRANCOLOMBIANO
DERECHO COMERCIAL Y LABORAL
BOGOTA D.C. SEPTIEMBRE 2015
Contenido
Introducción
Argumento
El contrato no poseía una cláusula de exclusividad:
Los hechos ocurrieron durante el periodo de vacaciones:
El motivo del despido carece de validez:
El señor Ramiro Meneses ha sido homenajeado en varias ocasiones por ser el mejor empleado de la empresa
No existe incumplimiento el artículo 62 de CST:
CONCLUSIONES
Bibliografía
Introducción
El derecho comercial es una rama del derecho que estudia el comportamiento del ser humano en el entorno laboral, y ha sido de gran importancia en el desarrollo de las personas, ya que sin ese vínculo tan importante no tendría sentido esta ciencia, desde tiempos muy remotos el ser humano siempre ha tenido un vínculo contractual con el trabajo, atado de muchos aspectos, necesarios como la alimentación, la vivienda, estos aspectos son necesarios para el desarrollo constructivo de la persona que con el tiempo se ha ido mejorando con buenos beneficios legales hacia los empleados, en la actualidad los empleados están amparos por la ley, de muchas maneras, pero como en toda ley existe la trampa, hay algunos trabajos que no están amparos por estos beneficios legales y se trabajó bajo la ilegalidad.
Este trabajo grupal es de gran importancia para desarrollo constructivo y educativo, de los estudiantes en capacitación e incrementar el conocimiento y aplicarlo en la vida cotidiana, como persona profesional, e idónea para un determinado cargo como lo es un administrador de empresas.
[pic 6]
Argumento
El despido del señor Ramiro Meneses de la empresa Larousse Ltda. Es un despido SIN JUSTA CAUSA, por los puntos expuestos a continuación:
El contrato no poseía una cláusula de exclusividad:
En el contrato celebrado en el 22 de octubre del año 1996 nunca se le prohibió, ni se estableció un convenio de exclusividad, que no le permitiera realizar trabajos para otra compañía, durante la subsistencia del contrato.
Según lo investigado la cláusula de exclusividad ART 26 del CST determina que el trabajador no puede trabajar para otra empresa y opera únicamente cuando el contrato está vigente de modo que tal prohibición desaparece una vez termina la relación laboral, es por eso que se concluye que fue un despido sin justa causa.
Los hechos ocurrieron durante el periodo de vacaciones:
El señor Ramiro Meneses se encontraba en su periodo de vacaciones en el momento en el cual viajó a Barcelona a realizar el film en el año 2000. El documental se pasó en el año 2012, ya habían transcurrido doce años desde que ocurrió este hecho.
Según lo investigado las vacaciones son un derecho adquirido que tiene un empleado por laborar un año consecutivo en determinada entidad o empresa, estas consisten en un descanso remunerado por un periodo de quince 15 días; durante este periodo no se produce una ruptura contractual entre las partes: empleado y empleador, solo es una pausa en la prestación de los servicios del trabajador, los acuerdos que tiene ambas partes no se acaban, pero se debe respetar el tiempo y lo que el empleado desee hacer durante el tiempo que se encuentre en periodo de vacaciones; si la persona desea trabajar en otro lugar está en todo su derecho, siempre y cuando en su contrato no tenga una cláusula de exclusividad.
Sin lugar a dudas el señor Ramiro Meneses se encontraba en todo su derecho de realizar otras actividades, debido a que se encontraba en vacaciones y durante este tiempo se tiene el libre albedrió para decidir qué hacer con su tiempo y realizar las actividades que le parezcan convenientes.
El motivo del despido carece de validez:
El argumento que manifiesta el señor Lino Roberto donde menciona: “vio los ojos de un hombre y asegura que son los del señor Meneses” carece de validez.
En razón de que no hay pruebas que garanticen y demuestren que realmente la identidad del sujeto presentado en el documental coincida con el señor Ramiro.
...